domingo, 28 de enero de 2018

Sobre el uso del hábito 2


NUEVAS PRECISIONES Y PUNTUALIZACIONES
ACERCA DEL USO DEL HABITO
POR PARTE DE LOS HERMANOS DE LA ORDEN FRANCISCANA SEGLAR.

Nada ni nadie puede prohibirle a un hermano profeso de la Tercera Orden Franciscana el uso del hábito, porque es inherente a su condición de franciscano y de hombre consagrado, y es además un signo de identidad y pertenencia a la Orden. Cualquier disposición contraria e este derecho obedece a dudosos intereses y actitudes que desconocen o desprecian la historia y la tradición de la Orden.

El hábito franciscano usado por los hermanos de la Tercera Orden Secular.
1. Prácticamente desde la fundación de la Tercera Orden por nuestro Seráfico Padre San Francisco de Asís, sus miembros han gozado del privilegio de usar el hábito franciscano, privilegio que ha sido confirmado por la Iglesia en múltiples ocasiones.

2. Desafortunadamente en la actualidad muchas fraternidades del mundo han desdeñado ese privilegio en aras de una supuesta “modernización” de la Orden, modernización esta que sin duda pierde mucho más de lo que gana y que se concreta en una actitud de desprecio, desconocimiento y posterior olvido de las tradiciones y valores originales de la Orden. Otras muchas fraternidades, ni siquiera sabían que podían tener ese derecho y privilegio, lo que denota la deficiencia absoluta de la formación y el desconocimiento de la historia y tradición de la Orden.

3. En muchos lugares del mundo las Fraternidades no usan el hábito ni lo han usado nunca, en otros lugares incluso ha sido prohibido su uso, por algunos abusos cometidos, por considerarlo inconveniente o por las posibles confusiones que esto puede causar en otros cristianos.

4. La normativa actual del CIOFS dice que esta costumbre solamente puede conservarse en aquellos lugares donde es tradición antigua y establecida y donde su uso no choque con las costumbres locales ni vaya en contra de las normas de la Iglesia local y ha determinado además que en adelante se elimine en todas partes el Rito de Toma de Habito, de manera que ningún hermano lo reciba en el futuro.

No compartimos ni aceptamos de ningún modo esta determinación, pues el documento que la contiene carece por completo de razones y argumentos que la sustenten y parece más una decisión caprichosa que una determinación seria tomada luego de un juicioso análisis. Esa determinación es completamente contraria a la Tradición de la Orden y desconoce su origen y su historia, el valor de la Profesión emitida y la pertenencia a la Orden. Los hermanos que usan el hábito o quieren usarlo, lo hacen siempre llevados de buena fé y juicio recto, llenos de amor por la Orden y por la espiritualidad heredada de nuestro Santo Fundador.

Con respecto a este, como en muchos otros asuntos, El CIOFS parece desconocer la extraordinaria diversidad histórica y cultural de las Fraternidades dispersas a lo ancho del mundo. Muchos hermanos y ministros se preguntan, con toda razón y con honda preocupación, si el CIOFS acaso sabe de dónde viene, y lo más grave, si acaso sabe para donde va...

5. Oposición de los hermanos de la Primera Orden.
En muchos lugares han sido nuestros hermanos de la Primera Orden quienes han manifestado su oposición al uso del hábito por parte de los hermanos de la Tercera Orden, especialmente en aquellas regiones donde las relaciones entre la Primera y Tercera Orden siempre han sido tensas y llenas de incomprensiones, cuando no llenas de envidias, celos y faltas de caridad, todas ellas actitudes ajenas al espíritu de fraternidad franciscana.

Valga decir aquí que los hermanos de la Primera Orden, ya sea el Superior Provincial o el Asistente Espiritual de la Fraternidad, NO tienen ninguna autoridad para prohibir el uso del hábito a los terciarios, pues su injerencia en los asuntos de la Fraternidad terciaria se limita a la Asistencia Espiritual, que no es más que un signo de la unidad y pertenencia a la gran Familia Franciscana. Recordemos además que el Asistente Espiritual no representa ni tiene ninguna autoridad dentro de la Fraternidad, pues ésta reposa solamente sobre el Ministro y su Consejo.

En demasiadas oportunidades los Asistentes Espirituales son nombrados o encargados de esa misión sin ninguna preparación, e ignoran por completo la historia y tradición de la Tercera Orden, así como el papel mismo del Asistente, y más que un apoyo dinamizador y espiritualizador, se convierten en una carga que la Fraternidad debe soportar...

Sin embargo hay que anotar también, que en no pocas ocasiones, los hermanos de la Primera Orden han sido un apoyo que ha alentado el uso del hábito por parte de los terciarios y les han facilitado su adquisición o confección, además de enseñarles todo lo relativo a su uso digno y respetuoso. En esta época de terrible crisis que atraviesa la Orden y la Iglesia toda, cuando tantos hermanos de la Primera Orden han desdeñado el uso del hábito inventado toda clase de disculpas y argumentos para ello, las Fraternidades Terciarias que lo usan y lo conservan dan testimonio de fidelidad y de amor a los valores y tradiciones de la Orden.

San Francisco.
6. Nos cuenta la historia que nuestro Padre San Francisco de Asís, despojado de sus elegantes ropas de joven rico de Asís, se vistió primero con un tosco hábito de peregrino ceñido con una correa y posteriormente, como signo de pobreza y de humildad, adoptó para sí mismo y los suyos el sayal hecho de “saco” (se denomina así a una tejido burdo y resistente de lana gruesa, similar a lo que entre nosotros se llama “costal harinero”) y que era el traje que usaban entonces los más pobres campesinos de la región; cuentan los biógrafos de nuestro Seráfico Padre, que el hábito original era un vestido “de tosca lana y color de bestia, atado con una cuerda, y con una capucha encima que era sacada de la esquina de un vulgar saco”. Se cuenta también que el mismo San Francisco elaboró los hábitos para sus primeros compañeros y que para cortarlos seguía en modelo de una cruz Tau. El hábito era entonces como ahora, un signo de pobreza y de penitencia, de abandono del mundo y sus vanidades.

7. En los diferentes relatos que hallamos en las Fuentes Franciscanas acerca de la fundación de la “Orden de los hermanos y hermanas de la penitencia”, como se llamó en un principio la Tercera Orden, se menciona que nuestro Seráfico Padre dio a los primeros hermanos “un hábito y una regla o forma de vida”, es decir, una vestidura que los identificaba como penitentes, y unas normas de vida de definían el carácter y objetivo de la Orden: hacer penitencia y llevar una vida recta en todo sentido, una vida de permanente conversión, dedicada a la oración y al testimonio cristiano con la vida misma antes que con las palabras.

El hábito en la historia de las Reglas y Constituciones de la Tercera Orden.
8. La primera Regla que tuvo la Tercera Orden, se llamó "Regla de la Fraternidad de los Penitentes de Asís" del año 1215, y cuya aprobación no se puso a consideración de la Iglesia pues este no era un requisito indispensable en aquellos días; esta Regla es considerada como la más cercana a la original redactada por el mismo San Francisco. Este documento menciona en sus artículos 1, 2 y 3 el tipo de hábito que debían usar los miembros de la Fraternidad y que no era otro que el hábito de los penitentes y peregrinos que por entonces recorrían los caminos de Europa y que era simplemente el vestido de los mendigos y los campesinos más pobres de la sociedad de entonces. Esta regla estuvo en vigencia hasta el año 1221.

9. La segunda Regla de la Orden, el "Memoriale propositi fratum et sororum de paenitentia" (Memorial del propósito de los Hermanos y Hermanas de penitencia) aprobada por el Papa Honorio III en el año 1221 y posteriormente re aprobada por el Papa Gregorio IX en 1228, se considera la primera Regla “oficial” que tuvo la Orden. En sus artículos 1, 2, 3 y 4 describe cuidadosamente el tipo de hábito, diseño, costo y color que deberán usar los hermanos de la Fraternidad.

10. La tercera Regla que tuvo la Orden, aprobada por el Papa Nicolás IV en la Bula "Supra monten" del año 1289, tuvo una vigencia de casi seis siglos (594 años) y rigió la Orden hasta el año 1883. En el capítulo III de este documento se habla claramente del tipo, color, diseño y costo del hábito que debían llevar los hermanos. A partir de los años 1500 el tipo de “hábito grande” usado por los hermanos de la tercera Orden se unifica con el de la Primera Orden en las diversas variables que tenía por entonces.

11. La cuarta Regla que tuvo la Orden fue aprobada por el Papa León XIII en su constitución apostólica "Misericors Dei Filius" del 30 de mayo de 1883; esta Regla adaptó a los nuevos tiempos de la Iglesia la Regla que había sido aprobada por el Papa Nicolás IV en 1289, aunque al hacerlo quedó simplificada notablemente. Este documento que tuvo vigencia hasta el año 1978, ordenaba en sus artículos 3 y 4 que los admitidos a la orden recibirían el “hábito pequeño” al inicio del Noviciado, y que debían usarlo siempre para poder gozar de los derechos, privilegios e indulgencias concedidos a la Orden por la Iglesia. En esta etapa es ya costumbre establecida que los hermanos emitan su Profesión usando el “hábito grande”, y que se lo use en los actos solemnes de la Orden, así como en las procesiones solemnes, entre las que se destaca la de Corpus Christi, que hará famosa por entonces a la Venerable Orden Tercera de San Francisco.

12. Las primeras Constituciones Generales de la Tercera Orden, aprobadas por la Sagrada Congregación de Religiosos en su decreto Nro. 02116 del 25 de agosto de 1957, en sus artículos 16 y 17 hablan del Rito de Vestición del hábito y del uso de los dos tipos de hábito: “hábito pequeño” para la vida cotidiana, y “hábito grande” para las ocasiones solemnes; en el artículo 89 recomiendan las mismas Constituciones que los hermanos terciarios sean amortajados y enterrados vistiendo el hábito, y en el artículo 155 habla del derecho y privilegio de precedencia que tenía la Orden sobre cualquier otra asociación piadosa y cofradía en las procesiones solemnes, siempre y cuando sus miembros marcharan vistiendo el hábito.

13. La quinta Regla de la Orden fue aprobada por el Papa Pablo VI en el Breve Apostólico "Seraphicus Patriarcha" del 24 de junio de 1978 y es la Regla que está en vigencia actualmente. En este documento no se menciona expresamente el uso del hábito, pero en su artículo 23, numeral C, dice que en lo que se refiere a los signos distintivos franciscanos debe procederse de acuerdo a los Estatutos particulares de las Fraternidades, con lo que deja abierta la posibilidad para que se conserven en cada lugar las tradiciones propias.

14. Las Constituciones Generales de la Orden actualmente en vigencia (y que dicho sea de paso, dejan mucho que desear) ignoran por completo el tema y dejan en manos de los Consejos Nacionales la elección de un “signo distintivo” de identidad o pertenencia a la Orden, que en casi todas partes se ha concretado en el uso de la Cruz Tau, pero no dicen ni una palabra que haga referencia al rescate, conservación o difusión de ninguna de las tradiciones, signos y símbolos de la Orden; lo mismo puede decirse de los “Planes de Formación”, tan imbuídos de las corrientes modernas secularizadas y secularizantes, que ni siquiera parecen escritos por franciscanos.

 15 Los Santos de la Orden.
Cuando se leen las biografías de los Santos y Beatos de la Tercera Orden Franciscana, nos encontramos con innumerables testimonios de hermanos que tras una profunda conversión, “tomaron el hábito” de la Tercera Orden y se dedicaron a obras de apostolado, de caridad o a una vida de oración en soledad, algunos incluso en condiciones que hoy nos parecerían muy insólitas. Muchos recibieron el hábito de manos de algún superior franciscano de la Primera Orden, otros incluso de manos de un Obispo diocesano y una gran mayoría de ellos vivieron su consagración franciscana de forma solitaria, pues no pertenecían a ninguna Fraternidad, pero eran plenamente identificados como miembros de la Tercera Orden de San Francisco de Asís.

16. La Fraternidad Local.

Fraternidad de Nuestra Señora de Fátima de Manizales (Caldas) Colombia.
Nosotros, que queremos ser fieles a la antigua tradición de la Orden, en nuestra Fraternidad puesta bajo el amparo de Nuestra Señora de Fátima, valoramos inmensamente el uso del hábito franciscano y deseamos que esta tradición sea conservada y transmitida a las nuevas generaciones de hermanos; la presencia de la Orden en Manizales y en todo el territorio de Caldas, data de principios del siglo IXX, y ya hacia el año 1905 consta en los archivos de la Diócesis la presencia de Fraternidades numerosas, cuyos miembros masculinos gozaban del privilegio de usar el hábito para las ocasiones solemnes y de ser enterrados con él.

Los hermanos Fundadores de la Fraternidad de Nuestra Señora de Fátima, concluido un largo periodo inicial de formación, recibieron el hábito formalmente en Rito solemne, de manos del entonces Ministro Regional de la Orden, y del Ministro Local, en ceremonia presidida por el Asistente Espiritual de la Primera Orden (OFM). Desde entonces y hasta la actualidad hemos conservado y transmitido esta hermosa tradición.


Necesidad de puntualizaciones.
17. En Francia, Portugal, Italia, España y en muchos países de Europa Oriental y Latinoamérica se conserva la antigua tradición se usarlo, únicamente en las Fraternidades masculinas, pero es muy necesario hacer algunas puntualizaciones y precisiones al respecto y que los hermanos (regulares y seglares) tengan claridad acerca de las ocasiones en las cuáles es lícito usarlo.

18. El hábito es ante todo un signo externo de consagración y de penitencia, y es a la vez un signo de identidad y de pertenencia a la Familia Franciscana. No es de ninguna manera el “uniforme” de una institución, ni una “vestidura u ornamento litúrgico”, ni mucho menos algún tipo de traje que conceda o manifieste alguna clase de “dignidad eclesiástica”, por el contrario, debe ser sinónimo de minoridad y de humildad, pues de no ser así, se estaría incurriendo en una grave contradicción del espíritu franciscano.

19. Si el hermano no es conducido por un auténtico espíritu de conversión profunda, de penitencia, de humildad y de minoridad, al usar el hábito no se ha revestido de Cristo, simplemente se ha disfrazado para dar gusto a su vanidad.

20. El auténtico seguidor de San Francisco quiere configurarse a él, y ello implica el desprecio de las vanidades del mundo y el asumir una permanente actitud de honestidad y transparencia, de coherencia con sus ideales y un alejamiento de todo ánimo de figuración y protagonismo, de presunción y de soberbia. Cuando un hermano realmente comprende y valora el privilegio de usar el hábito, entiende que esto conlleva un grave compromiso, y que el hábito, siendo simple paño barato, pesa como si fuera de bronce.

Es un derecho y un privilegio.
21. Es muy importante que todos en la Orden comprendan que el hecho de que los hermanos de la Tercera Orden puedan usar el hábito públicamente bajo las condiciones y en las ocasiones que en este documento se puntualizan, es un privilegio extraordinario concedido, si bien es un derecho de estado y de tradición en lo privado, en lo público es un privilegio y como privilegio concedido, puede también ser retirado.

Los dos hábitos de la Tercera Orden.
22. Según una antiquísima tradición de la Orden Tercera, sus miembros tienen dos hábitos, que son usualmente llamados “habito pequeño” y “hábito grande”.

El Hábito pequeño.
23. El “hábito pequeño” lo usan los Hermanos de la Orden Tercera en la vida diaria y cotidiana, y consiste el llevar, oculto bajo las ropas civiles, el Cordón franciscano y el Escapulario; en lugar del Escapulario puede llevarse también una cruz Tau o un Crucifijo; el “hábito pequeño” es bendecido e impuesto al hermano por el Ministro de la Fraternidad en el rito de Iniciación, al inicio de la etapa de Postulantado. Es un hábito “secreto” y debe llevarse siempre con discreción y decoro, como un signo y recordatorio de los compromisos adquiridos. No debe usarse nunca para dormir, ni de forma externa, especialmente el Cordón.

24. El Rito de la “toma del hábito pequeño”, aprobado por la Iglesia, es un signo exterior de lo que se realiza en el corazón,  el postulante recibe el escapulario o la cruz Tau, y el cordón Franciscano que llevará en la vida cotidiana como signos de conversión y de la pertenencia al Señor. Recibir el hábito es revestirse de Cristo, es comprometerse a tomar la vida de Cristo como norma de conducta todos los días de nuestra vida y actuar como lo hubiese hecho Cristo en nuestro lugar.

El Hábito grande.
25. El llamado “hábito grande” es simplemente el traje talar o sayal tradicional de los religiosos franciscanos (Primera Orden)

26. El tipo, estilo y color del hábito que podrán usar los hermanos terciarios, será exactamente el mismo de los hermanos de la Primera Orden bajo cuyo cuidado espiritual haya sido encomendada la Fraternidad, ya se trate de hermanos Observantes, Conventuales, Capuchinos o de la TOR.

27. No se podrá hacer ningún tipo de cambio, modificación ni “arreglo” al diseño propio del hábito, este es cómo es y no se confecciona al gusto o capricho del hermano.

28. El cordón deberá ser siempre de color blanco y la tela será de la calidad y color de uso corriente en la Orden; deberán evitarse los paños finos, gruesos y costosos, y todo aquello que de cualquier manera denote lujo, elegancia o exclusividad.

29. Con el hábito no podrá usarse ningún tipo de adorno ni joya, tan solo una simple camándula o rosario, de confección y materiales pobres, colgada al lado izquierdo del cordón. Sobre el pecho podrá llevarse solamente una cruz Tau, preferiblemente de madera y de confección muy sencilla.

30. No se podrá llevar con el hábito crucifijo pectoral metálico, ni mucho menos si se trata de una joya de orfebrería en metales o con piedras preciosas. Así mismo, deberá evitarse el uso de pulseras y anillos; podrá utilizarse reloj en razón de su utilidad, pero este deberá ser acorde a la sencillez que un hermano franciscano seglar debe vivir y testimoniar.

Privilegio de los hermanos profesos perpetuos.
31. Solamente los hermanos profesos perpetuos de la Tercera Orden pueden usar el hábito, por privilegio concedido y si quieren, pues no es obligatorio, y solamente lo pueden usar en los actos públicos y privados propios de la vida de la Fraternidad y nunca fuera de ella, tales ocasiones son:

- reuniones ordinarias o extraordinarias de la Fraternidad,
- en los ritos de Iniciación o Profesión,
- en los retiros y convivencias de la Fraternidad,
- en la celebración de la Eucaristía en Fraternidad,
- en las celebraciones de la Palabra y en el rezo del Oficio Divino, siempre en el ámbito   interno y privado de la Fraternidad,
- en el rezo individual y privado del Oficio Divino.

32. El hábito grande también puede ser usado por los hermanos profesos perpetuos en las ocasiones más solemnes de la vida de la Orden, tales como:

- Profesiones u Ordenaciones de Hermanos regulares o seculares,
- en las procesiones solemnes, con el permiso del Ordinario del lugar;
- en los Capítulos electivos de los diferentes niveles,
- en los ritos de exequias de hermanos.

33. Para otras ocasiones públicas fuera de las aquí mencionadas se requiere el permiso expreso del superior religioso del cual dependa la Fraternidad o del Ordinario del lugar, sin embargo, deberá considerarse prudentemente la conveniencia de solicitar tal permiso, y deberán estar los hermanos siempre alerta ante la tentación de la vanidad y el ánimo de protagonismo, actitudes contrarias al espíritu de minoridad que se espera de los hermanos de la Orden Franciscana Seglar.

Los novicios.
34. Los novicios que han recibido el hábito válidamente lo podrán usar solamente en aquellas ocasiones en las que el Ministro de la Fraternidad lo autorice expresamente, nunca en público y nunca por propia iniciativa. El hermano novicio debe comprender muy bien que el privilegio de poder usar el hábito es un precioso tesoro que debe ser cuidado, valorado y protegido como un valiosísimo secreto.

35. El hábito para el hermano Terciario es ante todo un signo de penitencia y de conversión. La Toma del Hábito, que se realiza en el rito de admisión al Noviciado, es una ceremonia viva, en la que el candidato se despoja del "hombre viejo" para tomar un nuevo hábito, el "hombre nuevo", imagen de la vida nueva que va a comenzar. La toma de hábito señala el compromiso de asumir un nuevo estilo de vida y un desprendimiento de las viejas costumbres con renovación solemne de los votos del bautismo.

36. El novicio debe estar guiado por el espíritu del Evangelio. El rito de la toma de hábito nos hace entrar en la familia franciscana y formar parte de ella, y así nos arraiga más profundamente en la Iglesia. La toma del hábito es un momento en el cual Dios nos concede una gracia especial.

El hábito le pertenece a la Fraternidad y a la Orden.
37. En muchos lugares el costo de elaboración y los materiales para la confección del hábito son asumidos por las Fraternidades de sus propios recursos, el otras partes cada hermano es responsable de asumir estos costos. Sea cualquiera el caso, el hábito no le “pertenece” al hermano, le pertenece a la Fraternidad y a la Orden y deberá devolverlo o entregarlo siempre en los siguientes casos:

- Por retiro voluntario o expulsión de la Orden.
- Por solicitud justificada del Ministro de la fraternidad en el caso de uso indebido, esta medida podrá ser temporal o definitiva. (Acción disciplinaria).
- Por orden o mandato del Ordinario del lugar.

Faltas y uso ilícito.
38. Cualquier uso del hábito diferente a los mencionados en los puntos 31, 32, 33 y 34 de este documento se considerará como una falta y uso indebido, y el Ministro de la Fraternidad deberá hacer al hermano infractor el llamado de atención correspondiente y tomar las medidas que considere necesarias, desde la prohibición temporal del uso público del hábito, hasta la prohibición permanente y retiro del mismo.

De las ropas bajo el hábito.
39. Siempre deben usarse ropas adecuadas bajo el hábito y este nunca debe usarse sin tener debajo camisa y pantalón. Sin embargo, por decoro y dignidad, deberá evitarse que se vean las ropas que se llevan bajo el hábito, especialmente los cuellos de camisas y con mayor razón si estos son de colores vivos o que en nada combinen con el color del hábito, lo más deseable es que use camisa blanca o negra, y preferiblemente de manga larga. Con respecto a los pantalones y calcetines, deberán ser preferiblemente de color negro o marrón oscuro y en todo caso evítense los colores claros y llamativos.

Del calzado con el hábito.
40. Con el hábito deberá usarse un calzado acorde a la sobriedad del mismo, preferiblemente zapatos de cuero de estilo clásico y formal, de color negro o marrón oscuro. Nunca deberán usarse con el hábito zapatos tenis ni de otros estilos deportivos o informales, ni de colores claros o llamativos. También podrán usarse sandalias, conforme a la antigua tradición, de color negro o marrón oscuro y estas deberán ser de estilo franciscano, muy sencillas y sin ninguna clase de adornos; las sandalias podrán usarse con o sin calcetines.

Las oraciones tradicionales al vestir el Hábito.
41. a. Existe la antigua tradición de decir unas breves oraciones o invocaciones al momento de ponerse el hábito. Esta antigua costumbre, al parecer la tomaron los franciscanos de los monjes de la Orden de San Benito y posteriormente se extendió a otras Órdenes religiosas.

b. También los sacerdotes diocesanos o del clero secular tenían antiguamente la costumbre de rezar unas oraciones o invocaciones muy similares al momento de revestirse los ornamentos sagrados, estas oraciones incluso aparecían ya escritas en las instrucciones y rúbricas de los misales más antiguos de diversas épocas; lamentablemente esta es una de las tradiciones que más se ha perdido con el paso de los años a causa de la secularización y relajación del fervor religioso y por la pérdida del sentido de lo sagrado y del misterio.

c. Esta tradición, tan bella e importante, que forma parte de la herencia mística y espiritual de la Orden franciscana, es muy digna de ser rescatada y restablecida, ya que estas invocaciones nos recuerdan el sentido y el valor de vestir un hábito como signo externo de consagración y pertenencia a una familia religiosa; orar estas invocaciones actualiza en nosotros cada día el compromiso de “revestirnos del hombre nuevo” que ha “muerto al pecado” para vivir en “novedad de vida” en Cristo Jesús.

d. Estas oraciones o invocaciones son “secretas”, en el sentido antiguo, oraciones que se dicen en voz baja y de manera privada. Los Hermanos deberán aprenderlas de memoria y rezarlas cada día al momento de ponerse el hábito, así como deberán también trasmitirlas a los Hermanos que no las conocen o recordarlas a los que las han olvidado.

e. Aunque no se conoce con exactitud el origen de estas oraciones o invocaciones, es claro que casi todas están inspiradas en el pasaje de la carta de San Pablo a los Efesios, capítulo 6, versículos 10 al 17.

f. La antigua tradición enseñaba que al levantarse cada uno de los hermanos, mucho antes del amanecer y antes del Oficio de Prima, hecho su aseo personal en el silencio de su celda, antes de vestir el hábito era necesario hacer una ablución o lavabo ritual, que consistía en lavar sus manos con un poco de agua de la jofaina que había en cada celda (una jarra con agua y un pequeño platón) mientras rezaba la invocación respectiva y luego bendecía el hábito colocado sobre la cama o la mesa. Enseguida vestía el hábito haciendo las respectivas invocaciones y se dirigía al oratorio para hacer un tiempo de oración personal y luego, ya en comunidad, el Oficio de Prima. 

42. Oraciones o invocaciones al vestir el Hábito.

a)    Al lavarse las manos:

¡Límpiame, Señor de toda culpa y pecado,
para que pueda servirte sin contaminación de alma y cuerpo! Amén.

b) Bendición del hábito:
(Extendido el hábito sobre la mesa o la cama, lo bendice trazando sobre él la señal de la Cruz mientras dice:)

¡Bendice, Señor, este hábito santo,
y hazme digno de llevarlo un día más;
haz que sea para mí en todo momento
un signo de consagración a ti,
de pobreza, humildad y servicio!
En el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.

c) Al vestirse el hábito:

¡Vísteme, Señor, con la armadura de tu luz,
tu Palabra y tu protección,
para que pueda resistir y rechazar
los ataques del enemigo!. Amén.

d) Al ponerse la Cogulla, esclavina, capilla o capucha:
(Esta oración se hace cuando la cogulla o la capucha son una pieza aparte del traje talar que se coloca sobre el mismo, así como en el caso del escapulario grande)

¡Pon, Señor, en mi cabeza
el yelmo (casco) de tu salvación
y dame tu protección para resistir y rechazar
los ataques del enemigo! Amén.

e) Al ceñirse el Cordón:

¡Cíñeme, Señor, con el cordón de la pureza
y extingue en mi cuerpo todo estímulo de liviandad,
para que por tu gracia permanezcan en mí
las virtudes de la continencia y castidad! Amén.

(O bien esta otra:)

¡Cíñeme, Señor, con el cinturón de la Verdad
y ata y refrena toda concupiscencia en mí! Amén.

f) Al ponerse el crucifijo o la cruz Tau:
(Toma el crucifijo o la cruz Tau en la mano derecha, lo besa y se signa con él mientras dice:)

¡Que la santa Cruz sea mi luz!
En el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.

g) Al calzarse los zapatos o las sandalias:
(Las bendice trazando sobre ellas la señal de la Cruz mientras dice:)

¡Guía, Señor, mis pasos hacia ti,
apártame de la senda del mundo y del pecado!
En el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.

h) Al revestirse con sobrepelliz, roquete o alba:
(El sobrepelliz o el alba los deben usar los Hermanos que son clérigos, y los ministros seglares, cuando presiden o ayudan en la celebración de la Eucaristía o la celebración solemne de la Palabra; también si se ejerce algún ministerio dentro de estas celebraciones, como lector, salmista o acólito. El sobrepelliz  o roquete se usa sobre el hábito y lo usan siempre quienes ejercen de ministros, los hermanos que son clérigos pueden usarlo también, si gustan, y además llevarán sobre él los ornamentos propios de su jerarquía, estola y dalmática para los diáconos, o estola y casulla para los presbíteros. Si en lugar del sobrepelliz el sacerdote celebrante prefiere usar el alba, esta se coloca sobre el hábito si se trata de un alba-casulla amplia, o bien puede usarse sin el hábito debajo en el caso de un alba corriente. Los ministros y el celebrante deben revestirse siempre en la sacristía y a puerta cerrada, nunca dentro del oratorio o capilla.)


¡Blanquéame, Señor, y limpia mi corazón,
para que blanqueado en la sangre del Cordero,
pueda gozar de los bienes eternos! Amén.

(Los Hermanos que son sacerdotes al ponerse la casulla dicen:)

Señor, que dijiste: mi yugo es suave y mi carga ligera,
haz que de tal modo pueda llevar esta casulla,
que por tu misericordia y protección, alcance tu gracia. Amén.

El respeto debido al Hábito.
43. El respeto debido al hábito exige que este permanezca siempre limpio y sin arrugas y que sea llevado con decoro y dignidad, adoptando siempre una postura corporal adecuada. Habiendo sido bendecido de manera muy especial y siendo signo de conversión y penitencia, así como de pertenencia a la gran familia Franciscana y a la Iglesia, el hábito se transforma en un signo sacramental que merece todo el respeto por parte del hermano que lo lleva, así como por parte de los demás. Por estas razones los hermanos deberán abstenerse de usarlo públicamente fuera del ámbito de la Fraternidad o la Orden, no deberán nunca prestarlo a nadie por ningún motivo y al llevarlo puesto, deberán ser conscientes de que con sus palabras y sus actos están dando testimonio a nombre de toda la Orden Franciscana y de la Iglesia Católica.

Como se explico ya, el Ministro de la Fraternidad podrá retirar el hábito temporalmente o prohibir su uso público por tiempo indefinido a aquel Hermano que con su comportamiento o testimonio lo haya deshonrado o irrespetado.

El Hábito mortuorio.
44. Es una antigua tradición de la Orden Tercera el que sus miembros, al morir, sean enterrados vistiendo el hábito grande en lugar de mortaja; las Constituciones Generales del año 1957 en su artículo Nro. 89 así lo recomendaban:

Los Hermanos Terciarios harán muy bien en dejar ordenado que se les amortaje y entierre con el hábito grande”.

Aquellos Hermanos que deseen que así se haga, deben manifestar por escrito su voluntad al Ministro de la Fraternidad, en un acta debidamente diligenciada, firmada por el mismo interesado y por tres o más testigos de su familia más cercana; el Ministro y el Secretario de la Fraternidad la firmarán también y una copia de esta acta se guardará en el archivo de la Fraternidad. Llegado el día en que falte el Hermano, el Ministro y la Fraternidad velarán porque se cumpla su última voluntad.

El uso privado.
45. Nada ni nadie puede prohibirle a un hermano profeso de la Tercera Orden Franciscana el uso del hábito, porque es inherente a su condición de franciscano y de hombre consagrado, y es además un signo de identidad y pertenencia a la Orden; mucho menos en el ámbito privado de su casa, de su oratorio particular o su tierra. Muchos hermanos lo usan a diario para el rezo del Oficio Divino que realizan a solas en su habitación o en su oratorio privado, para las vigilias de oración u otros actos de piedad que desarrollan de manera particular y privada y nada puede impedir que lo hagan, pues les asiste todo el derecho y nada obsta en contra, ni en el derecho canónico ni en el civil. Desde el punto de vista Canónico al hermano le asiste el derecho de usar el hábito propio de su Orden y desde el punto de vista del derecho civil, es un ciudadano que en su casa tiene todo el derecho a vestirse… ¡como le dé la gana!.


Hermano, si usted usa o piensa usar el hábito, úselo bien, con toda dignidad y respeto, en los momentos y ocasiones que en verdad lo ameriten. Recuerde que "el hábito no hace al monje" y que usted no es más franciscano o menos franciscano por el hecho de usarlo o no; usted debe tener razones serias de fondo para esto y comprender y valorar muy bien su sentido.

Empiece por bendecir y usar a diario su "hábito pequeño". Ore, medite, discierna por el tiempo que sea necesario, y si usted ha decidido usar el "hábito grande", que este sea un elemento que contribuya hondamente a aumentar los sentimientos de piedad y devoción en su corazón y su alma, que su vocación franciscana se fortalezca y que su vida de oración se enriquezca.

Paz y bien.





Estatutos Particulares de una Fraternidad Consagrada

Orden Franciscana Seglar de España

FRATERNIDAD CONSAGRADA
CRUZADOS  SERAFICOS
ESTATUTOS
RITUAL

DECRETO DE APROBACIÓN

OBJETO: Aprobación del Estatuto Nacional y Ritual de la Fraternidad Consagrada: “Cruzados Seráficos” de la Orden Franciscana Seglar de España.

En el mes de abril de 1993 ha sido entregado, para la aprobación del Consejo Nacional de la Orden Franciscana Seglar de España, el Estatuto Nacional de la Fraternidad Consagrada. Dado que el Estatuto ha sido revisado por la Comisión de Legislación nombrada en el seno del Consejo Nacional, quien ha comprobado que el texto se ajusta a la legislación vigente en la Orden Franciscana Seglar; en virtud de la delegación que me ha sido otorgada por el Consejo Nacional en su reunión del 30/31 de octubre y 1 de noviembre de 1993.

APRUEBO

El estatuto de la Fraternidad Consagrada de la O.F.S., en conformidad con cuanto prevé el artículo 34 de las Constituciones Generales y cuyo texto será conservado en el archivo del Consejo Nacional de la Orden de España.

Firma y sello:
Antonio Raíndo Gómez, Ministro Nacional de la O.F.S.

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PRESENTACIÓN

Hermanas, Hermanos:
Paz y bien en el Señor Jesús.

Dios nuestro Señor sabe, y vosotros también lo sabéis, con cuánto gozo y con cuánto amor os ofrezco el “Estatuto Nacional de la Fraternidad Consagrada”, O.F.S. Es obra, sobre todo, vuestra y para vosotros. En él habéis expresado lo mejor de vuestro amor a Jesucristo nuestro Señor.

Desde hoy en adelante, siguiendo amorosamente sus indicaciones, vais a ratificar con vuestro vivir cotidiano, lo más querido de vuestra Consagración. La letra del Estatuto es importante, pero lo hermoso, lo fascinante, lo arrollador y lo gozoso será la vivencia de lo que en él se dice y, más aún, de lo que en él se insinúa.

La aprobación del Estatuto Nacional de la Fraternidad Consagrada, O.F.S., es la orden de salida. En la meta os espera Jesús. ¡Feliz carrera, hermanos! ¡No seáis encogidos ni tacaños! ¡Jesús se lo merece todo!

Fr. Clodulfo Escobar, ofm

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PROEMIO

Un día Jesús, junto al tranquilo y destelleante Mar de Galilea, dijo a sus seguidores, envuelta su apacible palabra en mirada benevolente: Beati mundo corde, “Bienaventurados los limpios de corazón, porque ellos verán a Dios” (Mt 5,8). Se diría que el Salvador se expresó así pensando en vosotros, “Cruzados Seráficos”. De hecho, quienes le escuchaban, vivían en el mundo, como también vosotros, anhelando los bienes definitivos que Jesús les prometía.

Primera condición para ser beneficiarios del don de la “visión divina” es la avidez en llevar a la vida lo que la mente, iluminada por la fe, concibe como ideal de perfección. Vuestra “limpieza de corazón” consiste en ofrendar, a través de los votos privados de pobreza, obediencia y castidad, y en el incomparable marco del amor a Dios y al prójimo, vuestra Consagración a la Deidad, que os acerca a la primera bienaventurada, la pobrecilla Virgen María, obediente confiada en su Señor.

También os asomáis así a las vidas ejemplares de quienes a lo largo de veinte siglos de cristianismo supieron poner orden y equilibrio a todo tipo de apetencias para obtener los bienes definitivos del Reino de Dios. Así, pues, seréis “Bienaventurados” si observáis “con corazón puro” lo que un día prometisteis al Señor.

Fr. Ramon Baselga, ofm
Valencia, 12 de enero de 1995

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ESTATUTOS
CRUZADOS SERAFICOS

PREÁMBULO

En el Acta de la Junta de Padres Comisarios de la T.O.F. de España, habida en el convento de San Francisco el Grande de Madrid, los días 24 y 25 de mayo de 1995, siendo Comisario Nacional el padre Casiano Sáez Beltrán, ofm, cuya Acta se publicó en el primer número del Boletín Nacional de la T.O.F., vemos cómo en sustitución de uno de los temas, por ausencia del ponente, se hace “leer y comentar el capítulo primero de las nuevas Constituciones de la T.O.F.; elaborado ya en Roma por las cuatro Familias Franciscanas” (Constituciones aprobadas en 1957).

En el artículo VIII de estas Constituciones se aconseja una agrupación de Almas Consagradas a Dios. “Puesto que en la Tercera Orden hay almas, bien con votos privados, bien con promesas, tales terciarios pueden ser agrupados en secciones, según normas particulares, para que más seguramente adelanten en la virtud y crezcan en número, y sean un fermento evangélico más eficaz en la vida de la hermandad.”

El padre José Navarro, ya fallecido, Comisario de la provincia de Cartagena, tuvo su ponencia en esta Junta sobre: “Grupos Selectos de la T.O.F.”; por considerar esta selección como una necesidad de la misma naturaleza de la T.O.F. se elaboró un avance de reglamento de esta sección de terciarios y se le dio al tema carácter de urgencia.

En el Congreso Internacional de Roma de 1950 se adoptó esta conclusión, como aspiración del Congreso: “Dentro de la misma T.O.F. se debe fomentar la selección de almas piadosas que siguiendo de cerca a san Francisco, anhelen la mayor perfección.”

La idea de los Padres Comisarios fue formar un Grupo de Almas Consagradas que vivan la perfección seráfica agrupadas según normas particulares del artículo VIII. ESTA DEPENDENCIA TOTAL A LA T.O.F. CONSTITUYE LA CARACTERÍSTICA ESPECÍFICA DE “CRUZADOS SERÁFICOS”

Durante los años 1957-58 y 59 los Padres Comisarios trataron en reunión la posibilidad de agrupar las Almas Consagradas. En este momento el padre Joaquín Ribes Ronda, ofm, llegado de la Argentina en julio de 1958, con estas mismas inquietudes, estaba decidido a fundar dentro de la T.O.F. Fallecido el padre Navarro, el padre Joaquín Ribes, Comisario de la Fraternidad de la T.O.F. de Valencia, en unión con los Padres Comisarios de Madrid y Sevilla, Gabino Gallego y Leonardo Fuertes, fundan en sus respectivas Fraternidades Grupos de Almas Consagradas. Estos primeros Grupos aparecieron sin conexión entre sí, solamente había un día de unión espiritual en el que todos los miembros tenían una misma meditación, publicándose una hojita mensual donde se daban las oportunas consignas. Se publicaron unos Estatutos y Manual con el título de Cruzados Seráficos de la T.O.F. (pro manuscripto) de la Sección de Perfección Evangélica, según el artículo VIII de las CC.GG. de la T.O.F., que fueron presentados y aprobados, ad experimentum y viva voce, por la Conferencia de PP.MM. Provinciales.

Se comunicó, aunque no oficialmente, que se habían presentado al Padre General (P. Sépinski), quien aplaudió esta idea. El año 1961, en la reunión celebrada en octubre en Madrid, en San Francisco el Grande, siendo Comisario Nacional el padre José Agustín Elustondo, fue nombrado Director Nacional de los Cruzados Seráficos el padre Joaquín Ribes Ronda. En la misma reunión se nombró Consejeros a los Padres Comisarios, Gabino Gallego de Madrid y Leonardo Fuertes de Sevilla, quienes propusieron el nombramiento de una Secretaria Nacional que sirviese de enlace a todos los Grupos. El cargo recayó en la entonces Secretaria Nacional de la T.O.F., Maria Jesús Fernández Martínez.

Se autorizó el que se intentase una organización internacional de los Grupos de “Cruzados Seráficos de la T.O.F.”. En los ejercicios Espirituales del año 1967, en los que hubo días de convivencia a los que acudieron de todos los Grupos existentes, se acordó darle organización Nacional con autoridades internas previas SIN QUE ESTO SIGNIFIQUE LA MENOR INDEPENDENCIA DE LA O.F.S. 

Las mismas Constituciones Generales de la O.F.S. y las normas dadas por los Dirigentes de constituir dentro de una misma fraternidad, pequeñas Fraternidades con cierta autonomía e incardinadas a la Fraternidad, favorecía el deseo expresado por la totalidad de las Cruzadas para proponer esta organización interna de plan nacional.

Se dio un plazo de tiempo para que cada Grupo estudiase y madurase esta proposición. En los Ejercicios celebrados en el Monasterio de Santo Espíritu del Monte (Valencia) en el año 1968, a los que asistieron el Padre Director Nacional de los Cruzados Seráficos, Joaquín Ribes Ronda, y los Padres Consejeros Nacionales, Gavino Gallego y Leonardo Fuertes, se formó la Junta Nacional para unir y unificar todos los Grupos. Fue nombrada Presidenta Nacional Maria Jesús Fernández Martínez, del Grupo de Madrid y de la Fraternidad de Duque de Sesto. Vicepresidenta: Marina García, del Grupo de Valencia. Consejeras: Araceli Navarro, del Grupo de Lucena; Concepción Ferrán, del Grupo de Zaragoza, y Matilde Luna, del Grupo de Madrid. Durante la presidencia de Maria Jesús se tuvieron varios encuentros a nivel nacional en Santo Espíritu del Monte y Montiel (Valencia), en La Rábida (Huelva) y en Martos (Jaén).

Cuando empezó a funcionar la Junta Inter-obediencial, se puso en conocimiento de todos los Comisarios de las demás Familias y aceptaron gustosos los Grupos de Selección que ya venían funcionando en nuestra Familia de Menores y, habiendo varios Grupos de Cruzados en las Fraternidades de la Obediencia Capuchina, se tuvo en cuenta al nombrar las autoridades internas que fueran de las dos Obediencias. A partir de entonces han ido surgiendo nuevos Grupos, esparcidos por el territorio nacional y alguna que otra aislada, que reconocieron a las autoridades constituidas y se adhirieron a la organización.

Con motivo del fallecimiento del padre Joaquín Ribes Ronda, acaecido el 27 de septiembre de 1984, se tuvo al año siguiente, a nivel nacional, una reunión en Valencia, convocada por Maria Jesús Fernández. Celebrado el Capítulo Electivo, queda la nueva Junta Nacional en el Grupo de Valencia, siendo su Presidenta Nacional por un año la hermana Pilar Plasencia Pelufo, de la Fraternidad de San Lorenzo. En este período de tiempo se tuvieron encuentros: uno en Jaén, dos en Valencia y otro, aprovechando los días de Congreso Nacional O.F.S. en El Escorial, donde fue confirmada la Junta para tres años más.

Tras un nuevo encuentro en Valencia en 1989, convocado por la Presidenta Nacional Pilar Plasencia Pelufo para celebrar Capítulo Electivo, por haber terminado el trienio, vuelve a quedar la Junta en Valencia, siendo en esta ocasión la Presidenta Nacional la hermana Josefa Costa Piera, que es reelegida en el Capítulo Electivo de 1993 habido en Valencia en los días 6 y 7 de febrero. Actualmente es Asistente Nacional de los Cruzados Seráficos el padre Clodulfo Escobar Gómez, desempeñando este cargo desde primeros de noviembre de 1985 y Viceasistente Nacional el padre Ramón Baselga Esteve, que atiende a los Cruzados desde primeros de septiembre de 1991.

La labor realizada desde su fundación ha sido de sujeción a las autoridades internas de la O.F.S. y de dedicación plena a la vida y actividades de las Fraternidades respectivas. Las Cruzadas, por su dedicación plena, intentan ser los pilares que sostengan y den continuidad a las diversas obras de organización y apostolado que lleven o emprendan las Fraternidades, bien estando al frente de las mismas, como dirigentes de los distintos Grupos, o bien cooperando junto con los demás terciarios, animándolos y ayudándoles a mantenerse firmes en su Profesión de la O.F.S., conscientes de lo que un día prometieron al Señor.

La estadística actual nos muestra que el 95% de los Cruzados están en cargos u oficios de responsabilidad en sus Fraternidades y el 5% restantes cooperan con entusiasmo, según su salud, circunstancias familiares, sociales o del propio trabajo. Son las encargadas de mover la palanca de la oración y sacrificio, fuente de energía para los demás y para la O.F.S.

Con la presente aprobación de nuestros Estatutos Nacionales por el Consejo Nacional O.F.S., en actitud de renovación y consolidación de nuestro Grupo de Almas Consagradas, por el cual y mediante el cual nos proponemos acrecentar el vínculo fraterno, siempre y en todo momento, en actitud de servicio, pidiendo que el Espíritu del Señor nos haga realizadores de la vivencia en comunidad de amor, como nuestro Padre san Francisco lo hiciera siempre y deseara en los últimos días de su vida.

I. Naturaleza

Art. 1. Los CRU SE (Grupo de la O.F.S., CC.GG., artículo 36) son los hermanos Profesos de la O.F.S. que eligen como forma específica de vida guardar el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, viviendo, bajo voto privado, los Consejos Evangélicos de obediencia, pobreza y castidad, siguiendo las huellas de san Francisco de Asís, que hizo de Cristo el inspirador y centro de su vida con Dios y con los hombres (O.F.S., Reg. 5), haciéndose así más disponibles a la contemplación, al servicio de la O.F.S. en sus diversos niveles y al apostolado en la seglaridad y conforme a las directrices de la Iglesia y de sus propios Superiores.

Art. 2. Los CRU SE son miembros Profesos de la O.F.S. y permanecerán siempre como miembros de la O.F.S. y al servicio de la misma.

Art. 3. Los votos emitidos por los CRU SE son privados, se hacen por un año, al término del cual se renovarán, si es posible en grupo el día 16 de abril, por ser la fecha en la que el Seráfico Padre san Francisco se consagró al Señor. Su obligación, salvo en aquello que por su naturaleza sea grave, es únicamente por fidelidad al Señor. Si se olvidara hacer la renovación, el voto permanece.

Art. 4. Los votos pierden su valor y fuerza por falta voluntaria de renovación o por revocación expresa del interesado o por dimisión (expulsión).

II. Fines
Art. 5. Seguir la llamada del Espíritu Santo a la perfección cristiana en el ámbito de la seglaridad en el seno de la Orden o Carisma Franciscano.

Art. 6. La vivencia de los Consejos Evangélicos, con el compromiso de votos privados, es una exigencia:
a) para seguir mejor y más de cerca a Jesucristo el Señor,
b) para el ejercicio conveniente y pleno del Sacerdocio Real,
c) como medio óptimo de amar, honrar y dar culto al Señor Dios,
d) como signo visible de unión en la Iglesia, a quien Dios le ha regalado el don de los Consejos Evangélicos,
e) para conseguir mejor la perfección cristiana a la que todos los hombres estamos llamados.

Art. 7. Las Almas Consagradas CRU SE tienen la obligación sagrada e ineludible, en virtud de su Consagración, de cultivar con esmero especial:

a) su condición de criaturas de Dios,
b) su condición de cristianos,
c) su condición de Franciscanos Seglares, viviendo sus votos gozosamente siempre y en todas partes según su naturaleza seglar y las condiciones y estado particular de cada uno.
d) su servicio a la Iglesia y a la Orden Franciscana Seglar.

III. Miembros
Art. 8. El Grupo CRU SE puede dividirse en tres secciones:
1. Sección Masculina (a)
2. Sección Femenina (a)
3. Sección Sacerdotal (b)

a) La Sección Masculina y Femenina la integran hermanos Profesos, solteros o viudos, de la O.F.S.
b) La Sección Sacerdotal la integran los Sacerdotes Profesos de la O.F.S. y que desean dedicarse de un modo especial a la asistencia y propagación de la Orden.

IV. Requisitos
Art. 9. Para la pertenencia efectiva al Grupo CRU SE se requiere, además de ser hermano Profeso de la Orden Franciscana Seglar, lo siguiente:

a) Seis meses de Postulantado (observación, estudio, prueba…), que empieza con la admisión al Grupo CRU SE sin acto litúrgico alguno.
b) Un tiempo de prueba (Noviciado), que comienza, previa petición por escrito del postulante, con la Imposición del Crucifijo.
c) En cuanto al tiempo de formación o de prueba, atenerse a las CC.GG, artículo 40, 1. Quien juzgará del tiempo de prórroga para la Consagración será el Presidente del Grupo CRU SE con su Consejo, si lo hubiere o, en su defecto, el Presidente del nivel superior, previa petición por escrito del interesado.

Por la Consagración el candidato queda incorporado pleno iure al Grupo CRU SE. La Consagración se hará, si es posible, dentro de la Celebración Litúrgica de la Eucaristía o, en su defecto, en una Celebración de la Liturgia de las Horas.

Art. 10. La admisión al Postulantado, al año de prueba, y a la Consagración es competencia del Presidente del Grupo con su Consejo CRU SE si lo hay en la Fraternidad O.F.S. local del interesado o del Presidente con su Consejo del nivel superior. Esta competencia es delegable, en cuyo caso la delegación se hará preferentemente al Ministro de la Fraternidad O.F.S. a la que pertenece el candidato.

Art. 11. Es también competencia del Presidente con el Consejo CRU SE la separación temporal y la dimisión del Grupo de alguno de sus miembros. La dimisión del Grupo deberá ser aprobada por el Presidente y su Consejo de nivel superior (cfr., Reg. 23).

Art. 12. El acto de admisión al Postulantado, al Año de Prueba y a la Consagración se registrará y guardará en el propio archivo del Grupo CRU SE.

Art. 13. Todas aquellas almas que, Profesas o no en la O.F.S., quisieran conocer la forma específica de vida de los CRU SE, podrán participar en las convivencias y reuniones de estudio, de oración, de fraternidad… del Grupo a fin de que vayan conociendo y probando su vocación franciscana seglar, pero no serán admitidas a la Consagración hasta después de la Profesión, si no lo son ya, en la O.F.S.

Art. 14. Los miembros CRU SE que se hallaren separados de su propio Grupo por cualquier circunstancia, si donde se encuentran hubiere Grupo, deben presentarse a éste y participar en sus actos.

V. Consagración
Art. 15. Los CRU SE realizarán su Consagración al Señor emitiendo los votos de Obediencia, Pobreza y Castidad.

A) Voto de Obediencia:
1. Por el voto de Obediencia los CRU SE se ponen totalmente a disposición de la voluntad divina, acatando gozosamente todos los aconteceres de la vida.

2. Obedecerán, con sumisión y simplicidad franciscana, las disposiciones de la Iglesia, de los Superiores propios de la O.F.S. y de los Grupos CRU SE. Harán objeto del voto de Obediencia, incluso, las disposiciones y exigencias sociales que no contradigan el querer de Dios y el bien del alma.

3. Es también objeto de voto de Obediencia el cumplimiento fiel de las obligaciones dimanantes del estado y trabajo particular de cada uno.

B) Voto de Pobreza:
1. Por el voto de Pobreza los CRU SE, fieles al seguimiento de Cristo, quien –confiado en el Padre- eligió para Sí y para su Santísima Madre una vida pobre y humilde, han de buscar en el desapego y en el uso de las cosas una justa relación con los bienes terrenos, simplificando las propias exigencias materiales; sean conscientes, en conformidad con el Evangelio de ser administradores de los bienes recibidos a favor de los hijos de Dios.

2. Con el espíritu de las bienaventuranzas, esfuércense en purificar el corazón de toda tendencia y deseo de posesión y de dominio, siguiendo al Señor “quien vino a servir y no a ser servido”.

3. Consideren los bienes materiales y espirituales como un Don de Dios Padre, siéndole agradecidos, colaboradores diligentes y administradores honrados a favor de los hombres nuestros hermanos.

4. Acepten y reconozcan humildemente sus fracasos y sus limitaciones físicas y morales, los olvidos y desprecios, y “cultiven la mansedumbre que acepta cualquier situación, sin desazonarse ni perder la paz” (Adm 14).

C) Voto de Castidad:
1. La Castidad por el Reino de los cielos es un Don eximio de la gracia de Dios, en cuya virtud los CRU SE han sido llamados por el Señor a manifestar con su vida el admirable Misterio de la Iglesia, unida a su Divino Esposo, Cristo.

2. Los CRU SE por el voto de Castidad, asumido por el Reino de los cielos, signo del mundo futuro y fuente de fecundidad más abundante en el corazón divino, están obligados a observar continencia perfecta en el celibato.

3. Los CRU SE por el voto de Castidad, viviendo en celibato, eligen a Jesucristo como Dueño y Señor de su amor y a Él entregan su corazón puro y su cuerpo limpio, respetándose y respetando a todas las criaturas en el amor de Dios.

4. Los CRU SE, conscientes de que tanto más seguramente se guarda la Castidad cuanto más vivo y operativo es el amor fraterno, fomenten y cultiven con esmero entre sí y con los demás hermanos de la Fraternidad O.F.S. y Familia Franciscana el amor que nos une a los hijos del Seráfico Padre san Francisco.

VI. Formación Permanente
Art. 16. Los CRU SE, hecha la Consagración, deben continuar su formación durante toda su vida (Formación Permanente), a fin de que el seguimiento de Cristo sea cada día y en todo tiempo y lugar más adecuado y seguro; la vivencia de la Consagración sea más gozosa y contagiante, y su misión en la Iglesia, en la sociedad y en la O.F.S. sea cumplida y eficaz.

Art. 17. Los CRU SE, comprometidos con el ejemplo y las enseñazas de Cristo, siguiendo el entusiasmo de nuestro Padre san Francisco, quien “a pesar de irse descomponiendo sus miembros y muerto ya su cuerpo… y, permaneciendo firme en su propósito de santa renovación, estaba siempre dispuesto a comenzar nuevamente” (1Cel. 103), dedicarán diariamente un tiempo a la lectura de la Sagrada Escritura, preferentemente del Nuevo Testamento, de la Regla y Constituciones Generales de la O.F.S., de los escritos del Seráfico Padre san Francisco y otras Fuentes de la Espiritualidad Franciscana, y de los Documentos de la Iglesia, de la Conferencia Episcopal y de los Ministros de la
Orden…

VII. Vida de unión con Dios 
Art. 18. La Eucaristía es el Sacrificio-Sacramento por el que la Iglesia vive y crece continuamente, el Memorial de la Muerte y Resurrección del Señor, el culmen y fuente de todo el culto y de toda la vida cristiana, signo de unidad de Cristo con los hombres, de los hombres con Cristo y de los hombres entre sí, vínculo de caridad, banquete Pascual, en el cual se recibe el Cuerpo y la Sangre preciosísimos de Cristo, el alma se llena de gracia y se nos da una prenda de gloria futura.

Art. 19. Los CRU SE participen diariamente, si les es posible, en el Sacrificio-Sacramento de la Eucaristía, uniéndose al Sacrificio Redentor de Jesús y en comunión con los hermanos.

Art. 20. Sepultados y resucitados con Cristo en el Bautismo, que nos hace miembros de la Iglesia, los CRU SE, más vinculados a ella por la Profesión de la O.F.S. y por su Consagración en el Grupo, participen en la Oración Litúrgica de la Iglesia, Liturgia de las Horas, principalmente Laudes y Vísperas, bien en la Fraternidad, bien en la Parroquia, bien en particular.

El Ritual O.F.S. enseña otros modos prácticos y muy valiosos de “hablar” con Dios. Pueden, también, rezarse los doce Padrenuestros.

Art. 21. Como Cristo fue el verdadero adorador del Padre, así los CRU SE harán de la oración y contemplación el alma de su propio ser y del propio obrar. Los CRU SE dedicarán a la oración y contemplación todos los días un cierto tiempo.

Art. 22. Tendrán un día de retiro mensual y Ejercicios Espirituales todos los años. Si la O.F.S. los tienen, háganlos con la Fraternidad. Si no pueden hacerlos en el Grupo o en la Fraternidad, por cualquier causa, háganlos en privado, entregándose al silencio interior y a la oración más que de ordinario.

Art. 23. Con ocasión de los Ejercicios Espirituales, los CRU SE se reformularán anualmente su Proyecto o Plan de vida con Dios, que presentarán a su Director Espiritual, si lo tienen o al padre Asistente del Grupo, como manifestación y ejercicio de voto de Obediencia.

Art. 24. Los CRU SE amen de corazón la vida sacramental de la Iglesia y aprecien los Sacramentos, que nos ayudan a mantener firme el espíritu. Como Hermanos de Penitencia, recibirán con frecuencia el Sacramento del Perdón.

VIII. Evangelización
Art. 25. Los CRU SE, conscientes de que deben ser en el mundo fermento del Evangelio y testigos de los valores del Reino, enriquecerán su alma con una formación profunda y su corazón con el amor a toda criatura, principalmente a los pobres, humildes e indefensos.

Art. 26. La forma principal de evangelización activa de los CRU SE será entregándose al servicio de la O.F.S., tanto en lo que respecta a su evolución interna como a las actividades y trabajos que la O.F.S. les encomiende. Cooperarán, desde su franciscanidad, en los Apostolados de sus respectivas parroquias y Movimientos Eclesiales.

Los CRU SE Sacerdotes cumplirán, además, con particular esmero y entrega sus obligaciones como miembros del Clero Secular, impregnando siempre su ministerio pastoral de la espiritualidad franciscana que les es propia por su Profesión y Consagración en la O.F.S.

Art. 27. Los CRU SE que colaboran en las actividades apostólicas de las parroquias, háganlo como Franciscanos Seglares y movidos por el espíritu franciscano de servio a la Iglesia y al hermano.

Art. 28. Los CRU SE, en espíritu de minoridad, fomentarán el amor fraterno entre sí y con todos los hombres, preferentemente con los que padecen injusticia y marginación Si tienen personal subordinado o servidumbre, mimen el buen trato y respeto, siendo justos y caritativos y, confiando en la presencia del germen divino que hay en todo hombre y en la fuerza del amor y del perdón, sean promotores de la concordia y de la paz.

Art. 29. Los CRU SE, como hijos de Dios y a ejemplo del Seráfico Padre san Francisco, vivan en todas las circunstancias de la vida el gozo y la alegría de saberse amados por nuestro Padre Dios. Será la predicación más revulsiva y eficaz.

Art. 30. Los CRU SE asuman en su evangelización el importantísimo compromiso de la promoción vocacional.

Art. 31. Los CRU SE tendrán muy presente que la oración y el buen ejemplo son las dos fuerzas capitales y vivificantes de toda evangelización. “Ni el que riega ni el que siembra es algo, Dios es quien hace crecer.”

IX. Vida fraterna
Art. 32. Los CRU SE, unidos por un mismo ideal y carisma, por la fuerza de su Profesión Consagrada están obligados muy especialmente a crear, fomentar, mantener y defender en el Grupo un clima:

a) adecuado para que cada miembro pueda vivir y desarrollar su Consagración.
b) de sana alegría, de confianza mutua, de expansión fraterna y de esparcimiento espiritual y humano,
c) propicio para la oración, el trabajo de formación y estudio, y de diálogo constructivo.

Art. 33. Los CRU SE, conscientes que, mientras vivimos en esta carne mortal, hay una interdependencia de los unos con los otros, más fuerte y necesaria cuando está sellada además con lazos espirituales y carismáticos, tienen el deber y la obligación:

a) de prestarse y recibir mutuamente ayuda espiritual por el buen ejemplo, la oración y consejo, si se pide,
b) de prestarse y recibir mutuamente ayuda moral para superar las diversas vicisitudes y angustias del espíritu por la mutua comprensión, la caridad fraterna y la sinceridad,
c) de prestarse y recibir mutuamente ayuda fraterna en los momentos difíciles, económica incluso si fuera necesario y personal.

X. Economía
Art. 34. Todos los CRU SE, con espíritu de familia y sentido de responsabilidad, contribuirán con sus aportaciones a la caja del Grupo según las propias posibilidades. Podrá fijarse una cuota con el fin de facilitar los recursos financieros para la vida del Grupo y para sus obras de culto, de evangelización y caritativas en los diversos niveles.

Art. 35. Determínese la cantidad que puede autorizar el Presidente por sí solo, dando después cuenta al Consejo. Así mismo, determínese a todos los niveles la cantidad que el Presidente con su Consejo pueden autorizar. Para cantidades superiores a ésta se requerirá el consentimiento de toda la Asamblea.

XI. Gobierno
Art. 36. El Grupo CRU SE se configura como una unión orgánica de todos los Grupos en sus diversos niveles: local, regional (zonal), nacional e internacional.

Art. 37. Cada uno de estos Grupos es guiado y animado por un Consejo, compuesto por Presidente, Vicepresidente, Tesorero, Secretario y Responsable de Formación y, si las circunstancias lo exigen, por otro u otros Consejeros más.

Art. 38. La duración del servicio de Presidente es de tres años, renovable por otros tres solamente. Para un tercer trienio se requerirá las dos terceras partes de los votos en el primer escrutinio y la aprobación del Presidente. Los demás servicios o cargos son renovables indefinidamente, procurando, sin embargo, que en cada elección entre a formar parte del Consejo algún Consejero nuevo.

Art. 39. El Asistente Espiritual es por derecho miembro del Consejo del Grupo en el que presta su asistencia.

Art. 40. En las elecciones son miembros de pleno derecho:
a) En el Grupo Local, todos los hermanos CRU SE del Grupo que no estén incursos en el proceso de separación o de dimisión definitiva del Grupo o de la O.F.S. En el caso de elecciones de Presidente para el tercer trienio atenerse a estos Estatutos, artículo 38,

b) En el Grupo Regional o Zonal, todos los miembros del Consejo saliente, salvo el Presidente según lo dicho en el artículo 38 de estos Estatutos; los Presidentes Locales y un representante más de cada Grupo Local que tenga más de diez miembros. Si no hubiere Grupos constituidos, serán vocales todos los CRU SE que hubiere en la Región o Zona,

c) En el Grupo Nacional, el Consejo Nacional saliente, salvo el Presidente según lo dicho en el artículo 38 de estos Estatutos; los Presidentes Regionales y Locales o sus Delegados.

d) Son miembros también, pero únicamente con voz activa, los Asistentes en su Grupo respectivo o su Delegado, que debe ser Asistente al menos de la O.F.S.

Art. 41. Si no están constituidos los Grupos Local y Regional, se convocará para la elección del Consejo Nacional a todos los CRU SE, con pleno derecho, que haya en la Región o en la Nación respectivamente.

Art. 42. Las funciones de los respectivos Consejeros son: 

a) velar para que en el Grupo todos los CRU SE mantengan vivo el espíritu y el fervor que les impulsó a consagrarse al Señor, 

b) tomar los acuerdos pertinentes que juzguen necesarios para defender y fomentar la concordia y el amor fraterno,

c) convocar a Capítulo Electivo cada tres años,

d) convocar a reunión fraterna y convivencial:
- a nivel Nacional, al menos una vez en el trienio,
- a nivel Regional, al menos una vez todos los años,
- a nivel Local, al menos una vez todos los meses,

e) elaborar programas de Formación y Estudio y el Orden del día para los Capítulos Electivos y las reuniones fraternas y convivenciales, que mandarán a los interesados con un mes de antelación para su conocimiento y preparación,

f) elaborar su propio directorio o estatuto particular del Grupo,

g) interpretar a la luz de la Regla y CC.GG. de la O.F.S., los Estatutos y en su caso, clarificar las posibles dudas a que hubiere lugar,

h) preside el Capítulo Electivo el Presidente de nivel superior o su Delegado; y el Capítulo Nacional, el Ministro Nacional O.F.S. o su Delegado. Las interpretaciones y aclaraciones hechas por los Consejos Local y Regional deberán ser aprobadas por el Consejo Nacional, y las hechas por el Consejo Nacional deberán ser aprobadas después, en el primer Capítulo Nacional Electivo que se celebre.

Art. 43. El Presidente Nacional CRU SE es el representante del Grupo ante las Autoridades de la Familia Franciscana y es miembro por oficio del Consejo Nacional O.F.S.

XII. Asistencia Espiritual
Art. 44. Los Consejeros de los Grupos CRU SE tienen el derecho y la obligación de pedir y proponer a los Superiores de la Primera Orden y de la T.O.R. Asistentes Espirituales. El nombramiento es competencia del Superior de cuya obediencia es el Asistente propuesto. Los asistentes de CRU SE pueden ser, y hasta es conveniente que lo sean, los mismos Asistentes de la Fraternidad O.F.S.

XIII. Paso de un grupo a otro
Art. 45. El CRU SE de un Grupo que, por causa razonable quisiere pasar a otro Grupo, lo comunicará al Consejo del Grupo al que pertenece y solicitará por escrito su incardinación al Consejo del Grupo al que desea pertenecer. Este Consejo juzgará la conveniencia del traslado a la luz de los informes pertinentes del Grupo de origen.

XIV. Procedimientos temporales y definitivos
Art. 46. Procedimientos a seguir en los siguientes casos:

a) de separación temporal, voluntaria o impuesta, del Grupo es de aplicación obligada, mutatis mutandis, el artículo 56 de las CC.GG. de la O.F.S.,

b) de separación definitiva, dimisión, voluntaria o impuesta, será de aplicación obligada el artículo 58 de las CC.GG. de la O.F.S.

XV. Readmisión
Art. 47. Para que un CRU SE pueda ser admitido de nuevo en el Grupo es de necesario cumplimiento el artículo 57 de las CC.GG. de la O.F.S.

RITUAL
CRU SE

IMPOSICIÓN DEL CRUCIFIJO

El grupo de los creyentes tenía un solo corazón y una sola alma.

Bendición del crucifijo
El celebrante bendice los crucifijos, diciendo:

Señor, Padre santo,
que hiciste de la cruz de tu Hijo
fuente de toda bendición
y origen de toda gracia,
dígnate bendecir + estos crucifijos
y haz que quienes los lleven
a la vista de los hombres
se esfuercen por irse transformando
a imagen de tu Hijo.
Que vive y reina
por los siglos de los siglos.

R/ Amén.

PRESIDENTE.- Hermano ¿qué pides?

ASPIRANTE.- Que me permitas experimentar por dos años lo que es vuestra vida franciscana consagrada y juzguéis de mi actitud para servir a Dios en vuestro Grupo.

PRESIDENTE.- El Señor te ayude a realizar este deseo.
Entrega del crucifijo Si no se ha hecho ya, se bendice el crucifijo y se entrega al aspirante.

El celebrante dice a cada uno de los que reciben el crucifijo:

Recibe este signo del amor de Cristo y de nuestra fe; predica con tu vida a Cristo, y éste crucificado,fuerza de Dios y sabiduría de Dios. 

El que recibe el crucifijo, responde:
Amén.

PRESIDENTE.- Al entregarte este Crucifijo te recibimos en nuestro Grupo. Que él sea para ti tutela y protección ejemplar de sacrificio y modelo de generosidad. Que Jesús te guíe en el camino que emprendes y te fortalezca en su servicio.

TODOS.- Escucha, Señor, nuestra súplica y, al recibir en nuestro Grupo a este hijo tuyo, haz que nuestra vida sea para él una expresión sincera de amor fraterno. Por Jesucristo, Señor nuestro. Amén.

ADMISIÓN A LA CONSAGRACIÓN

Ved qué dulzura, qué delicia convivir los hermanos unidos

PRESIDENTE.- Hermano ¿qué pides?

ASPIRANTE.- Después de conocer vuestra forma de vida y convivir fraternalmente entre vosotros, pido consagrarme a Dios, observando la Regla de la Orden Franciscana Seglar y vuestros propios Estatutos.

TODOS.- Demos gracias a Dios.

Consagración

ASPIRANTE.- Oh, Jesús, te adoro aquí presente y, asociándome a tu inmolación eucarística, quiero realizar la mía por una Consagración de mi vida a Ti. Quiero vivir la vida evangélica que nos ensañaste. Quiero guardar los consejos evangélicos que diste a los que quisieran seguirte.

Quiero observar la Regla de la Orden Franciscana Seglar, consagrarte mi vida, mi voluntad y todo mi ser. Por ello, HAGO VOTO y prometo observar el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, viviendo en obediencia, pobreza y castidad en el Grupo de Cruzados Seráficos, dando a estos votos el alcance que en nuestros Estatutos se les da.

PROMETO dedicar mis actividades a la Orden Franciscana Seglar y al Grupo en que me consagro. La Santísima Virgen, Madre tuya y mía, y el Seráfico Padre san Francisco me asistan y guíen en el camino que firmemente quiero seguir.

TODOS.- Gracias, Señor, por este hermano que nos has dado. Haz que te glorifiquemos con nuestras obras y seamos ejemplo vivo de almas a Ti consagradas. Por Jesucristo, Señor nuestro. Amén.

RENOVACIÓN ANUAL

Ved que dulzura, qué delicia convivir los hermanos unidos.

TODOS.- Con alegría vengo a tus presencia, Señor Dios, Padre Todopoderoso, para renovar mi Consagración. Acéptala complacido por tu Hijo Jesucristo, Señor nuestro, a quien quiero seguir con amor.

Consagración

¡Oh Jesús!, te adoro aquí presente y te doy gracias por los beneficios que me has concedido desde mi Consagración. Te pido perdón de las deficiencias que he tenido durante este año. Quiero renovar mi Consagración y pido tu ayuda para guardar con fidelidad el compromiso de seguirte más de cerca. Por ello, HAGO VOTO y prometo observar el Santo Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, viviendo en Obediencia, Pobreza y Castidad en el Grupo de Cruzados Seráficos, dando a estos votos el alcance
que en nuestro Estatuto se les da.

PROMETO, además, dedicar mis actividades a la Orden Franciscana Seglar y al Grupo en que me consagro. Por intercesión de la Santísima Virgen, Madre tuya y mía, y del Seráfico Padre san Francisco, a quienes pongo por intercesores, aumenta en mí los deseos de ir en pos de Ti con mayor perfección. Amén.

Súplica
Míranos con bondad, Señor, y, al recibir nuestra Consagración, haz que observando nuestra forma de vida, te glorifiquemos siempre, seamos ejemplo vivo de almas a Ti consagradas y contribuyamos al bien de nuestros hermanos. Por tu Hijo Jesucristo, Señor nuestro. Amén.

OFRECIMIENTOS DEL DÍA
(Recomendado cuando no se rezan Laudes)

Señor y Dios mío: Al comenzar este nuevo día me ofrezco totalmente a Ti.
Te doy gracias por haberme creado y conservado hasta este momento.
Por haberme hecho partícipe de la Redención con todos los tesoros que encierra.
Por haberme dado por Madre a María, toda pura, toda hermosa, toda santa.
Por haberme dado a conocer al Seráfico Padre san Francisco, a cuya Orden Seglar pertenezco, 
en la que me he consagrado y en la que quiero perseverar hasta el fin.
Te entrego todo mi ser, lo que soy, lo que tengo y cuanto pueda tener.

Te ofrezco todas las obras de este día, con intención de agradarte y enriquecer mi alma con los tesoros espirituales que la Iglesia les asigna.

Te renuevo mis votos de Obediencia, Pobreza y Castidad, suplicándote las gracias que necesito para cumplirlos.

Te pido por la Orden Franciscana Seglar, por los hermanos Superiores y Asistentes, especialmente por mis hermanos consagrados.
Que mi trabajo de este día sea fecundo para los demás, para mi Orden y para mi Grupo.
Te lo pido por intercesión de la Santísima Virgen, tu Madre y mía, y del Seráfico Padre san Francisco, bajo cuyo patrocinio me pongo al comenzar este día. Amén.

ORACIÓN DE SAN FRANCISCO
(Para la comunión)

Señor, haz de mí un instrumento de Tu paz.
Que allí donde haya odio, ponga yo amor.
Donde hay ofensa, ponga perdón.
Donde hay discordia, ponga unión.
Donde hay error, ponga verdad.
Donde hay duda, ponga fe.
Donde hay desesperación, ponga esperanza.
Donde hay tinieblas, ponga Tu luz.
Donde hay tristeza, ponga yo alegría.

Oh Maestro, que no me empeñe tanto en ser consolado como en consolar; 
en ser comprendido como en comprender; 
en ser amado como en amar, 
pues dando se recibe, olvidando se encuentra, 
perdonando se es perdonado, muriendo se resucita a la vida eterna.

PRECES DE LA NOCHE
(Recomendadas si no se rezan Completas)
Te bendigo, Señor, al finalizar este día. 
Te presento todo el bien que he hecho 
y siento el que por mi debilidad he dejado de hacer.

Que tu misericordia cubra todas mis faltas y debilidades.
Gracias, porque al fin del día podemos agradecerte
los méritos de tu muerte y el pan de la Eucaristía;
la plenitud de alegría de haber vivido tu alianza;
la fe, el amor, la esperanza y esta bondad de tu empeño
de convertir nuestro sueño en una humilde alabanza.

Gloria al Padre, gloria al Hijo,
gloria al Espíritu Santo
por los siglos de los siglos.
Amén.

Oración
Concédeme, Señor, un descanso tranquilo 
para que con tu ayuda pueda servirte todos los días. 
En ti pongo mi confianza.
Por Jesucristo, Señor nuestro. Amén.


“La paz que anunciáis con palabras, tenedla de un modo más
excelente en vuestros corazones”
San Francisco de Asís