miércoles, 21 de febrero de 2018

Historia y Carisma de la OFS

HISTORIA Y CARISMA DE LA ORDEN FRANCISCANA SEGLAR

FRANCISCO JAVIER ROJO ALIQUE

1. ORÍGENES Y DESARROLLO DE LA ORDEN DE LA PENITENCIA EN LA EDAD MEDIA

1.1. El problema de los orígenes de la Orden de la Penitencia

El primer problema que se nos plantea a la hora de aproximarnos a nuestro pasado es el de nuestros propios orígenes, que ha sido y sigue siendo objeto de debate entre los historiadores. Tradicionalmente se ha venido afirmando que Francisco de Asís fundó en primer lugar la Orden de Frailes Menores, luego la de las Clarisas y finalmente una tercera para seglares que vivían en sus casas, conocida en sus orígenes como Orden de Penitencia. Sin embargo, la investigación histórica más reciente no permite sostener por más tiempo semejante explicación.

La historiografía actual afirma, y con razón, que san Francisco no pudo fundar la Orden de la Penitencia porque ésta ya existía desde antiguo. Al principio, englobaba a los pecadores públicos que tenían que cumplir una penitencia forzosa para ser recibidos de nuevo en la comunidad. Pero, con el paso del tiempo, junto a éstos comenzaron a aparecer otros penitentes de carácter voluntario, que buscaban en los rigores y privaciones penitenciales un camino de perfección cristiana, paralelo al monacato, pero asequible a todo el mundo, hombres y mujeres, seglares y eclesiásticos, casados o solteros. A principios del siglo XIII este estado penitencial se encontraba plenamente reconocido por la Iglesia. Y dicho estado fue el que adoptó Francisco de Asís desde el momento de su conversión, tal y como recuerda él mismo en las palabras que abren su Testamento: “El Señor me dio de esta manera, a mí, hermano Francisco, el comenzar a hacer penitencia”. En los inicios de su vida de “penitencia”, Francisco de Asís era un penitente en el sentido amplio y profundo del término, que entendía la “penitencia” en su acepción propiamente evangélica de metanoia o conversión continua a Dios. Y la penitencia permaneció como uno de los rasgos que configuraron a la primera fraternidad franciscana, cuyos miembros se presentaban a sí mismos como “penitentes de Asís”. La evolución institucional de la fraternidad no renegó de semejantes características, pero las englobó en un proyecto más amplio y ambicioso de “vivir según el modelo del santo Evangelio”, que incluía la práctica apostólica y mayor actividad entre las gentes, y que convirtió a los “hermanos” en “frailes”, religiosos regulares a todos los efectos, con una implicación pastoral cada vez mayor.

“Hacer penitencia” fue por tanto una connotación de la experiencia de Francisco, y al mismo tiempo lo que Francisco y sus compañeros debían pedir con insistencia a todos los fieles de cualquier condición. Francisco entendía ese “hacer penitencia” en la acepción amplia y exigente de estilo de vida más evangélicamente coherente y modificado en cuanto a la forma de situarse ante Dios, ante el prójimo y ante uno mismo.

Por todo ello, puede resultar lógico y natural atribuir a Francisco la “institución” de la Orden o, en todo caso, de una verdadera Orden de la Penitencia. Pero la cuestión es compleja y se encuentra todavía en discusión. Aunque muchos autores han querido y quieren ver en la Carta a los fieles, y sobre todo en su primera redacción, textos dirigidos por Francisco a sus penitentes, e incluso una regla para los mismos, no hay nada que lo pruebe con certeza.

Sin embargo, ese vínculo entre Francisco y la Orden de la Penitencia / Orden Tercera lo establecen de manera innegable los biógrafos del santo desde fecha muy temprana. Ya en la década de 1230 Julián de Espira escribía que el Poverello habíainstituido “tres órdenes: a la primera llama de los hermanos Menores, de las pobres Señoras es la segunda, y la tercera de los Penitentes, que acoge individuos de ambos sexos”. La misma tradición se encuentra documentada en fuentes externas a la Orden Franciscana de las décadas de 1230 y 1240.

Resulta importante señalar que, mientras algunos de estos testimonios tempranos vinculan los orígenes de la Orden de la Penitencia a la persona de Francisco de Asís, otros sugieren que en su fundación fue obra de los Hermanos Menores en su conjunto, e incluso hay quien atribuye su creación al papa Gregorio IX. Incluso a finales del siglo XIX se formuló una tesis, hoy totalmente abandonada, que sostenía que los orígenes de toda la Familia Franciscana estuvieron en un núcleo inicial de penitentes que se habían reunido en torno a Francisco de Asís, del que luego, contra la voluntad del fundador, se habían separado los hermanos menores y las damas pobres para llevar una forma de vida religiosa canónica.

En resumen, hoy en día sabemos con seguridad que la Orden de la Penitencia fue anterior en el tiempo a Francisco, por lo que éste no pudo ser su fundador. Pero al mismo tiempo resulta innegable que Francisco de Asís y sus compañeros fueron los inspiradores y propagadores más importantes del estado penitencial y dieron un gran impulso para la extensión de dicha Orden, hasta el punto de que muchos penitentes eligieron para su guía espiritual a los Hermanos Menores.

Resulta asimismo razonable pensar que desde muy pronto madurase la idea de crear un movimiento-orden de naturaleza laica y religiosa en el entorno franciscano, promovida por el propio Francisco, por los hermanos menores o por las autoridades eclesiásticas, comenzando por el papa Gregorio IX. Esta iniciativa no nacía de la nada, sino de la existencia previa de un estado penitencial canónicamente reconocido y de experiencias como la de la Tercera Orden de los Humillados, cuya forma de vida, denominada Propositum, había sido aprobada en 1201 por la santa Sede.

Para algunos autores, estos argumentos resultan suficientes para demostrar que Francisco de Asís fue el fundador de la Tercera Orden Franciscana de Penitencia. Los fundadores de órdenes religiosas no dejan de serlo por no haber sido ellos los creadores de la vida religiosa, de los consejos evangélicos o de la vida comunitaria. Se les considera más bien fundadores porque han aglutinado comunidades, les han dado una forma de vida evangélica y una finalidad apostólica. Por tal motivo, discutirle a Francisco el carácter de fundador de una Orden de penitencia sería comparable a negarle a San Benito el carácter de fundador de los benedictinos porque no inventó el monacato, o a Santo Domingo el de fundador de los dominicos porque no escribió la regla que éstos adoptaron.

Otros estudiosos consideran que el centro de los estudios sobre los orígenes de la Tercera Orden no debe situarse en la cuestión de su “fundación” o “no-fundación” por parte de Francisco. Debe más bien desplazarse al conocimiento de la realidad histórica concreta de la Orden de la Penitencia, franciscana o no, y a su evolución e institucionalización a lo largo del siglo XIII. A analizar ese proceso nos vamos a dedicar a continuación.

1.2. El acercamiento de la Orden de Penitencia a la Familia Franciscana:

Del Memoriale Propositi a la Supra Montem
Hacia el año 1220 ya existían dentro del movimiento penitencial franciscano diferentes estilos de vida, que acabaron con el paso del tiempo por institucionalizarse en las tres órdenes franciscanas, cada una con su propia forma de vida canónicamente aprobada. En el caso de la Orden de la Penitencia, veinte años después de la muerte de san Francisco existía entre los frailes Menores la certeza de que la santa Sede había confirmado las normas de vida que el Poverello había dado a los penitentes franciscanos. Como ya hemos, algunos autores consideran que esas normas se encontrarían en la Carta a los fieles.

Fuera o no dicho texto de Francisco una “regla” para penitentes, lo cierto es que en la década de 1220 desde la Iglesia se intentó proporcionar unas normas precisas que regulasen la existencia y diesen soporte legal a los penitentes y sus fraternidades. Para ello se elaboró entre 1221 y 1228 el Memoriale propositi, un texto de carácter jurídico, destinado a penitentes que vivían “en sus propias casas”, es decir, que no llevaban una vida monástica. Para ellos se enumeraron una detallada serie de reglas de comportamiento en el mundo y en el ámbito de su fraternidad. Los penitentes que aceptaran esta forma de vida se comprometían a seguir a Cristo mediante la renuncia, el ayuno y la oración. Es de destacar, sin embargo, la flexibilidad que se da al cumplimiento de estos preceptos en función de la situación concreta de cada hermano, además de la autoridad que se concede al ministro para dispensar a los hermanos según su buen criterio.

Los penitentes eran considerados auténticas personas eclesiásticas, que como tales gozaban de privilegios, exenciones y obligaciones. Vivían en el mundo pero profesaban los valores del evangelio. Su estructura organizativa y jurídica era una continuación del múltiple estilo de vida penitente tradicional. No se organizaban como una institución unificada bajo un ministro general, sino que su elemento constitutivo eran las fraternidades, que se colocaban bajo la jurisdicción episcopal y cuya autoridad residía en la asamblea de hermanos que se tenía periódicamente. En esas reuniones se elegían el ministro y el visitador, o encargado de la instrucción y de la corrección.

Tradicionalmente se ha considerado al Memoriale como la primera regla de la orden de penitencia de inspiración franciscana. Sin embargo, es importante señalar que en su contenido no se plantea en manera alguna el problema de los vínculos entre la Orden de la Penitencia y otras órdenes religiosas, como los Hermanos Menores o los Predicadores. De su contenido se desprende, más bien, que los penitentes que lo seguían constituían una Orden autónoma, que todavía no estaba orientada por Órdenes religiosas, y mucho menos sujeta a ellas.

Sin embargo, ya en la época de redacción del Memoriale existirían fraternidades de penitentes que se habrían acercado de hecho a los hermanos menores. Por tal motivo los frailes podían considerar a esos penitentes como una "Tercera Orden franciscana". Pero eso no significaba que la Orden de la Penitencia se encontrara vinculada de manera exclusiva a los Franciscanos. Sería con el paso del tiempo como se iría dado una maduración progresiva de vínculos entre Penitentes y Menores.

Esos vínculos se irían volviendo cada vez más frecuentes durante las décadas centrales del siglo XIII. La documentación parece sugerir que los Penitentes querían unirse a los Menores, aunque no tuvieran obligación de hacerlo. Desde la década de 1240 fueron más frecuentes las asociaciones de laicos que tenían como sede los conventos franciscanos, aunque no todos esos grupos pertenecían a la Orden de la Penitencia, quizás porque los frailes se resistían a encuadrar a esos laicos en una “Tercera Orden” de la que tuvieran que hacerse cargo. En un escrito de la década de 1260 tradicionalmente atribuido a san Buenaventura, se alega que los frailes Menores no podían promover la Orden de la Penitencia por el gran esfuerzo que suponía la asistencia de sus fraternidades, que llevaría a la Orden de Frailes Menores a perder su libertad de acción y a verse envuelta en incesantes conflictos con el clero secular y con las autoridades civiles a causa de los privilegios y exenciones de los penitentes.

En cualquier caso, debía de estar en marcha un proceso de acercamiento entre penitentes y frailes menores, no exento de algunas resistencias y aspiraciones de autonomía. No todos los grupos de penitentes buscaron siempre en década de 1280 la relación con los frailes Menores. De hecho, en 1285 apareció una regla para “los hermanos y hermanas de la penitencia del bienaventurado Domingo”, que vinculaba a los mismos a la Orden de Predicadores. Posiblemente la aparición de esta regla contribuyó, de forma directa o indirecta, a que en 1289 el papa Nicolás IV, antiguo Ministro General de los Franciscanos instituyera oficialmente, mediante la bula Supra montem, la “Orden de la penitencia del bienaventurado Francisco”, que a continuación recibiría también el nombre de “Tercera Orden de la penitencia del bienaventurado Francisco”. En la Supra montem se establecía además una regla definitiva para los penitentes, que reproducía en buena parte los contenidos del Memoriale propositi.

Debemos también señalar que Nicolás IV atribuía la fundación de la Orden de la Penitencia a san Francisco y obligaba a todas las fraternidades de penitentes a tener como visitadores únicamente a frailes menores, aunque dejando a los obispos diocesanos como autoridad de referencia de los terciarios. La Supra montem sancionó definitivamente la institución de la Tercera Orden de la Penitencia / Tercera Orden franciscana, la primera Tercera Orden oficialmente ligada a una Orden mendicante, que rigió a la Orden Tercera hasta finales del siglo XIX.

1.3. El éxito de la Orden Tercera tras la Supra montem
El firme respaldo del pontificado a la fórmula de vida terciaria franciscana, manifestado en la bula Supra montem de 1289, sería un reflejo del éxito de la Orden Tercera de san Francisco en la sociedad de su época, y al mismo tiempo favoreció su rápida difusión por toda la Cristiandad. “En nada se manifiesta la magnitud del movimiento franciscano en el siglo XIII como en la propagación e importancia alcanzada por la orden de penitencia” (L. Iriarte), aunque resulta imposible reducir a datos estadísticos esa gran penetración social.

Quizás una de las claves del éxito de la Tercera Orden franciscana se encuentre en la notable elasticidad de la regla de Nicolás IV, que se ajustaba a diferentes posibilidades de vida y a orientaciones religiosas muy diversas, garantizándoles legitimidad y autonomía a un tiempo. Los laicos encontraron en ella la posibilidad de pertenecer a una Orden religiosa en cuanto tal y de asumir un tipo de vida religiosa, reconocida y aprobada, que se podía poner en práctica en la propia casa, en la familia, realizando las propias labores de trabajo y disponiendo de los bienes propios. Pero al mismo tiempo proporcionó un marco de vida para aquellos proyectos de perfección evangélica, personales o comunitarios, que no querían o no podían integrarse en otras estructuras ya consolidadas.

Los terciarios franciscanos quedaron así enmarcados en una dimensión de "conciliación" entre la vida religiosa y el mundo. Los penitentes podían conservar sus propiedades, e incluso ser ricos, sin que eso derogase su opción religiosa. Sin imponer la pobreza y la renuncia a la propiedad personal como supuestos irrenunciables de una correcta vida religiosa, la Orden de la Penitencia abría a los laicos un espacio que podían ocupar activamente. Pertenecer a ella no exigía en realidad drásticos abandonos y renuncias, y su forma de vida podía adaptarse a los nuevos grupos sociales, activos y laboriosos, que deseaban contar con espacios de integración social y religiosa y no estaban llamados a un hacer penitencia que implicase separación del mundo. Dentro de la Orden Tercera, otras personas podían, como opción personal, llevar una vida cristiana más radical y pobre.

La mayor parte de los terciarios franciscanos de los siglos XIII y XIV serían personas que vivían en sus propias casas y con su propia familia. Como distintivo externo vestían una túnica talar, modesta y severa, parecida al hábito de los frailes menores. Además desde 1396 la santa Sede les permitió llevar el cordón franciscano como símbolo de su pertenencia a la Orden. Los terciarios se agrupaban en fraternidades, que por lo general contaban con estatutos y costumbres propias que los hermanos debían observar. Algunas congregaciones se unieron entre sí por un interés común o por la participación en obras colectivas de misericordia, pero muchas de las fraternidades continuaron funcionando con gran autonomía. En realidad, las formas de vida que podían adoptar los terciarios eran tan variadas que era muy difícil que pudieran adoptar algún tipo de organización que sirviera para todos ellos. Entre los terciarios había en la práctica poca organización ni uniformidad, y los nombres y los oficios se multiplicaban sin orden ni concierto de acuerdo con las necesidades de cada zona.

Mientras tanto, se estaba dando cada vez más entre los terciarios el deseo de fundar comunidades que llevaran una vida regular. En el siglo XIII ya se habían dado casos como los de santa Isabel de Hungría o santa Margarita de Cortona, penitentes de inspiración franciscana que habían formado pequeñas comunidades de colaboradoras dedicadas a las obras de misericordia. A lo largo del siglo XIV se fundaron muchas comunidades regulares que adoptaron la Regla de la Orden Tercera como la más apropiada para su forma de vida. Las comunidades de terciarios regulares fueron poco a poco asociándose en congregaciones, con superiores propios, que fueron obteniendo la aprobación del obispo o de la santa Sede.

Aunque a partir del siglo XIV muchos terciarios pasaron a llevar una vida monástica o semi-monástica, muchos otros continuaron viviendo en el siglo y desempeñaron un importante papel en la sociedad medieval. En muchas ciudades italianas, las autoridades civiles confiaron a los terciarios franciscanos algunas de las tareas algunas de las tareas más complejas y delicadas de la administración municipal, porque les consideraban gente muy válida y de fiar. Pero los terciarios se ocuparon ante todo de diversos tipos de trabajo social y caritativo en muchos lugares. En algunas ciudades, los penitentes franciscanos cuidaban de los enfermos en sus propias casas. En otras tenían a su cargo hospitales y “casas de misericordia”, donde se atendía a pobres, enfermos o peregrinos, hogares para prostitutas o escuelas donde se impartía enseñanza gratuita.

Estas tareas caritativas hicieron que los penitentes franciscanos gozaran de un alto grado de estima y de popularidad, y también hicieron que la Tercera Orden resultara una opción de vida atractiva para hombres y mujeres que buscaban una vida cristiana más comprometida y al servicio de los demás. La Orden atrajo a gentes de muy diversa condición social. Entre ellos, a nobles que encontraban en la disciplina y los deberes de la vida de terciario una forma de vida diferente a la que caracterizaba a sugrupo social. Muchos de estos nobles terciarios alcanzaron un alto grado de santidad y han sido canonizados o beatificados. Pero lo anterior no quiere decir que la Tercera Orden estuviera compuesta en gran medida por los ricos y poderosos. Al contrario, en las comunidades urbanas figuraban un gran número de artesanos, clérigos y las mujeres más pobres que vivían en las numerosas casas de beguinas.

Sin embargo, el aumento considerable del número de terciarios franciscanos empezó también a plantear problemas, entre los que destacó el de su peculiar estado canónico-jurídico. Los hermanos y hermanas de la penitencia no formaban únicamente cofradías, similares a las que proliferaron en el siglo XIII con fines piadosos o caritativos. Sus miembros eran de hecho personas consagradas, que tenían conciencia de pertenecer a una Orden de ámbito universal, con privilegios y exenciones como tal. Por tal motivo, los terciarios no estaban obligados a prestaciones que conllevaran el uso de las armas ni a asumir cargos públicos. A finales del siglo XIII también quedaron exentos del pago de impuestos y se les concedió el derecho de ser juzgados exclusivamente por la autoridad eclesiástica.

Ese estado jurídico llevó de manera inevitable al reconocimiento de los terciarios como personas vinculadas al estamento clerical, algo que acabó por crear un descontento entre los poderes civiles y probablemente entre el clero secular. La categoría de los privilegios de los terciarios fue causa de problemas para los monarcas y señores, que veían cómo mucha gente vestía el hábito de la Orden Tercera más como un medio de alcanzar exenciones fiscales que con un auténtico celo cristiano. Estos problemas intentarían solucionarse con la división de la Orden Tercera en dos ramas, pero lo cierto es que continuaron persistiendo durante muchos siglos.

La Orden de la Penitencia tampoco escapó a la sospecha de herejía que pesó siempre en la Edad Media sobre cualquier organización seglar con aspiraciones evangélicas. Muchas de las comunidades de terciarios fueron sospechosas de dar refugio a herejes, o de estar de alguna manera asociadas con movimientos contrarios a la autoridad de la Iglesia, sufriendo en algunos lugares una persecución injusta. Al mismo tiempo, no es menos cierto que algunos miembros de la Orden Tercera, en especial en el sur de Francia, estuvieron íntimamente unidos a los Fraticelli y se opusieron en mayor o menor medida a las autoridades eclesiásticas, obligando a actuar a la Inquisición. La sospecha de herejía, la Peste Negra y el Cisma de Occidente debieron de provocar que el número de terciarios franciscanos disminuyera notablemente a partir del año 1350. El siglo XV trajo no obstante un nuevo florecimiento de la Orden Tercera en algunas zonas de Europa, en el que tuvo mucho que ver el empeño que pusieron en su difusión los grandes predicadores de la observancia.

Pero quizás el fenómeno más importante que afectó a los terciarios a lo largo del siglo XV fue el de su paulatina división en dos categorías: la de los terciarios seglares, que vivían en sus propias casas, y la de los terciarios regulares, que llevaban una vida comunitaria y claustral y que emitían votos religiosos. La división oficial de la Tercera Orden Franciscana en dos ramas, la secular y la regular, no se haría sin embargo oficial hasta la década de 1510, cuando el Concilio V de Letrán acordó continuar considerando “personas religiosas” únicamente a los terciarios regulares, que a partir de entonces serían los únicos penitentes franciscanos que gozarían de los derechos y privilegios propios de las personas consagradas. El resto de los terciarios franciscanos perdió esa condición y derechos de los religiosos y pasaron a tener, desde entonces, oficialmente la condición de seglares.

En la práctica, la decisión del Concilio V de Letrán supuso el inicio de una nueva etapa de la Historia de la Orden de la Penitencia de San Francisco, que a partir de entonces quedó dividida en dos ramas: la Tercera Orden Regular (TOR) y la Tercera Orden Secular (TOS o VOT), que en adelante tendrían historias propias y distintas.

2. LA TERCERA ORDEN SECULAR EN LA EDAD MODERNA

2.1. La crisis del siglo XVI
Tras el esplendor de la época medieval, el siglo XVI fue una época de franca decadencia para la tercera orden secular de San Francisco. En este retroceso tuvieron mucho que ver la crisis de la Iglesia en la Baja Edad Media y la reforma protestante. En algunos casos específicos, como el de Castilla, debe tenerse además en cuenta el complejo asunto del reformismo franciscano y la implicación de algunos terciarios en ciertos movimientos heréticos, como el de los alumbrados. Es muy posible que esos escarceos heterodoxos tuvieron que ver con la decisión del capítulo franciscano de 1583 de prohibir que se admitiera "a este modo de vida ningún hombre o mujer". De todos modos, el desinterés de la primera orden por el fomento de la VOT no fue exclusivo de Castilla. “Los frailes, quizás cansados del espíritu independiente de los terceros, comenzaron a fomentar otras asociaciones seglares menos complejas en su estructura y más obedientes a sus mandatos” (A. Martín García). De esta manera surgió en 1585 en Asís la archicofradía del cordón, y nueve años más tarde nacía en Roma la archicofradía de las llagas de San Francisco.

También contribuyó a la decadencia de los terciarios la supresión por parte de los monarcas bajomedievales de algunos de los privilegios de carácter temporal que disfrutaban y que debilitaban el poder real, como su exención del servicio de las armas o su fuero eclesiástico.

2.2. La “edad dorada” de la Orden Tercera tras el Concilio de Trento
Pero tras la decadencia absoluta en el siglo XVI, la TOF logró recuperarse tras la celebración del concilio de Trento, constituyendo uno de los ejemplos más notables de la influencia de dicho concilio en el mundo seglar. La Orden Tercera no pudo recuperarse en los países protestantes, pero sí que vivió una nueva etapa de renovación entusiasta y esplendor en el siglo XVII en España y Portugal, en los dominios españoles de Europa (Lombardía, Nápoles y Flandes) y en las colonias españolas y portuguesas en Ultramar, hasta el extremo de poder considerar dicho siglo como una nueva edad dorada para la Tercera Orden en todo el mundo católico en general.

En el caso específico español, en este resurgir terciario jugó un papel fundamental la nueva política puesta en práctica por los frailes de la primera orden. Una vez concluida su reforma a la observancia, los frailes menores comenzaron a preocuparse por el fomento de la Orden Tercera. Durante el capítulo celebrado en Toledo en 1606, el comisario general de la familia cismontana, fray Pedro González de Mendoza, ordenó que la tercera orden que san Francisco había instituido “para casados y solteros” se extendiese por “todas las provincias de Castilla”. A partir de ese momento, comenzaron a proliferar con rapidez las fraternidades terciarias en todos los territorios de la Monarquía Hispánica. Finamente, el capítulo general de los Frailes Menores de la Observancia, reunido en Toledo en 1633, acordó promover la expansión de la Orden de Penitencia en todas partes, siguiendo el modelo aplicado en España, “donde la tercera orden resplandece grandemente”.

A la difusión del modo de vida terciario contribuyó de manera significativa la incorporación a la Orden de la Penitencia de diversos monarcas europeos y sus familias, sobre todo los de la Casa de Austria, los Gonzaga y los Saboya. El ejemplo de los monarcas constituyó así un excelente vehículo de propaganda para la difusión de la Tercera Orden. El respaldo de las Casas Reales favoreció que fueran numerosos los cortesanos que se sometieran a la regla de la VOT siguiendo el ejemplo de sus monarcas. La aceptación que tuvo en la corte el franciscanismo seglar propició a su vez, una auténtica oleada de profesiones en España, comenzando por Madrid y siguiendo por las principales ciudades. Una muestra palpable del grado de aceptación y del prestigio adquirido por la Orden Tercera podemos encontrarla en el ingreso en la misma de personajes como Cervantes, Calderón, Lope de Vega o Murillo.

El “furor terciario” llegó a tales extremos que, según comentaba un cronista contemporáneo, “solo en la villa de Madrid se hallavan el año de 1690, mas de setenta mil hermanos”. En otros territorios de la Monarquía Hispánica el desarrollo de la Tercera Orden no fue tan rápido, pero sí que se produjo un avance firme a lo largo de los siglos XVII y XVIII.

En la expansión de la Orden Tercera durante los siglos XVII y XVIII jugaron un papel de primera línea los frailes de las diferentes ramas de la Primera Orden y los religiosos de la TOR, que decidieron en sus capítulos y constituciones renovar y difundir el franciscanismo seglar. Esa agresiva política de fomento de las fraternidades terciarias por parte de los frailes se debería, en primer lugar, al redescubrimiento de las asociaciones laicas por parte de la Iglesia tras la renovación y revitalización que trajo consigo el Concilio de Trento. Pero también tendría que ver con los apetecibles ingresos económicos que las fundaciones terciarias ofrecían a las economías conventuales.

Apoyando a los terciarios, los frailes también incrementaban de manera muy notable su influencia en la sociedad, y no sólo desde un punto de vista religioso. La entrada en la Orden Tercera de nobles o burgueses enriquecidos facilitó la influencia de los frailes dentro de aquellos sectores socioeconómicos. Al mismo tiempo, la importancia de las clases populares en la Orden Tercera incrementó la reputación de los frailes menores y su capacidad de control ideológico. En el Antiguo Régimen estas líneas de actuación no entraban en contradicción con los intereses exclusivamente religiosos, por lo que no se debe ni puede pasar por alto el interés de los frailes menores “por empapar a aquella sociedad de un espíritu franciscano adecuadamente tamizado por la reforma tridentina.”

Los frailes no sólo fueron los difusores y animadores religiosos del movimiento, sino que también ofrecieron su apoyo legal e intelectual frente a quienes cuestionaban la autonomía de los terciarios. No deja de resultar tremendamente clarificador el hecho de que la gran mayoría de las capillas terciarias en todo el mundo católico se erigiesen junto a la iglesia conventual. De este modo, las fraternidades seglares se aprovechaban de la protección que constituía la inmunidad de aquel terreno, alejando cualquier tentación de intervencionismo por parte del clero diocesano. Fueron asimismo muy numerosos los frailes que escribieron obras que defendían las prerrogativas terciarias frente a otras congregaciones seglares o a la propia autoridad diocesana.

También hay que decir que la Orden Tercera encontró en el Barroco una excelente acogida entre el clero secular. Aunque existieron tensiones puntuales entre algunas fraternidades franciscanas seglares y sus párrocos, fueron muchos los obispos que se erigieron en destacados defensores de la propagación de la VOT. Hubo un amplio sector del clero secular apoyó de manera decidida la creación y desarrollo de fraternidades de la tercera orden, participando activamente en la vida terciaria.

Al igual que en otros períodos de su historia, los terciarios franciscanos de la Edad Moderna se sentían orgullosos de pertenecer a algo más que una mera cofradía. Desde el punto de vista formal, la VOT era una orden religiosa, con su regla aprobada por el Papa y una serie de privilegios espirituales muy superiores a los de cualquier otra agrupación seglar. Para poder recibir el hábito, los postulantes debían pasar un examen de doctrina, así como demostrar limpieza de sangre y buenas costumbres. Era absolutamente necesario después superar un año de noviciado para poder ingresar, como miembros de pleno derecho, en la fraternidad. Una vez superado ese período de prueba, si su edad y estado lo permitía se celebraba la ceremonia de profesión en la capilla de la VOT, presidida por el hermano ministro y por el padre visitador de la fraternidad. Al concluir la ceremonia, los nuevos hermanos recibían una patente firmada por ellos y refrendada por el secretario de la fraternidad. Ese documento era de gran importancia, pues acreditaba su pertenencia a la orden. Si el hermano cambiaba de residencia, podía presentar dicha patente en la nueva fraternidad y ser así recibido como un miembro más de la misma. La existencia de una densa red de fraternidades terciarias por todo el mundo católico que, aún gozando de una amplia autonomía, obedecían a una misma regla, facilitaba el seguimiento del ideal de vida franciscano y explica que el franciscanismo terciario tuviera un fuerte arraigo en sectores socioeconómicos de tradición errante, como los militares o los funcionarios de la Corona. La patente, además, servía de auxilio para aquellos hermanos que se dedicaban a la mendicidad.

Otro elemento distintivo del carácter de orden de la VOT era el hábito. Para evitar un uso indebido del mismo por parte de los propios terciarios y por personas ajenas a la orden, que se aprovechaban de él para ganarse la vida, a principios del siglo XVII se estableció una estricta regulación en la concesión de los hábitos y la implacable persecución de los falsos terciarios. Existían dos tipos de hábitos: los descubiertos o exteriores y los secretos o interiores. Estos últimos habían surgido en 1508, cuando en vista de las numerosas reclamaciones que provocaba el uso de la túnica talar (los artesanos la consideraban engorrosa para trabajar y las gentes de alta posición complicada de llevar en el desempeño de sus funciones), el papa Julio II ordenó que el escapulario pasara a convertirse en la forma propia del hábito de los terciarios: se trataba de dos amplias tiras que cubrían el pecho y la espalda y se sujetaban a la cintura por medio del cordón. Una prenda que podía por tanto ocultarse fácilmente bajo los vestidos exteriores de cualquier clase. Con el tiempo, y en especial desde principios del siglo XVIII, el escapulario fue reduciendo cada vez más su tamaño hasta quedar convertido en dos retazos pendientes de unas cintas, sin conexión práctica con el cordón.

Algunos autores consideran que la difusión del escapulario y las restricciones impuestas al hábito exterior de los terciarios en el siglo XVII estuvieron directamente relacionadas con una mitigación de su regla. Otros, en cambio, ven en las mismas una clara muestra de un sincero compromiso de reforma directamente emparentado con los profundos cambios que se estaban produciendo en la Iglesia postridentina. En primer lugar, se prohibía emplear el hábito terciario hasta después de la profesión y se restringía además de manera importante su uso: el portador del hábito externo no sólo tenía que ser persona de conducta cristiana rectísima, sino que también era recomendable que poseyera el suficiente patrimonio como para no temer que lo pudiera utilizar en provecho propio.

Para otorgarle a la VOT una consideración jurídica superior al resto de congregaciones seglares, sus defensores también esgrimían el hecho incontestable del nacimiento en su seno de varias órdenes religiosas plenamente reconocidas, entre las que destacaba la Tercera Orden Regular de San Francisco. Esa condición de la VOT como madre de verdaderas religiones contribuyó a acrecentar su prestigio, algo de lo que eran muy conscientes los propagandistas de la orden. Tanto, que a veces cruzaron los límites de la prudencia, escribiendo en numerosas obras impresas que la VOT era directamente responsable del nacimiento de órdenes tan alejadas del franciscanismo como la compañía de Jesús. En esa misma línea de acrecentamiento del prestigio terciario se puede situar la configuración de un vasto santoral propio, en el que se incluyeron santos tan sospechosos de pertenecer a la VOT como san Roque, san Fernando de Castilla o el propio san Luis rey de Francia, curiosamente el patrono de la orden.

Poseer un hábito y una regla aprobada por Roma eran dos elementos consustanciales a las órdenes que poseía la VOT. Pese a ello, su posición en la estructura eclesiástica seguía por tanto siendo harto confusa y la polémica entre los defensores y los detractores de su definición como orden continuó siendo algo cotidiano durante toda la Edad Moderna. En esta polémica, los terciarios encontraron a sus más fervientes defensores en los frailes menores. Aún así, la actitud paternalista de los frailes provocó algunas tensiones con los terciarios, ante la resistencia de estos a acatar las decisiones de los superiores franciscanos. De hecho, la Orden Tercera había perdido definitivamente su autonomía en el año 1471, cuando el papa Sixto IV había establecido que dependiese por completo de la Primera. En 1725, el papa Benedicto XIII expidió una bula para dejar claramente estipulada por ley la obligación de los terciarios de obedecer a los frailes menores pues, según la misma, los terciarios pretendían muchas veces “no obedecer, como deben, sino mandar, lo cual no pueden.” La definitiva pérdida de la autonomía de la TOF produjo también la fractura de su unidad originaria, y su división en distintas ramas que se disputaban entre sí los frailes conventuales, observantes, terceros regulares o capuchinos.

Ese control directo ejercido por los frailes ayuda también a explicar por qué se encontraban tan interesados en la extensión y la defensa de las prerrogativas espirituales y temporales de la VOT. Sin embargo, ni los más ardientes defensores de los terciarios llegaron a admitir una total equivalencia de dicha orden con las órdenes regulares, decantándose por una fórmula mixta que situaba a la VOT en una posición intermedia entre las congregaciones seglares y las órdenes regulares. A pesar de los intentos de los frailes menores, la tercera orden siguió teniendo por tanto un estatus que se movía dentro de unos parámetros un tanto abstractos que favorecían las críticas de sus enemigos.

Pese a estas dificultades, lo cierto es que los pontífices mostraron a lo largo de los siglos una evidente simpatía por el franciscanismo seglar, que se reflejó en importantes concesiones espirituales. Los terciarios también gozaban, al menos en teoría, de otros de carácter temporal que en la Edad Moderna se hallaban prácticamente en desuso o revocados por completo.

Semejante abanico de prerrogativas lleva a pensar que, junto con un interés por el desarrollo de una religiosidad más intensa, los seglares podían ver en su ingreso en la VOT una apetecible oportunidad de promoción dentro de una sociedad tan compartimentada como era la del Barroco: los nobles adquirían un complemento a su situación de privilegio, mientras que los comerciantes o los letrados podían beneficiarse como hermanos suyos y salir en procesión junto a ellos en comunidad, a los ojos de todos, precediendo al resto de agrupaciones seglares, por muy selectas que fueran. “Ese doble juego no era en aquellos tiempos, ni mucho menos, contradictorio y, por tanto, nos parece injusto calificar el modo de vida terciario durante la Época Moderna como una simple mitigación de un primitivo ideario medieval, a nuestro juicio, un tanto mitificado. No olvidemos que un aspirante a ingresar en la V.O.T. tenía tantas o más razones "terrenales" para hacerlo en los siglos del Medievo que durante las centurias posteriores” (A. Martín García).

Buena parte del éxito de la VOT entre los laicos se debió a su fórmula mixta que permitía ofrecer las ventajas de la vida religiosa más comprometida, pero sin la consiguiente obligación de tener que abandonar el mundo. De esas ventajas participaban todos los sectores de la sociedad, desde los campesinos y artesanos hasta los nobles o los reyes.

Los hombres y mujeres que ingresaban como terciarios tenían la obligación, por la regla y las diferentes ordenaciones, de llevar unas prácticas religiosas más intensas que el resto de los fieles. San Francisco era el modelo a seguir, por lo que sus vidas debían caracterizarse por la penitencia, el espíritu de pobreza y las obras de misericordia. Debían asimismo tener un conocimiento profundo de la doctrina cristiana. Por tal motivo, el postulante a terciario debía superar, antes de su entrada en la fraternidad, un examen de doctrina. Los terciarios no sólo debían conocer las verdades emanadas de Trento, sino que también tenían la obligación de darlas a conocer a sus vecinos a través, principalmente, de manifestaciones religiosas externas, como los desfiles procesionales, que cobraron una especial significación en época de penitencia. En el siglo XVII eran frecuentes las denominadas “procesiones de doctrina”, en las que debían participar todos los hermanos de la fraternidad, a ser posible acompañados por los frailes menores, para que así “el pueblo se edifique y sepa que los religiosos y terceros hazemos un cuerpo y en las obras de virtud nos unimos en fin como hijos de un mismo Padre.” La comitiva recorría en procesión las calles principales de la localidad cantando la doctrina. En la plaza principal, un fraile, por lo general el visitador, preguntaba diferentes cuestiones relativas a la doctrina a los terciarios para después continuar con un sermón de carácter penitencial. Al menos una vez al año los terciarios intentaban a través de estos actos insuflar en sus vecinos el carisma franciscano.

Los terciarios tenían que cumplir las obligaciones impuestas a todos los cristianos. Pero además, como integrantes de una orden, contaban con una serie de deberes que iban más allá en cuanto al cumplimiento de una vida ejemplarmente católica: obligación de comulgar al menos tres veces al año, recomendación de asistir a la eucaristía todos los días y de celebrar una misa en fraternidad al menos una vez al mes. En la capilla o sede de la VOT se debía rezar todos los días el Rosario, al atardecer, una vez que los hermanos estuvieran liberados de sus obligaciones laborales.

Además, a lo largo del año litúrgico existían una serie de celebraciones franciscanas que eran de obligado cumplimiento. También se fomentaban los rezos propios de la familia franciscana, como la corona de la Virgen, el Via Crucis u otras celebraciones en torno a la Pasión. Muy relacionado con las conmemoraciones pasionales está la dimensión penitencial de la VOT, que se manifestaba en la práctica de la disciplina a lo largo de todo el año y en especial durante la Cuaresma y la Semana Santa. Los terciarios debían destacar por su humildad y pobreza de espíritu no sólo en el campo religioso, sino también en el resto de los aspectos de la vida cotidiana. La primitiva regla de Nicolás IV insistía en la prohibición de asistencia a convites, bailes o juegos. Abogaba asimismo por la moderación en las comidas y establecía la abstinencia de carne como una de las principales exigencias. El ayuno era obligatorio todos los viernes. En cuanto a su forma de vestir, los terciarios debían inclinarse por las prendas sencillas, a ser posible confeccionadas en paños de baja calidad. La regla de Nicolás IV prohibía finalmente el uso de armas, a no ser que fuera para defender a la Iglesia Romana o la fe en Cristo o para defender a su patria, o con licencia de sus ministros. De todos modos, todas estas disposiciones suponían más una recomendación para la vida diaria que una verdadera imposición.

Por último, un aspecto verdaderamente fundamental en la vida de las fraternidades terciarias era su dimensión asistencial. La regla de Nicolás IV indicaba que el dinero que el terciario debía aportar a su fraternidad debía ir destinado a dos fines: la limosna entre los hermanos más necesitados, y especialmente los enfermos, y el sostenimiento espiritual de la fraternidad (misas, sermones, etc.). Todas las ordenaciones del siglo XVII seguían estas disposiciones papales a rajatabla y velaban de forma muy meticulosa del cuidado de los hermanos enfermos.

Un medio más eficaz de asistencia fue la creación de hospitales propiamente dichos, tradición que se mantuvo durante la Edad Moderna. Así, por ejemplo, en 1679 comenzaron las obras de construcción del hospital de la VOT de Madrid, que aún sigue funcionando en nuestros días. Sin embargo, esas obras tan grandes requerían unas inversiones que sólo podían sostener las fraternidades más numerosas y ricas, situadas en las grandes ciudades. La mayoría de las comunidades terciarias no tenían ingresos ni siquiera para erigir sus propios templos.

La acción caritativa de la VOT no se limitaba a los propios hermanos. En las ordenanzas generales del siglo XVII se recomendaba u obligaba a las fraternidades que emplearan los excedentes del presupuesto anual (si los hubiese) para la alimentación de los pobres de las cárceles. En las primeras ordenaciones madrileñas de 1609 se iba aún más allá, obligando a los hermanos no sólo a dar de comer a los presos de una manera más regular, sino también a acudir a los hospitales a hacer las camas y servir a los pobres.

El hecho de que buena parte de estas actividades caritativas se hicieran en comunidad constituía una muestra más del marcado carácter propagandístico y pastoral que tenían. Existían también otro tipo de mecanismos caritativos practicados por la VOT en Castilla, aunque en menor escala dada la especialización por parte de otras órdenes y congregaciones. Por ejemplo, desde la segunda mitad del siglo XVII la fraternidad de Madrid se dedicó al rescate de cautivos, destacando su papel en la recuperación en 1690 de 108 cristianos de la guarnición de Larache, capturados un año antes por el sultán tras la toma de la plaza. Esta operación contó por detrás con una eficaz campaña de imagen, manifestada tanto en publicaciones con claro carácter propagandístico como en actos públicos.

Los franciscanos seglares no sólo debían preocuparse por asistir al hermano en vida, sino también por facilitarle un buen paso al más allá. La regla de Nicolás IV obligaba a todos los terciarios a asistir a la totalidad de las exequias de los fallecidos de la fraternidad. En el plazo de ocho días había además obligación de escuchar una misa por el finado y de rezar por su alma. Como es de suponer, los terciarios se enterraban amortajados con el hábito de San Francisco, una costumbre enormemente extendida en la época, no sólo dentro del movimiento franciscano.

¿Cómo fueron las relaciones de los terciarios con la sociedad del Barroco? Al tratarse de una sociedad fuertemente compartimentada, no resulta de extrañar que a lo largo de estos años la VOT mostrara una generosa transigencia con los sectores privilegiados en muchos aspectos de la vida cotidiana y religiosa. Pero esas facilidades deben encuadrarse en un mundo en el que las apariencias desempeñaban un papel central y, por tal motivo, no deben identificarse de manera automática con una supuesta falta de interés religioso o de relajación por parte de las elites. Son frecuentes los casos de grandes que, bien impregnados por el espíritu franciscano o bien por la cercanía de la muerte, despreciaron los ornatos del mundo para vestir el hábito exterior de los terciarios.

Los miembros de los sectores sociales más elevados no sólo tenían libre acceso a la humildad franciscana sin que se resintiera por ello su reputación. También jugaban un papel destacado en la vida interna de la orden. Con cierta frecuencia el oficio de ministro, el máximo cargo dentro de la fraternidad, era ocupado por personajes de prestigio. Ello guarda relación con la mentalidad de la época, donde se consideraba que el poderoso era un dechado de virtudes. Por ello, en buena lógica, no había otra persona mejor para ocupar el cargo más importante dentro de la VOT. Ese protagonismo de la nobleza laica y eclesiástica dentro de la VOT no era sólo consecuencia del respeto al orden social establecido. También respondía a las necesidades económicas de unas fraternidades que con frecuencia vivían una mala situación económica y que necesitaban del auxilio de los ricos para superar sus momentos críticos. En cualquier caso y como es evidente, la relación entre poder social y patronazgo era común a todo el asociacionismo religioso seglar de la época.

Pese a ese reconocimiento a los poderosos, lo cierto es que en la mayoría de las fraternidades fueron los estratos medios de la sociedad los que controlaron su gobierno la mayor parte de las ocasiones. Los grandes señores podían desempeñar un peso ciertamente importante en casos tan importantes como el San Francisco el Grande de Madrid, la fraternidad principal de la capital del Imperio español. Sin embargo, la gran mayoría de las fraternidades se ubicaban en poblaciones de menor entidad, donde la mediana y pequeña nobleza local, el clero y la burguesía solían ocupar los puestos del discretorio. En todas estas fraternidades de forma creciente los comerciantes fueron introduciéndose en los cargos directivos, ofreciendo dinero a cambio de prestigio.Asimismo, el clero secular desempeñaba siempre un papel muy relevante en la vida interna de las fraternidades, ocupando con frecuencia dentro de ellas el cargo de ministro.

Por debajo de estos grupos pudientes se encontraban las clases populares, tanto urbanas como rurales, que componían la base social de la VOT. Si bien muchos de los defensores franciscanos de la orden tercera trataban de identificar las fraternidades terciarias con las primeras comunidades cristianas, basadas en la igualdad de todos sus miembros, “la realidad era bastante menos idílica: la participación de campesinos, artesanos o criados en las decisiones importantes de la fraternidad era muy limitada, cuando no inexistente” (A. Martín García). Lo mismo ocurría en el caso de las mujeres,que estaban totalmente sometidas a las decisiones de los hombres, aunque contaban con una organización paralela, con su propia ministra y junta de discretas.

3. DE LA REGLA DE LEÓN XIII A NUESTROS DÍAS

Tras el esplendor de la época barroca, las fraternidades seglares de muchos países europeos quedaron en mala situación por los acontecimientos políticos del siglo XVIII y XIX, que provocaron la supresión de las órdenes religiosas y la desamortización de sus bienes. En algunos casos se llegó incluso a encarcelar y a ejecutar a algunos miembros de la Orden Tercera.

3.1. La Regla de León XIII (1884) y el resurgimiento de la Orden Tercera
Tras compartir con el resto de la Familia Franciscana la amenaza de supresión, desde mediados del siglo XIX la Orden Tercera volvió a vivir un período de renovación y de insospechada prosperidad, debido a varios factores, todos ellos de importancia:
- La restauración de la Primera Orden en sus distintas ramas, con un sentido más social y eficiente de su apostolado y con una conciencia más clara de los recursos franciscanos de acción.
- La ola de simpatía hacia san Francisco surgida entre los ambientes intelectuales.

⎯ El apoyo decidido de los papas.

La difusión de la Tercera Orden comenzó a llevarse a cabo mediante publicaciones periódicas que difundieron los ideales franciscanos y que pusieron en contacto a las diferentes fraternidades entre sí. En 1919 había más de 164 publicaciones de este tipo en todo el mundo. Una serie de personajes insignes pertenecieron por estos años a la Tercera Orden, al igual que santos como san Juan María Vianney o san Juan Bosco. Asimismo los diferentes papas, desde Pío IX hasta Juan XXIII, habían sido terciarios antes de ascender al pontificado, y todos ellos hicieron objeto de especial atención a la TOF.

Pero fue León XIII el papa de este período que puso en la Orden Tercera una mayor preferencia y una mayor esperanza para la regeneración de la sociedad. León XIII era sin embargo consciente de que la Orden Tercera no sería una fuerza universal y capaz de ayudarle en su deseo de reforma social si no adaptaba el espíritu que le dio origen a las exigencias de la vida moderna. Por tal motivo decidió modificar la regla, pensando no sólo en modernizarla, sino principalmente en hacerla apta para acoger al mayor número de personas. La nueva regla fue promulgada en 1884, mediante la constitución apostólica Misericors Dei Filius. De la antigua regla mantenía, en forma escueta, lo que podía amoldarse a la vida de todo cristiano fervoroso, y modificó o completó lo que en ella parecía anticuado o excesivamente rígido.

Tras dar ese importante paso, el papa aprovechó en los años siguientes todas lasocasiones a su alcance para interesar al episcopado en la propagación de la Orden Tercera. La jerarquía transmitió los anhelos del pontífice y el entusiasmo cundió en el pueblo cristiano, hasta el punto de que en poco tiempo los terciarios llegaron a sumar varios millones, llegando a extenderse el movimiento incluso fuera de la Iglesia católica.

Con la propagación de la TOF el pontificado buscaba potenciar la imagen de fuerza y de empuje universalista de la gran fraternidad franciscana extendida por todo el mundo, aunque sólo fuera para responder a la aparición de la internacional marxista y a la lucha de clases. Con tal fin se promovió la celebración de grandes congresos, como el Congreso Nacional celebrado en Madrid en 1914, que tuvo una gran resonancia. Al mismo tiempo, surgió entre los terciarios franciscanos un interés por el apostolado social, en consonancia con la nueva visión de la vocación de la Tercera Orden defendida por León XIII y con el desarrollo de la doctrina social de la Iglesia a partir de la encíclica Rerum novarum. En diversos congresos los terciarios fueron elaborando un programa de acción social, que comenzaría en las fraternidades con una intensa formación cristiana y franciscana y una adecuada preparación en el ámbito de la doctrina social. Recibida esa formación, los terciarios pasarían a formar parte de asociaciones y organizaciones que promovieran soluciones concretas a los problemas sociales: asociaciones de profesionales, sindicatos cristianos, cooperativas, asociaciones juveniles, etc. Lo anterior no se quedó sólo en una serie de propuestas teóricas, sino que fue llevado a la práctica en distintos lugares.

Esta opción social no fue compartida por todos los terciarios, y acabó por provocar la división de la TOF en una corriente innovadora y en otra conservadora, en una más centrada en la salvación de los individuos y en otra de índole más social. Finalmente, el papa Pío X intervino en la cuestión, prohibiendo firmemente la actividad social de las fraternidades y de la Orden como tal, que no deberían inmiscuirse en asuntos civiles y puramente económicos. Pero al mismo tiempo permitió a los terciarios participar, a título personal, en las sociedades católicas y trabajar en la acción social aprobada por la santa Sede. Estas directrices afectaron de manera directa a la actividad social organizada desde las congregaciones y de manera indirecta refutaron la visión de León XIII sobre el papel y las competencias de la Orden Tercera.

3.2. La crisis del siglo XX
Tras su enorme expansión a principios del siglo XX, que alcanzó su mayor apogeo en las décadas de 1920 y 1930, y pese a seguir contando con el aprecio de los sucesivos pontífices, la Orden Tercera comenzó un descenso rápido desde los años de la Segunda Guerra Mundial del que todavía no se ha detenido. Como causas para esa caída Lázaro Iriarte piensa que pueden encontrarse las siguientes:
⎯El afán de hacer menos exigente el ideal de vida terciario aumentó el número de miembros, pero llegó a convertir muchas veces a las fraternidades en simples cofradías, sin un programa de santidad seglar ni de acción apostólica.

⎯El desvío de la atención de la Primera Orden hacia otras formas de apostolado, de eficacia más inmediata, relegando el cuidado de las fraternidades terciarias alejadas de los conventos.

⎯Iriarte ve la explicación más realista, sin embargo, en la aparición de la Acción Católica, una nueva fuerza destinada a sustituir a la TOF en la polarización del apostolado seglar. En nuestra opinión, a este fenómeno debe añadirse la aparición y expansión de los nuevos movimientos eclesiales, con unas propuestas de religiosidad muy atractivas para los seglares, y que han recibido en los últimos años un decidido apoyo del pontificado y de la jerarquía.

La crisis de la orden tercera no pasó desapercibida a los superiores de las ramas franciscanas, quienes comenzaron a estudiar el modo de revitalizar el franciscanismo seglar, intentando darle una organización más perfecta y aunando los esfuerzos comunes. Durante el Congreso Internacional de la Orden Tercera que tuvo lugar en 1950, se planteó la necesidad de actualizar la Regla de León XIII que, en opinión de muchos, carecía del ímpetu evangélico que debería encontrarse en la raíz de toda la legislación franciscana.

En 1957 se promulgaron unas constituciones de la Orden Tercera, en las que se ponía de relieve el carácter secular de la vocación de terciario (santidad seglar, apostolado seglar) y se trazaba un programa realista y actual de vida cristiana comprometida, en especial en el testimonio y la acción de paz y justicia social. También se distinguía entre el régimen externo, ejercido por los cuatro ministros generales de la Primera Orden por medio de sus delegados a todos los niveles, y el régimen interno de los discretorios local, zonal, provincial, nacional, general e interobediencial.

3.3. El Concilio Vaticano II y la Regla de la OFS (1978)
Pero el punto de partida para una reforma radical de la Tercera Orden Franciscana lo constituyó el Concilio Vaticano II, que puso a plena luz la vocación del seglar en la Iglesia y orientó las organizaciones seglares de compromiso cristiano y de apostolado hacia una autonomía progresiva. Bajo el nuevo espíritu postconciliar se vio necesario profundizar en la identidad, dignidad y misión de los laicos dentro de la Familia Franciscana. De este modo se planteó la necesidad de retornar a los auténticos orígenes de la forma de vida franciscana seglar, pero sin que se descuidara a la vez “la atención al Espíritu en la lectura en interpretación de los signos de los tiempos.” En 1968 comenzaron los trabajos para la redacción de una nueva Regla para los franciscanos seglares, que tras largos trabajos fue finalmente aprobada diez años más tarde por Pablo VI con la intención de acomodar la espiritualidad penitencial franciscana al mundo actual. Para empezar, la Regla un nuevo nombre para la Tercera Orden Secular de San Francisco, el de Orden Franciscana Seglar (OFS), e incluyó como prólogo la Carta a los fieles de San Francisco, señalando de forma muy clara las raíces evangélicas y penitenciales de laforma de vida del franciscano seglar. Junto a la Regla, la Santa Sede promulgó unas nuevas Constituciones Generales en el año 2000, que son las que regulan en la actualidad la vida de las fraternidades de la OFS.

3. CONCLUSIONES GENERALES

Resumiendo, algunas conclusiones que podemos extraer del ejemplo de vida de nuestros hermanos a través de los siglos son las siguientes:

1. La Orden Franciscana Seglar hunde sus raíces en la experiencia san Francisco de Asís, quien desde el momento de su conversión orientó su vida a la práctica de la penitencia, entendida como conversión continua a Dios.

2. La Orden Tercera manifiesta la riqueza del carisma franciscano, que ya desde sus orígenes ofrece fórmulas válidas de vida religiosa para las gentes de cualquier estado y condición.

3. En sus orígenes, la Orden Tercera no fue un movimiento apostólico, sino de conversión. Ese espíritu de continua conversión ha sido distintivo de la forma de vida de los terciarios a lo largo de los siglos.

4. Sin embargo, a lo largo de los siglos ha aportado magníficos ejemplos de actividad apostólica como frutos de esa conversión mediante el ejemplo personal, la actividad asistencial, la búsqueda de la paz, la transmisión de la doctrina católica… y, en época más reciente, por su intento de llevar a cabo un apostolado social.

5. Un elemento básico en la vida de la Orden Tercera ha sido la vida en fraternidad, intentando llevar a la práctica un modelo de organización social que contrasta con las fuertes desigualdades que existen en el mundo.

6. Por su flexibilidad, la forma de vida terciaria aporta un enorme margen de libertad y de creatividad a la hora de ser llevada a la práctica.

7. Finalmente, las épocas más brillantes de la Historia de la Orden Tercera han coincidido con momentos de estrecha colaboración con el resto de los integrantes de la Familia Franciscana.

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La Venerable Orden Tercera de San Francisco en el Madrid del siglo XVII, (Sociedad confesional, caridad y beneficencia), Tesis doctoral, Universidad de Alcalá de Henares, 2007, pp. 466-470.

DOCUMENTOS HISTORICOS
Regla de la Tercera Orden Seglar franciscana

1. Los que se reciben deberán de ser examinados en la Fe Católica, obediencia a la Iglesia Romana y se informará de su linaje, vida y costumbres.

2. Recibirán instrucción, el hábito y pasado un año profesaran prometiendo guardar los mandamientos.

3. El hábito será de paño bajo, lo que indica humildad y penitencia desechando los vanos ornamentos.

4. No deberán asistir a fiestas ni juegos mundanos.

5. Deberán guardar abstinencia los lunes, miércoles, viernes y sábados todo el año ayunando los viernes y los miércoles y el viernes desde el día de Todos los Santos a San Martín y desde Navidad a Cuaresma todos los días.

6. Deberán de confesar y comulgar en las tres Pascuas, Nacimiento, Resurrección y Pentecostés, los días de San Francisco, San Luis de Francia, Apóstoles, Porciúncula, fiestas de Cristo y de la Virgen Santos de la Orden y conmemoración de los hermanos difuntos.

7. No usarán armas sin licencia.

8. Que recen las Horas Canónicas, cincuenta y cuatro veces el Padrenuestro, dos Credos y el Salmo.

9. Que dentro de los tres primeros meses de la profesión hagan testamento para que no mueran sin testar.

10. Que vivan en paz los unos con los otros.

11. Que con el consejo de los superiores defiendan sus derechos y privilegios.

12. Que eviten jurar sin necesidad y si lo hicieren se les castigue por su falta.

13. Que oigan misa, que asistan a las juntas y den limosnas para el culto divino.

14. Que los ministros y oficiales lo sean por tiempo determinado.

15. Que asistan a los hermanos enfermos y a los difuntos con sufragios..

16. Que tengan un visitador de la religión, que se castigue a los delincuentes, precediendo tres amonestaciones según el Concejo de los Discretos.

17. Que no se litigue entre los hermanos y en caso de hacerlo que sea ante persona que tenga apacidad de juzgar.

18. Que los superiores y visitadores en caso de necesidad puedan dispensar de las abstinencias, Ayunos y austeridades de la Religión.

19. Que los ministros denuncien al visitador las culpas de los hermanos y si echa la advertencia y corrección no se enmiendan sean expelidos de la Orden.

20. Que por todo lo contenido en esta Regla no son obligados los hermanos a culpa mortal ni venial solo serán obligados a sujetarse con humildad a recibir la corrección que se les imponga por sus transgresiones

DOCUMENTO HISTORICO 2
Constituciones redactadas para la Venerable Tercera Orden Seglar franciscana de Madrid (siglo XVII)

1.º Que cuando llegue la Tercera Orden franciscana a las provincias, los padres provinciales hagan público la creación de dicho Instituto y exhorten a los fieles a que lo sigan.

Ítem. Que se nombre en cada convento un visitador franciscano que sea predicador, para que todos los meses haga la visita pastoral y les dé una plática espiritual, les confiese, les corrija y les anime en su servicio a Dios nuestro Señor.

Ítem. Ordenamos, así mismo, que se publique este Instituto por todas las villas y lugares donde no hubiere conventos, enviando el Padre Guardián a un religioso para que lleve la comisión de dar hábitos a los que hallare capaces, y en los lugares donde hubiere vicarios sean estos los que den los hábitos.

Ítem. Ordenamos que si hubiere algún hermano de esta Orden que sea clérigo predicador, dotado de virtud y quiera predicar la Regla se le dé comisión para que lo pueda hacer. Los guardianes gozarán de facultad para dar hábitos sin tener que esperar autoridad de los provinciales, y podrán señalar a los visitadores de la Orden Tercera.

Ítem. Ordenamos que cuando se pidiere hábito se examinen las cualidades del peticionario, declarando éste quiénes son sus padres, abuelos y qué oficio tiene y ha tenido, y se remita a un hermano religioso o a un hermano profeso para que de secreto se informe si conviniese darle el hábito, haciéndose la información ante escribano. A los que pidan el hábito, y sus cualidades sean notorias en razón de su persona, estado y oficio, no se haga en este caso información.

Ítem. El interrogatorio que se deberá hacer a conocidos del pretendiente es el siguiente:

1.º) Si conocen a sus padres y abuelos, de dónde son naturales, y si los conocen en persona.

2.º) Si esas personas son católicas y practicantes, si no contravienen la fe o si, por el contrario, en alguna ocasión han sido tenidas por sospechosas.

3.º) Si ninguno de ellos sea descendiente de moros, ni judíos, ni moriscos, ni condenados o penitenciados por el Santo Oficio.

4.º) Si saben si sus padres y abuelos han tenido buenas costumbres, vida y moral; sin vicios ni escándalo.

5.º) Declararán por parte de los testigos sobre el oficio del peticionario, y si se gana la vida decentemente sin necesidad de mendigar, es decir, si su trabajo le basta para cubrir sus necesidades y no resultaba oneroso para la república. (Personas que ejerciesen oficios considerados viles no serán aceptadas).

Ítem. Ordenamos que no se obligue a nadie a llevar el hábito del color de la Orden, y si es el descubierto, sólo hasta la rodilla, de suerte que quede descubierto el balón y el ferreruelo; no llevarán rosarios grandes, ni otras cosas aparentes, ni las mujeres lleven mantos hasta después de la profesión.

Ítem. Ordenamos que a los novicios se les abra una información del año transcurrido como tales, y que se ponga en conocimiento del Discretorio para que ellos voten en concordancia, y si no hay mayoría, que no se le acepte la profesión.

Ítem. Ordenamos a los padres provinciales, generales y presidentes que los hermanos no se junten en comunidades, conventos, ermitas o casas particulares y, en caso de hacerlo, que se les quite el hábito. Pero que no se les prohíba que celebren juntas para las cosas particulares, para determinar o votar y en las votaciones lo hagan sólo los profesos y bajo la vigilancia del Padre Guardián.

Ítem. Ordenamos que si alguno de los hermanos pretendiese eximirse de la jurisdicción eclesiástica y seglar o de pagar los tributos, diezmos u otras cosas a los que están obligados los vasallos de su Majestad, y pretendiese aprovecharse de exenciones y privilegios, sea excluido de la Orden como gente que no busca a nuestro Señor sino a sus propios intereses.

Ítem. Amonestamos a los hermanos de la Tercera Orden para que procuren hacer gran aprovechamiento espiritual, ejemplo para la República; y a los padres guardianes y provinciales que ejecuten todo aquello que aquí ordenamos; en el ínterin hagan estatutos particulares de lo que tenemos dispuesto en estos mandatos, los cuales queremos que se impriman junto con la Regla para que se reparta por las dichas provincias, y a todos conste lo que deben de hacer.


DOCUMENTO HISTORICO 3

Estatutos redactados por fray Pedro de Leganés para la Venerable Orden Tercera de Madrid por orden del Reverendísimo Padre Generalísimo Fray Arcángel de Mesina.

(Dada en Toledo en el Convento de San Juan de los Reyes a diecinueve días del mes de julio de 1609, “[...] los cuales que de su uso van declarados en estos capítulos mando que se guarden, cumplan y ejecuten en todo y por todo como en ellos se dice”)

1.º: Que el padre nuestro convoque a junta siempre que le parezca oportuno, para asentar las cosas tocantes al buen gobierno con los discretos, secretarios y los demás que él quisiese11432.

2.º: Que el secretario lleve tres libros, uno para que se asiente a los hermanos que recibiesen el hábito y profesasen, donde conste su estado y parroquia a la que pertenecen; otro con los acuerdos tomados en junta y un tercero para las cuentas, cargo y descargo de limosnas. Estos libros estarán guardados y no se darán a nadie.

3.º: Que llamando a junta el padre ministro, sean los celadores los que avisen a los hermanos, y si alguno se excusase traiga razón y, en ese caso, se provea a otro hermano en su lugar.

4.º: Lo primero que se encarga es que en las juntas se trate de la guarda de la Regla y Constituciones, que no se quebranten ni se dispensen sin mutuo acuerdo.

5.º: Que los seis celadores nombrados para esa fraternidad de Madrid se repartan por parroquias e informen de cómo viven los hermanos, cómo es su trato familiar, si se ejercitan en ejercicios espirituales y qué compañías frecuentan. Todo esto se hará con mucho silencio y caridad y sin que haya escándalo. De todo esto se dará cuenta a la Junta que informará al padre guardián y al visitador para que se corrija.

6.º: Los celadores avisarán de los hermanos enfermos para que conforme manda la Regla se les auxilie, lo mismo de los difuntos, para que los demás hermanos acudan al entierro.

7.º: Que la limosna que se haga entre los hermanos se guarde y que el señor ministro nombre a uno de los discretos por síndico, y que según el parecer del Ministro se reparta entre los hermanos más necesitados y para la comida de las cárceles, ya que los que piden las limosnas no tienen autoridad para repartirlas.

Otrosí: Que se señalen los que cada mes deberán acudir a los hospitales a hacer las camas y a cuidar a los pobres enfermos, y que se acomode este servicio conforme adonde ellos viven y tuviesen inclinación, y lo mismo para la comida de los pobres de las cárceles.

Otrosí: Que los hermanos celadores tengan en cuenta de si algún hermano fuese preso y por qué y se dé cuenta al padre ministro para que si fuese menester, ayudarle y si enviudase, consolarle.

Otrosí: Que tengan cuidado con los hermanos y hermanas forasteros que vienen a esta Corte y Villa, lo que hiciesen y en que se ocupasen, y si no hubiesen ido a dar la obediencia al Padre Guardián, que lo hagan, y si toman asiento que se ocupen de ejercitar la caridad.

Otrosí: Si supiesen que algún hermano ha reñido con otro den noticia al padre ministro para que los componga y los haga amigos.

1 Se refiere al padre guardián del convento franciscano del cual dependía cada fraternidad, que actuaba como vínculo entre las órdenes Primera y Tercera. El guardián tenía facultad para entregar hábitos, sin que fuese necesaria la aprobación del provincial.

Otrosí: Que el padre ministro y hermanos discretos señalen cuándo se ha de hacer la fiesta que se celebra cada año, las personas que la han de hacer, el repartimiento y limosna y las personas que la han de cobrar.

Otrosí: Que se avise para que los hermanos acudan a las comuniones y pláticas, insistiendo para que se ejerciten en la guarda de la Regla, en la oración y disciplina, y que asistan en las iglesias donde tuvieren al Santísimo Sacramento descubierto, pero sin abandonar su trabajo y obligaciones de sus casas.

Otrosí: Que en los entierros de hermanos se mande que los entierren para así ejercitar la caridad y hermandad tan alabada por los santos y canonizada por el santo Tobías.

Otrosí: Se ordena que no se pida limosna entre los hermanos y que no se haga repartimiento, ni se hagan nuevas imposiciones sin que de ello se dé parte al Ministro, pues no es justo que los hermanos sean agravados a más de lo que es forzoso y obligatorio, y ha de ser voluntario, pues a nadie se le ha de forzar, a más de lo que el quisiese.

Otrosí: Es constitutivo que, enfermando el ministro o estando ausente, si fuese necesario hacer junta, sea el sacerdote más antiguo de los discretos el que presida en su lugar, refiriéndonos a antigüedad en la Orden Tercera.

Otrosí: Es constitutivo que si no se volviese a elegir al padre ministro vacare acabado el año de su oficio Si otra cosa no le pareciese al padre guardián quedará en la junta por discreto él más antiguo y en las ausencias y enfermedades del nuevo ministro será él quien presida la junta.

Otrosí: Siempre que se junten invoquen la venida del Espíritu Santo diciendo el himno y oración y rezando el responso por los hermanos difuntos.

Breve Historia de la OFS

BREVE HISTORIA DE LA ORDEN FRANCISCANA SEGLAR

Texto tomado del capítulo 1 del libro "Manual para la Asistencia a la OFS y a la JUFRA" de la Conferencia de los Asistentes Espirituales Generales OFS - JUFRA, Roma 2006.

1. INTRODUCCIÓN

La OFS es una Orden penitencial, que se relaciona con el homónimo Movimiento nacido en la Iglesia como resultado de la disciplina eclesiástica penitencial. Desde los orígenes de la Iglesia se estuvo delineando una doctrina y una práctica -doctrina y ritual-penitencial, que se puede sintetizar en estos términos: el bautizado que comete pecado puede obtener el perdón con tal que “haga penitencia”, se “convierta”. El pecador que quería convertirse, cambiar de vida, dejar el pecado, ingresaba en la Orden de la Penitencia o de los Penitentes y permanecía allí hasta cumplir la expiación fijada por la comunidad eclesial unida a su obispo. Junto a los penitentes “obligados” nacieron, con el tiempo, los penitentes “voluntarios”, deseosos de una vida de mayor perfección.

La OFS es una Orden Seglar, y este valor de la secularidad se ha manifestado siempre en el transcurrir de los tiempos, de manera que en el Medioevo se reconocía como una de las tres Órdenes existentes en la Iglesia: Ordo Clericorum, Ordo Monacorum, Ordo Poenitentium. Esta Orden de los Penitentes no se refiere a todos los fieles de la Iglesia, sino solamente a aquellos cristianos que han decidido formar parte de una de las diversas formas existentes de penitentes voluntarios.

La OFS es una Orden franciscana. Nuestro objetivo es tratar de conocer cómo una parte de estos penitentes seglares piden la ayuda de Francisco y de sus frailes y siguen la forma de vida dada para ellos por Francisco de Asís. Así es cómo parte de la Orden Penitencial seglar se encuentra animada e inmersa en el carisma de Francisco, y forma parte de la gran familia franciscana.

Francisco es el hombre de la penitencia, ha sido un penitente en el sentido evangélico; los primeros frailes se llamaban “frailes penitentes de Asís” ; y la Tercera Orden Franciscana era conocida como la Orden de los Hermanos y Hermanas de la penitencia.

2. PERIODO PRE-FRANCISCANO

2.1. Obligaciones de los penitentes
Hoy es difícil reconstruir la situación de la Orden de la Penitencia en el periodo anterior a Francisco de Asís y a sus compañeros. Podemos decir que hubo obispos que han hablado del Movimiento Penitencial y otros personajes que han tenido una gran influencia sobre la espiritualidad de los penitentes. Ellos ayudarán a llevar a término, por lo menos en parte, la reforma gregoriana y darán al pueblo cristiano, a través de la predicación y la práctica de la pobreza, al estilo de los Apóstoles, una forma de vida evangélica.

En cuanto a las obligaciones de los penitentes podemos sintetizarlas en estas pocas líneas:
- El hábito: simple, sólo de lana, de poco valor y color oscuro, característico de la penitencia o eremítico, frecuentemente con el signo de la TAU en el manto o en la capucha; un bastón, alforja y sandalias.
- La profesión: se hacía con la vestición del hábito y se pedía un documento escrito .
- La tonsura: signo de penitente público, no debían tener cuidado de los cabellos y llevaban barba , sobre las mujeres se recitaba una especial bendición penitencial .
- Prohibidos: espectáculos públicos, banquetes , trabajar en el comercio (por temor del fraude y la especulación) ; ejercitar funciones públicas administrativas o jurídicas; hacer el servicio militar ;
- Ayunos y abstinencias, dos o tres veces a la semana en las feriae legitimae .
- Participar en la Eucaristía, particularmente en las solemnidades de Navidad, Pascua y Pentecostés .
- Dedicarse a obras caritativas en hospitales, asilos para peregrinos y también en leproserías.
- Reconstruir iglesias y ayudar gratuitamente en la construcción de catedrales.

2.2. De la Reforma Gregoriana a Francisco de Asís
La reforma de la Iglesia no se termina con el pontificado de Gregorio VII. Después de su muerte continúan otros papas, tanto en el campo de la lucha por las investiduras, como en el de la reforma del clero. Un clero secular poco preparado, tanto en la formación como en el servicio pastoral, en la predicación y en la instrucción al pueblo. Gran parte de lo que ha sido hecho, se debe a la obra de los monjes.

La falta de preparación de los fieles permitió la entrada en la Orden de la Penitencia, en la segunda mitad del siglo XII, a predicadores itinerantes heterodoxos, como los Valdenses y el influjo de la doctrina herética cátara.

La incierta situación, creada por la introducción de los nuevos predicadores itinerantes que se sumaron a las formas tradicionales ya existentes, no impide que aparezcan grupos o fraternidades que adopten un Propositum vitae penitencial, con la obediencia a la autoridad de la fraternidad y un compromiso que se llama professio. Estas fraternidades se encuentran documentadas en Bélgica, en Italia, en Holanda, Alemania y también en España. Algunos de estos penitentes adoptaron una vida común, como sucede en las comunidades rurales, entre las cuales es particularmente conocida aquella de San Desiderio, cercana a Vicenza ; los hermanos del Espíritu Santo, en el 1195, ponen en común los bienes y desean imitar radicalmente a Cristo y a la Comunidad Apostólica; las fraternidades de los Humillados, en Lombardía, dividían la jornada entre trabajo y oración, con vida semi-monástica, construyendo incluso monasterios e iglesias como el de Viboldone, en las afueras de Milán en el 1195. El Propositum de los Humillados tiene dos partes: una más larga, exhortativa y muy evangélica y una segunda parte, más breve y jurídica, que da orientaciones para una vida en fraternidad . Hay también fraternidades surgidas por circunstancias particulares, en la ortodoxia pero con espíritu penitencial. Algunos de estos grupos se unen también a alguna Orden de caballería.

Llegados a este punto podemos decir que el “Movimiento Penitencial” u “Orden de la Penitencia” continúa existiendo y mantiene el concepto de penitencia, pero más bien ritual, de gestos y signos externos, y no tanto bíblico o de la Iglesia primitiva. El resultado es obvio, porque faltan personalidades morales y existenciales, guías espirituales que ayuden al movimiento con la vida y la palabra.

3. PENITENTES EN EL TIEMPO DE FRANCISCO DE ASIS

3.1. El despertar del Movimiento Penitencial
Hemos señalado que, hacia fines del siglo XII e inicios del XIII, existen fraternidades rurales, fuera de las murallas de las ciudades, y también ermitaños, reclusas… El movimiento es vivaz, si bien la influencia valdense y cátara se ha introducido entre los penitentes. El corazón del pueblo es sano, pero faltan los guías espirituales.

Francisco y sus compañeros, llamados en un primer momento “los penitentes de Asís” con su vida y su predicación itinerante, influirán particularmente en el despertar de la Orden de la Penitencia. Muchos de los “penitentes voluntarios” pedirán al Santo de Asís y a sus compañeros una forma de vida que llevara consigo toda la espiritualidad franciscana. Se continuarán llamando “Hermanos y Hermanas de la Penitencia”, pero a finales del siglo XIII comenzará a prevalecer el nombre de “Tercera Orden de San Francisco”.

Francisco inicia su conversión como “penitente” como “don” a la iglesia de San Damián: “le ruega (al sacerdote) y suplica con toda su alma que le permita convivir con él para servir al Señor” . Jordán de Giano presenta a Francisco en su crónica como hombre de la penitencia: “En año del Señor 1207, Francisco… comenzó, una vida de penitencia, vestido de ermitaño … en el año del Señor 1209,…, habiendo escuchado en el evangelio lo que Cristo dijo a los discípulos… cambió de hábito, adoptando el que llevan ahora los hermanos, y se hizo imitador de la pobreza evangélica y predicador solícito del Evangelio” . Ida Magli afirma que Jordán “presenta esta penitencia común y transitoria, como un estado, modum poenitenti” .

Francisco se vuelve por lo tanto un “oblato” o “converso”, una de las formas penitenciales conocidas todavía en Asís. El converso jurídicamente era un verdadero religioso, perteneciente al foro eclesiástico y no dependía de la jurisdicción civil sino de la eclesiástica: “Como respuesta al pregón, dijo éste que por la gracia de Dios era ya libre y no estaba bajo la jurisdicción de los cónsules, que era siervo del solo altísimo Dios. Los cónsules no quisieron hacerle violencia y dieron al padre esta contestación: "Desde que se ha puesto al servicio de Dios ha quedado emancipado de nuestra potestad". Viendo el padre que nada conseguía de los cónsules, presentó la misma querella ante el obispo de la ciudad” . 

Francisco vivió, al menos unos dos años, en la Orden de la Penitencia: “Francisco acabó la obra de la iglesia de San Damián, vestía hábito de ermitaño, llevaba bastón y calzado y se ceñía con una correa… al cabo de dos años de su conversión, algunos nobles comenzaron a animarse a seguir su ejemplo de penitencia, y, despojados de todos sus bienes, se adhirieron a él con el mismo hábito y en el mismo género de vida” .

Nos será difícil conocer el itinerario hecho por San Francisco, para llegar a esta decisión de entrar en la Orden de la Penitencia. Pero ¿quién ha sido su guía y acompañante espiritual: ¿el obispo Guido de Asís?, ¿los monjes benedictinos del Subasio?, ¿el conocimiento personal hecho en sus viajes hacia Francia? ¿Cómo ha aprendido y profundizado la espiritualidad de este movimiento? …. Lo cierto es que ha recibido una gran influencia y que han quedado huellas en su espiritualidad.

Cuando se le unen los primeros compañeros se reconocen como los “penitentes”: Les preguntaban: “¿De dónde sois?" Otros: "¿A qué Orden pertenecéis?", Ellos respondían llanamente: «Somos penitentes, oriundos de la ciudad de Asís” .

Tomas de Celano en su Vida primera escribió:
“Mucha gente del pueblo, nobles y plebeyos, clérigos y legos, tocados de divina inspiración, se llegaron a San Francisco, deseosos de militar siempre bajo su dirección y magisterio… A todos daba una norma de vida y señalaba con acierto el camino de salvación según el estado de cada uno” . El Anónimo de Perusa completa de alguna manera agregando, como guía, a los mismos compañeros de Francisco: “De modo semejante, los cónyuges decían: “-Tenemos esposas que no nos permiten dejarlas. Enseñadnos, pues, un camino que podamos tomar para llegar a la salvación. Nació así lo que se llamará Orden de los Penitentes” .

Meersseman, grande conocedor del movimiento penitencial, dice que hacia el 1215 en muchas ciudades italianas se advierte un reflorecer de los penitentes, un aumento de número, incluso con personas casadas que, especifica bien el Anónimo Perusino, antes citado, observan las normas y las leyes eclesiásticas de la Orden de la Penitencia, es propiamente aquello de los historiadores han llamado la Orden de la Penitencia . Y el mismo Meersseman añade: El aumento inesperado de los penitentes urbanos se atribuye, como se sabe a San Francisco de Asís, viviendo él mismo como fraile de la Penitencia antes de fundar su orden religiosa . En el 1276 escribía Bernardo de Bessa: “La tercera Orden está constituida de hermanos y hermanas de la Penitencia, comprendiendo clérigos, laicos, vírgenes, viudas y casadas, cuyo propósito es vivir honestamente en sus propias casas, ocuparse de las obras de piedad y rehuir de la mentalidad del mundo. Por esto entre ellos, a veces, encontraremos nobles caballeros u otros hombres nobles, según la mentalidad de este mundo, en hábitos honestos y envueltos en negras pieles, que, con hábitos y cabalgaduras humildes, se mezclan con los indigentes de manera que tu no tendrás dudas de que ellos temen verdaderamente a Dios. A esos, desde el principio venia asignado un fraile como ministro, pero ahora vienen confiados a los propios ministros in loco, de manera que, considerados por los frailes como co-hermanos, engendrados por el mismo padre, son favorecidos de consejos y ayudas… Así el señor hace crecer en numerosa prole a su siervo Francisco y le da la bendición de todas las gentes .

3.2 Francisco y los penitentes
Parece que Francisco se ha interesado de los penitentes no solo a partir de 1221, sino también mucho antes. La reflexión se hace a través de sus escritos, en particular en la denominada “Carta a todos los fieles” en sus dos redacciones, que según los últimos estudios, no atañería directamente a todos los fieles, sino específicamente aquellos que se encuentran tras sus huellas, es decir los hermanos y hermanas de la Penitencia. Pero todavía más importante es la consideración hecha por Esser sobre la primera redacción o recensio prior de la carta a todos los fieles, considerada ahora como un primer esbozo de ésta, pero, hecho un análisis meticuloso del documento, se ha llegado a considerarla como el primer propositum vitae dado por Francisco a los penitentes . Aunque si nos faltan documentos, Esser dice que, mirando directamente al movimiento penitencial, “está muy claro que nos encontramos frente a una instrucción dirigida a personas que han abrazado el movimiento de la penitencia… un movimiento al cual Francisco y su fraternidad estaban profundamente ligados y asociados… Los destinatarios no hay que buscarlos entre los frailes menores. Debe por consiguiente tratarse de los fratres et sorores de poenitentia in domibus propriis existentes… aquellos a los cuales Francisco da una forma vivendi, según el testimonios de los primeros biógrafos .

Este documento contiene las enseñanzas que Francisco da a los penitentes en su predicación itinerante, y es anterior, dice Esser, al 1221 . Muestra incluso el interés de Francisco por los penitentes. “Las dos redacciones (de la Carta a todos los fieles) en su unidad muestran que Francisco se interesó profundamente por los Hermanos y de las Hermanas de la Penitencia y siguió su desarrollo con una simpatía más grande de cuanto algunos historiadores están dispuestos a admitir” .

¿Esta forma de vida, señalada desde los primeros biógrafos del santo, corresponde a la primera redacción de la Carta a todos los fieles? Para Esser sí, aunque no tenemos documentos que puedan comprobarlo. Este hecho, dice Iriarte, nos muestra “el autentico testimonio de la conciencia de Fundador que tenía el Santo” .

3.3 Francisco y sus frailes guía de los Penitentes
Entre los finales del siglo XII y el inicio del XIII hay un despertar del laicado, que se manifiesta en una búsqueda evangélica y con el ingreso en la Orden de la Penitencia. El mismo Concilio Lateranense IV es el primer concilio que se interesa de modo especial por los laicos . El canon primero dice: “Si después de haber recibido el bautismo, alguien cae en el pecado, puede ser siempre salvado por una penitencia. No solamente las vírgenes y los continentes, sino también los esposos, si sirven a Dios con fe recta y buenas obras, merecen llegar a la felicidad eterna”. Y es la secularidad, vivida como aspiración a un radicalismo evangélico en la Iglesia y con la Iglesia, lo que distingue a los laicos seguidores del hijo de Pedro de Bernardone.

En este momento, la situación de los grupos de los penitentes se encuentra en crisis entre los criterios evangélicos y eclesiásticos de una parte, y de la otra, las propuestas de los valdenses y cátaros, que vivían la pobreza evangélica pero en lucha con los obispos y los sacerdotes, predicando la rebelión y el abandono de los sacramentos. Faltaba en ellos la armonía entre vida evangélica, jerarquía eclesiástica y vida sacramental. 

Francisco y sus frailes presentaron una vida y una predicación de acuerdo con el evangelio, con la invitación a respetar a los sacerdotes y a los teólogos, porque ellos tienen el poder de darnos la Eucaristía sin la cual “no habrá vida en vosotros”. Sin nombrar o decir cosa alguna contra los valdenses y los cátaros, Francisco y los suyos viven el Evangelio como ellos, pero también, aquí está la diferencia, respetan a los sacerdotes, a los teólogos y piden acercarse a los sacramentos: Confesión y eucaristía. Por este motivo, como escribe Esser, “Bucardo, preboste de Ursperg, explica la rápida difusión de la Orden minorítica como reacción a los heréticos contemporáneos, de quien los frailes menores eran como el correctivo católico” . Pero al mismo tiempo Francisco afirma que los laicos tienen un puesto en la Iglesia y tienen la posibilidad de acceder a la santidad a través de su laicidad y el vivir como tales el Evangelio. Solo mucho mas tarde, con San Francisco de Sales y el Vaticano II, se escuchará una palabra semejante en lo que se refiere a los laicos.

Francisco es el hombre de la catolicidad. No pide reforma, pero con su vida la introduce en la iglesia y vive de acuerdo con ella. Lo mismo sucederá respecto a la sociedad. De ninguna manera impondrá nada, pero su vida hará cambiar muchas cosas. Francisco es el hombre del dialogo evangélico y la experiencia de la reforma siempre deseada. La hace realidad, ante todo en sí mismo. Incluso en esto Francisco no sigue los caminos de los monjes o del clero, sino que tiene una huella propia, auténticamente evangélica.

Francisco no será el fundador en sentido estricto de la Orden de la Penitencia por que el movimiento existía desde hace siglos, pero su personalidad, su carisma y su animación, con la de sus compañeros, dará nueva vida y esplendor a esta Orden. Los penitentes pedirán a Francisco y a sus compañeros ser guías y darles una regla de vida, de modo que Francisco puede ser considerado, o mejor es considerado, como el fundador de esta Orden, como lo denomina Nicolás IV en la Bula Supra montem (18 de agosto 1289). “El presente modo de vivir de la Penitencia tiene origen en el beato Francisco”. Pero aun antes, en el 1238, Gregorio IX escribía a Inés de Bohemia diciéndole que Francisco ha fundado Tres Ordenes: de los Frailes Menores, de las Damas Pobres y de los Penitentes. 

Otra crónica menor, habla de Francisco como fundador de tres Órdenes: de los Frailes Menores de las Damas pobres y de los Penitentes. Francisco supo ver también las luces y las sombras de su siglo en el Movimiento Penitencial, en que el mismo entró, y continuó ayudándolo con el don de una norma de vida, más evangélica que jurídica: la primera redacción de la “Carta a todos los fieles”. El Espíritu obra en este movimiento y en la Iglesia a través de Francisco. Después llegará una ayuda más jurídica para resolver muchos problemas que surgen con la autoridad civil de los municipios y también con la jerarquía eclesiástica. En esto tendrá la colaboración del cardenal Hugolino y en el 1221 se publicará el Memoriales propositi o Regula antiqua Fratrum Sororum de Poenitentia. A nosotros llegará el documento del 1228, cuando Hugolino será ya el Papa Gregorio IX. En el Memoriale propositi, permanece el espíritu penitencial-evangélico propuesto por Francisco pero, de alguna manera encerrado en una jaula de normas jurídicas…

3.4 Orígenes fundacionales de los Penitentes Franciscanos
Es difícil precisar la fecha, aunque la tradición nos habla del 1221. En primer lugar porque no es una verdadera fundación, sino un acompañamiento y animación del Movimiento Penitencial existente. Por el hecho de que ya había hablado el Concilio Lateranense IV quiere decir que había un despertar, en el que ciertamente participaron los frailes menores. Francisco presentará a los penitentes todo un programa de vida que, antes de llegar a la primera redacción de la así llamada Carta a todos los Fieles, se aproxima mucho al modo de vivir propio de todos los frailes (hay también una lectura paralela entre las reglas a todos los frailes, las cartas a todos los fieles y el testamento de Francisco).

Las directrices de la vida penitencial eran:
- Forma de vida evangélica
- Vida fraterna
- Vida de “desapropiación” (parece un concepto más rico y adecuado que “pobreza”)
- Vida de oración y penitencia
- Relaciones con la jerarquía
- Vida de trabajo manual y limosna
- Predicadores penitenciales y promotores de la paz
- Perfecta alegría
- Acogida
- Relaciones con los pobres de la sociedad
- Acercamiento a los laicos

Los laicos comenzaron a pedir consejos a los frailes y una norma de vida evangélica permaneciendo en sus casas. Otras leyendas confirman esto, cuando dicen que en las cercanías de Cortona una mujer, sale al encuentro de Francisco para pedir consejo sobre el modo de “servir al Señor”, después de la palabra de Francisco toma la decisión, conjuntamente con su marido, que dice: “Mujer, sirvamos al Señor y salvemos nuestras almas aquí en nuestra casa” .

Y la Leyenda de Perusa nos narra que Francisco, en Greccio, regocijándose dice a sus frailes: “no existe una gran ciudad en donde se hayan convertido al Señor tantas personas como en Greccio, un pueblo tan pequeño” .

Las florecillas nos relatan también que los habitantes de una aldea (Cannara para algunos códices, para otros los de Savurniano y para el Canonici aquellos del Alviano), después de la predicación de San Francisco, desean seguirlo, abandonando todo: Casa, campo, familia. Entonces les dice el santo: “no tengan prisa y no se vayan y yo ordenare lo que deben hacer para la salud de sus almas. Y entonces pensó en instituir la Tercera Orden para la universal salud de todos” .

Los laicos seguidores del consejo de Francisco y de sus frailes se extendieron por toda Italia (serán también los frailes los que difundirán el laicado penitencial en la zonas ultramontanas, según la huellas de Francisco de Asís) y nace la Orden de los Hermanos y las Hermanas de la Penitencia que, en la traducción del Anónimo de Perusa hecha por Béguin, es más explícito: “Los frailes se agruparon pues en una Orden que lleva el nombre de la penitencia y fueron aprobados por el sumo Pontífice” . Son los frailes los responsables primeros de la organización y la promoción o creación de la así llamada Tercer Orden. Una traducción mucho más acorde con el trabajo hecho por los frailes con los seglares que no la tradición oficial: “Nace así lo que viene llamado la Orden de la Penitencia, aprobada por el Sumo Pontífice” .

Según la tradición, los beatos Luquesio y Bonadonna de Poggiobonsi, en Toscana son los primeros terciarios Franciscanos . ¿No se puede hablar de alguna manera, también de Jacoba de Settesoli o Práxedes de Roma como de terciarias franciscanas, o de Juan Velati de Greccio y del Conde Orlando de Chiusi de la Verna como de penitentes Franciscanos?

4. DISCIPLINA JURÍDICA DE LOS PENITENTES FRANCISCANOS

4.1. De la Recensi Prior al Memoriale Propositi
Hemos dicho que hoy, según la opinión de Esser y de otros franciscanistas la así llamada primera redacción de la “Carta a todos los Fieles” se considera la primera forma de vida para los penitentes guiados por los frailes menores y dada por Francisco a los penitentes que tomaban consejo de él y de sus frailes; “los destinatarios de este escrito, como también los informes de los destinatarios entre ellos, no se pueden referir a todos los cristianos en general, sino que debe entenderse de particulares y de comunidades unidas de manera particular a Francisco que les había dado una forma vivendi muy cercana a la forma de vida de los frailes menores” .

Después, en el 1221 se les dio el Memoriale propositi, aunque a nosotros nos haya llegado sólo una copia del 1228. Este “Memoriale” se considera la primera regla jurídica de los penitentes , conteniendo el espíritu que Francisco nos ha dejado en sus cartas pero con elementos tomados del Propositum de los Humillados de Lombardía, aprobado por Inocencio III en el 1201.

La figura de Francisco “la función del Santo en la organización del movimiento laical, incrementando si no propiamente nacido, de su obra y su palabra” , la vida y predicación de sus frailes, la forma de vida dada a los penitentes hará que muchos entren en la Orden de la Penitencia asistida por los frailes menores . El Memoriale ayudará a vivir la vida Evangélica de estos penitentes en la fraternidad, un punto incontrovertible y fundamental en su vida. Cada una de las fraternidades tiene un gobierno propio, con hermanos y hermanas elegidos de los miembros de la fraternidad. El “consejo” tiene la facultad de adaptar los artículos del Memoriale, previo aviso hecho a la fraternidad.

4.2. Algunos aspectos significativos de los Penitentes Franciscanos
A la base de la espiritualidad de los penitentes, como aparece en la primera carta a los fieles, está el “vivir según el espíritu”. En una lista de 57 hermanos de la fraternidad de Bolonia, que ha llegado a nosotros, aparece la figura social y el oficio que desempeña cada uno de ellos; ellos se consideran miembros de una Orden con privilegios y exenciones, algunos propios de la Orden de la Penitencia, otros concedidos a ellos por los Papas. Esto confirma que no se trataba de una simple confraternidad:

- Se debía vivir “en comunión eclesial”: examen sobre la fe a cuantos pedían entrar y, varias veces, se hace referencia en el Memoriale al obispo.

- La fraternidad es considerada fuente de espiritualidad y santidad.

- El amor a Dios y al prójimo hará sí que muchas fraternidades, que poseían bienes muebles e inmuebles, manifiesten su empeño misericordioso con obras concretas como hospitales, dispensarios, depósitos de víveres y de vestidos para los pobres y peregrinos… . Muchas ciudades y asociaciones civiles ofrecerán a los penitentes franciscanos, vista su honestidad, el gobierno y las gestiones de las obras sociales y caritativas.

- El penitente no llevaba armas (era como “un objetor de conciencia”) y no prestaba el juramento de fidelidad . Estos hechos contribuyeron a hacer que desapareciera el régimen feudal y a evitar las rivalidades y las guerras, tan frecuentes en aquel tiempo . Los gobiernos de los nuevos municipios lucharon contra este privilegio e impondrán a los penitentes franciscanos la obligación de un servicio civil por su capacidad y honestidad…

- La exención del foro civil hacía así que el penitente franciscano pudiese ser juzgado solamente por el juez eclesiástico. Se pedía que las contiendas fueran resuelta dentro de la fraternidad, de otra manera se llevaban ante el obispo diocesano.

- Se pedía a todos los penitentes hacer testamento antes de la profesión, para evitar discusiones y divisiones en las familias, y también para evitar que el señor feudal se apropiara de los bienes del ciudadano si este moría sin haber hecho testamento.

- Durante el proceso, los penitentes tenían el indulto de poder ser admitidos a los sacramentos, al oficio divino, sepultura eclesiástica…

- Los terciarios Franciscanos debían buscar la reconciliación con todos, vivir en paz y trabajar por la paz; se les pedía que actuaran según la justicia y se reconciliarán con ella mediante restituciones y cancelaciones de deudas.

4.3. Reglas de los Penitentes Franciscanos
El Memoriale de 1228, con sus 39 artículos, es el texto revisado que conocemos del Memoriale 1221 . Tanto en el Memoriale de Gregorio IX como en la regla de Nicolás IV, con sus 20 capítulos, y el de León XIII, se detallan cada uno de los aspectos de la vida fraterna: uso del hábito, cómo emitir la profesión… Todos estos particulares están indicados en cada una de las Reglas citadas en el Apéndice.

La espiritualidad de este movimiento penitencial, que quiere seguir la forma de vida dada por Francisco de Asís puede ser sintetizada así:
- Vida penitencial: penitencias: ayunos, abstinencias y obras de misericordia.
- Vida de oración.
- Vida en fraternidad: vivir los valores humanos atentos a las personas; llevar a la fraternidad, a la familia y a los hermanos, la paz y el bien…

En el periodo intermedio entre el “Memoriale” y la Regla de Nicolás IV habrá momentos de relaciones muy estrechas entre los frailes menores y la Orden de la Penitencia, como sucede en el generalato de Juan Parenti (1227-1257) Durante su ministerio, Inocencio IV, con la bula Vota Devotorum (13-6-1247), recomienda a los ministros provinciales de Italia y de Sicilia la visita a los hermanos de la Penitencia, si bien, un año después, pone bajo la jurisdicción de los obispos a los de Lombardia y en 1251 a los de Florencia. San Buenaventura es contrario a un compromiso de los frailes con la Tercera Orden . Alejandro IV con su carta Cum illorum (20-1-1258) confirmaba la jurisdicción de los Obispos de Italia sobre los penitentes. En el 1284 se regresa a las buenas relaciones entre los frailes menores y la Orden de la Penitencia. En este año se encuentra como “visitador apostólico” de los hermanos y las hermanas de la Penitencia a Fr. Caro de Florencia, que redacta una regla para los franciscanos.

La Regla de Nicolás IV, aprobada con la bula Supra Montem (18-8-1289) es la compuesta por Fr. Caro y tiene todos los aspectos del “Memoriale”, pero introduce el “visitador” y el “instructor”. Pide que todos los visitadores y formadores de los Penitentes sean frailes menores . Cosa que vuelve a imponer con la bula Unigenitus Dei Filius (8-8-1290) en la que dice que Francisco es el fundador de esta Orden Penitencial . Ordena a los Terciarios elegir ministros propios en la distintas Fraternidades. Dado que algunos penitentes se oponían a la Regla publicada con la bula Supra Montem, confirma la validez de la regla por él firmada y que los privilegios de la Santa Sede se concederían solamente a quien la observara. Esta regla permanece en vigor casi siete siglos, durante los que se acentúa la pérdida de la autonomía de los terciarios y su dependencia de la Primera Orden: con la bula Romani Pontificis Providentia del 15 de diciembre de 1471, el Papa Franciscano Sixto IV confiere a la Primera orden superioritas, praeminnetia et auctoritas sobre los terciarios.

Otros documentos importantes de los Franciscanos seglares en el transcurrir de los siglos son:
- Julio II con su carta Cum Multae et graves (16-IV-1506), pide que conventuales y observantes tengan cuidado cada cual de los propios terciarios. 10

- Pablo III reelabora, en 1547, la Regla Nicolás IV y pone bajo jurisdicción de el Ministro General TOR a los terciarios de España, de Portugal y de las Indias, pero fue una novedad solamente teórica, porque las relaciones de la Primera Orden con la Tercera Orden Seglar permanecen invariables.

- Inocencio XI aprueba las Constituciones o Estatutos generales con la constitución Ecclesiae Catholicae (26-VI-1686).

De las reglas más recientes (la de León XIII del 1883 y la de Pablo VI del 1978, así como de las Constituciones general (las del 1957 y las del 1990, puestas al día en el 2000) trataremos ampliamente en la última parte de este capítulo, recorriendo de nuevo la historia de los Franciscanos seglares en los siglo XIX y XX.

5. HECHOS RELEVANTES DE LA OFS DESDE EL SIGLO XIII AL SIGLO XIX

5.1. Siglo XIII
Francisco es coherente con su modo de actuar. Como había hecho con las dos Reglas para los frailes menores, en las cuales hay mentalidad y textos evangélicos pero pocos aspectos estrictamente jurídicos, así hizo también con los seglares que pedían un consejo para vivir evangélicamente. También para los seglares, la forma vitae es el evangelio del Señor Jesús, aunque las estructuras y los modos, las condiciones de vida, sean diversas… Francisco y sus frailes presentan a los laicos penitentes, que piden un consejo para vivir el evangelio en la familia y en el mundo, el contenido y estilo de la carta llamada recensio prior, diferente en algunos aspectos, sobre todo jurídicos, del Memoriale propositi.

En la recensio prior no se hace ninguna referencia a la estructura de la fraternidad de la OFS a ningún nivel, tampoco se habla de la animación de la fraternidad. Su contenido es más un compromiso carismático – evangélico. El Memoriale propositi canaliza el carisma, y lo codifica para la vida de los Penitentes de la Tercera Orden Franciscana.

Al “Memoriale propositi” se agregarán muchos otros documentos pontificios que ayudaron al desarrollo de la vida de la OFS, particularmente cuando nacen de la dificultad por los abusos y los desórdenes provenientes de un pueblo cristiano efervescente pero al mismo tiempo en contraste muchas veces con el criterio y la fe de la Iglesia Católica. En el primer siglo franciscano, a los Franciscanos seglares se les solía confundir con los beghini o berardi, y también con los frailecillos, rebeldes a la autoridad de la Iglesia. Los papas tuvieron que luchar para salvar a los Penitentes franciscanos de esta confusión, y también para protegerlos de las insidias de los obispos, del clero y particularmente de las autoridades civiles.

Como sucede con los Frailes Menores, muchos hombres y mujeres de los distintos niveles sociales: nobles y gente del pueblo, letrados e ignorantes, clérigos y laicos…, aceptan la propuesta de vida de Francisco y de sus compañeros para vivir el evangelio en sus propias casa. La Primera Orden colabora también a esta difusión. Para la promoción vocacional será importante el estilo de vida de los penitentes, muy estimado por los conciudadanos que los consideraban hombres de fe. Por este motivo, muchos ciudadanos les confiaron la administración de sus propios bienes y, en muchas ciudades, principalmente en la Romagna y en Umbría, la supervisión de las elecciones, de los mercados y de los intereses comunales.

La manera de vivir del Franciscano seglar no era la de un monje o un religioso, sino la de alguien de la Orden de la Penitencia, que justo porque era una orden, gozaba de ciertos privilegios:

- quizás el principal fuera el de la exención de las autoridades civiles. Por esta razón, el franciscano seglar (terciario o penitente) no debía hacer juramento al “castellano”, es decir, al “señor del castillo”, o al alcalde, y estaba exento del servicio militar;

- un privilegio importante era la exención del foro civil, es decir, el franciscano seglar, como miembro perteneciente a una verdadera Orden, no como una simple asociación de laicos piadosos, no podía ser juzgado por un tribunal civil, solamente por uno eclesiástico;

- Gozaban también de la inmunidad a la querella. Los Franciscanos seglares, como los clérigos y los religiosos, podían celebrar la eucaristía y los oficios divinos en las propias iglesias, a puerta cerrada y sin necesidad de hacer sonar la campana, a menos que la prohibición fuera nominal.

Aún admitiendo que muchos se hacían franciscanos para gozar de dichos privilegios más que para vivir el Evangelio, la verdad es que la autoridad civil se sentía debilitada. Para ir contra del movimiento penitencial imponían impuestos y contribuciones a los terrenos y a los bienes de los penitentes; les prohibían donar sus bienes a los pobres y los obligaban a pagar las deudas adquiridas con amenazas. Contra esta situación de persecución debieron luchar los Pontífices Romanos con notas y cartas apostólicas, porque la Orden Seglar de San Francisco, así como la de los dominicos, eran una poderosa fuerza espiritual para la renovación de la Iglesia y de la Sociedad, y también, en algunos momentos, un auténtico ejército espiritual en la lucha del papado contra los poderes civiles y políticos. En este sentido es importante lo que Pier delle Vigne, secretario de Federico II, escribió al Emperador, en lucha con la Santa Sede, viendo el número y la fidelidad de los terciarios: “Para dar el último golpe a nuestra potencia y quitarnos la sumisión del pueblo, han instituido (los menores y los predicadores) dos nuevas fraternidades, que abarcan tanto hombres como mujeres. Todos acuden; son muy pocos los que no se han inscrito en alguna de las dos” .

Los Franciscanos seglares, en este ambiente de privilegiados por parte de la Santa Sede, son un obstáculo al poder imperial por su forma de vida, la fidelidad a la Iglesia, la exención civil…, y son también motivo de tensión entre la Santa Sede y los poderes civiles y obispales. En este periodo es elegido San Buenaventura (1257-1274), que prohíbe a los frailes ocuparse de los "penitentes". Las razones que expone a los doctores en Paris, que reprueban la presencia de los frailes en las cátedras universitarias y no promover la Orden de la Penitencia, son estas:

- la necesidad de que los frailes sean libres en sus actividades pastorales, dirigiéndose a todos y no solamente a un grupo; 12

- la dificultad para defender a los Franciscanos seglares (los penitentes) frente a las autoridades eclesiásticas y civiles por los grandes privilegios obtenidos;

- evitar el escándalo de los frailes que frecuentan las casas de los terciarios;

- La acusación de herejía contra algunos penitentes;

- La imposibilidad de los frailes menores para ayudar a los Franciscanos seglares que, por deudas u otros crímenes, se encuentran en manos de la justicia;

- La dificultad de llevar la paz a la Fraternidad cuando existe división en el grupo, o cuando los frailes eran acusados de favorecer a los miembros más ricos y potentes de la fraternidad.

No es fácil justificar tal respuesta de San Buenaventura, de alguna manera incomprensible en nuestros tiempos. En el ambiente social y eclesial de su tiempo, los hermanos y hermanas de la Penitencia son un valor, que “aún no perteneciendo al mundo, debían continuar en el mundo, participar de la vida civil y de la eclesial y trabajar para una continua metanoia, una continua conversión, un incesante retorno a Dios” .

Esta situación se resolverá todavía antes de la Regla de Nicolás IV, como nos lo muestra el hecho de la presencia de Fr. Caro como “Visitador” de los penitentes en Toscana. Esta reacción de la Primera Orden y la Regla de la “Supra Montem”, pondrá las cosas en su sitio, particularmente en lo que respecta a la relación entre las dos Ordenes Franciscanas, la Primera y la Tercera, porque a partir del 1275, cuando las Ordenes Mendicantes no tuvieron ya necesidad del apoyo de los laicos, la Curia Pontificia invitó a los obispos a tomar bajo su control, mediante los Visitadores, las asociaciones penitentes caracterizadas por su posición económica en grado de ofrecer recursos a los administradores diocesanos.

5.2. Siglos XIV y XV
En los inicios del siglo XIV, cuando estaba muy tensa la relación entre la Primera Orden y los “Fraticelli”, los Penitentes eran considerados por algunos obispos como “beghini”, “berardi” o “frailecillos”, que era como decir “herejes”. Clemente V investigaría y comprobaría su ortodoxia, y confirmará la Regla de Nicolás IV en el 1318. También Juan XXII tendría que defenderlos contra diversos Obispos de Francia en 1318 y 1321.

Durante la Peste Negra disminuyó el número de Penitentes, pero el 1385 existían 244 fraternidades asistidas por frailes menores .

Después de la sospecha de herejía y la decadencia espiritual, siguiente a la división de Occidente (1378-1417), la Tercera Orden se repuso. En el siglo XV los grandes predicadores del momento, entre ellos San Bernardino de Siena, San Juan de Capistrano y Fr. Bernardino de Busto, con sus predicaciones harían propaganda de la Tercera Orden. San Juan de Capistrano escribió a favor de los penitentes franciscanos un libro titulado Defensorium Tertii Ordinis (1440). Con la ayuda del papa Eugenio IV (1431-1447), buscó sostener a los Franciscanos seglares de Italia, a quienes escribió la carta que inicia con estas palabras Noveritis qualiter. El mismo Eugenio IV tuvo gran estima y confianza en la OFS para la reforma de la Iglesia.

Bernardino de Busto, que escribió el tratado “Imitación de Cristo en la Tercera Orden”, dijo de la Orden franciscana Seglar “Esta Orden es grande en número. De hecho, la entera cristiandad está llena de hombres y mujeres que observan fielmente la regla”.

San Antonino de Florencia (1389 – 1459), atento cronista en sus tiempos, reconoce esta realidad y dice: “los doctores no hablan de la Tercera Orden de Santo Domingo como lo hacen con la de San Francisco, porque los terciarios dominicos son pocos por esta parte, y casi ninguno de sexo masculino. La Tercera Orden de San Francisco en cambio, cuenta con muchos miembros de ambos sexos, incluso aquellos que viven en ermitas, en hospitales y en congregaciones”. Y precisamente porque son muchos, no gozan de las exenciones concedidas a la Tercera Orden dominica .

Mediante las Crónicas de la Orden Franciscana se sabe que los visitadores eran nombrados siempre por los Frailes Menores en conformidad con la Regla de Nicolás IV. Una señal evidente de la actividad y del florecimiento de los Franciscanos seglares son sus obras sociales y de caridad. Durante este periodo, como en el anterior, los miembros y las Fraternidades de la OFS practicaban todas las obras de misericordia: asistencia a los enfermos de cualquier enfermedad, aún las más contagiosas, como la lepra, la peste y el tifus; asistencia a los pobres, abriendo para ellos escuelas gratuitas en toda Europa; frecuentemente se encuentra, a un lado de la sede de la Fraternidad, un hospital o una obra piadosa, sostenida con las ofertas de los Franciscanos seglares y con la administración de los bienes que muchos ciudadanos les dejaban como herencia.

Con la nota de Sixto IV Romani Pontificis Providentia (15-XII-1471) se cierra una época muy particular para la Orden Franciscana Seglar, “la de la laboriosa autonomía de la orden de la Penitencia, y se abre otra, en la que el nuevo nombre de la Tercera Orden asume su significado de accesorio, de dependencia, de fleco de la Primera Orden” .

5.3. Siglo XVI
La Orden Franciscana Seglar sufrió durante este tiempo las consecuencias de la evolución cultural, social y política del Renacimiento y del Protestantismo, y también las consecuencias de la separación entre Conventuales y Observantes, sancionada por León X (1517), y después la aparición de los Capuchinos, en 1525. La Orden Franciscana Seglar (la Tercera Orden Seglar) permaneció siempre “una y única”, pero las Fraternidades comenzaron a distinguirse, si no a dividirse, según la Obediencia, de la que recibían asistencia espiritual, creándose así una división artificial siguiendo las cuatro Familias: Frailes Menores (de la Observancia), Frailes Menores Conventuales, Frailes Menores Capuchinos y Terciarios Regulares (a partir del 1521).

En los países devastados por el Protestantismo y en muchas ciudades italianas, los terciarios franciscanos mantenían consigo y en torno a ellos la fidelidad a la Iglesia, incluso hasta el martirio. En la Francia calvinista nacieron fraternidades de Penitentes, como en Montpellier y Paris, con espíritu de disciplina, rectitud y caridad. Se formaron e intensificaron las “Compañías del Santísimo Sacramento”, particularmente perseguidas por los hugonotes.

Con el Renacimiento y la Reforma protestante, la Tercera Orden pierde número y calidad de vida en Italia y en los países de Europa del Norte, mientras se expande y crece en España, en Portugal y en las colonias de estas naciones. Y a finales de 1500, con la ayuda de la Primera Orden, de los papas, de los obispos y también de las autoridades civiles, la Orden Franciscana Seglar multiplica las Fraternidades y las obras de caridad.

Después del Concilio de Trento los Franciscanos seglares van dejando las actividades sociales y apostólicas para orientarse hacia una vida de caridad y piedad. De cualquier manera se hacen más religiosos, viven más en torno a los muros de la iglesia y pierden el sentido de la secularidad y del vivir el carisma de Francisco en el mundo. La espiritualidad franciscana entra en las Fraternidades laicas, que reflorecen: el culto a la Eucaristía, la devoción de las “Cuarenta Horas” son una señal de una vida interior más intensa. Se da una renovación franciscana seglar en España, en Portugal y en las colonias de estas potencias, en Nápoles, en Lombardía,…, pero siempre con carácter más devocional que penitencial, más como título honorífico que como fuerza evangélica para el cambio en la vida social y eclesiástica de su tiempo.

El siglo XVI es también un siglo de santos, que de una manera u otra, bebieron del agua espiritual de Francisco de Asís y de su carisma evangélico, como el gran organizador Ignacio de Loyola, el alegre e indulgente Felipe Neri, la educadora de la juventud femenina Ángela Merici, el contrarreformista Carlos Borromeo…

5.4. Siglos XVII y XVIII
Al igual que en el siglo XVI, también en el XVII la Tercera Orden presenta características devocionales más que penitenciales, y está también “de moda” en los ambientes socialmente elevados. Se modifica el hábito de los Terciarios, que había sido signo de penitencia, y crece el número de grandes hombres que entran a la Orden: reyes y reinas, nobles, eclesiásticos y políticos… pero disminuye la calidad de la vida cristiana y evangélica, así como su profundidad espiritual. Se llegan a tener fraternidades muy numerosas: 11.000 en Lisboa, en 1644, o 25.000 en Madrid, en 1689 . Al mismo tiempo, en Bélgica la TOF enrola a la aristocracia, descuidando al pueblo, al punto que los pobres eran aceptados previa solicitud, por temor a que fueran mayoría . En Roma como en Nápoles, la nobleza es terciaria franciscana.

Los papas del siglo XVII promovían la Tercera Orden Franciscana para la restauración católica y para hacer frente a los errores. Al mismo tiempo, la Tercera Orden es un instrumento para la educación de las clases dirigentes. Se vale de los ricos y poderosos para servir a los pobres, para erigir hospitales, tener graneros, comedores y farmacias…, y también para poner a disposición de los pobres a médicos, abogados y notarios… 

Cuando vive la dimisión activa y social, la Tercera Orden Franciscana tiene momentos de fecundidad y crecen los miembros y las Fraternidades; cuando la vitalidad es solamente religiosa y eclesial, el número baja.

Es verdad que en los siglos XVII y XVIII se pierde el sentido penitencial de la Orden, pero es verdad también que de la Orden Franciscana Seglar salieron muchos hombres y mujeres, fundadores y fundadoras de nuevos institutos religiosos, que demuestran la fuerza de la Regla de la OFS como forma de vida evangélica, capaz de fermentar y santificar a la sociedad y a la cultura de todos los tiempos.

Durante el siglo XVIII existieron controversias jurídicas sobre la dependencia de los Franciscanos seglares de las varias familias franciscanas y los papas las resolvieron, especialmente Benedicto XIII (1724-1730), reconociendo a los frailes Menores (de la observancia), a los Conventuales, a los Capuchinos y a los Terciarios Regulares, la facultad para fundar y dirigir las fraternidades de la Tercera Orden, pero siempre como una única Orden.

Momentos difíciles surgieron para la Tercera Orden en la segunda mitad del siglo XVIII y parte del siguiente. El cesarismo, el absolutismo y el regalismo de María Teresa de Austria prohibían a la Tercera Orden el recibir nuevos miembros (1776). Su hijo José II, el 23 de septiembre de 1782, suprime todas las formas de la Tercera Orden, junto con las Órdenes religiosas bajo su control. En el mismo año 1782, la OFS es prohibida en Francia. En 1790, la Constitución Civil del Clero declara la supresión de todas las asociaciones religiosas incluidos los Franciscanos seglares, nacionalizando sus bienes. Durante la revolución Francesa, algunos Terciaros pagarían su fidelidad a la Iglesia con la cárcel y también con la muerte. Napoleón, durante su gobierno, volvió a suprimir a los terciarios franciscanos en 1810.

5.5. Siglo XIX
La supresión de las Órdenes religiosas en el siglo XIX en Italia, en España, y en tantos otros países, hizo que la Tercera Orden sufriera las consecuencias. Esta vez, las mismas Fraternidades franciscanas seglares fueron objeto de supresiones y persecuciones; privadas de personalidad jurídica, vivían como una sociedad privada y recibían la guía del clero secular y de frailes exclaustrados.

Este siglo es también el siglo de los grandes sacerdotes franciscanos que comienzan en el confesionario, con el sacramento de la reconciliación, una nueva evangelización a los pobres, como el Santo Cura de Ars, Juan Maria Vianney, o en la sociedad laboral, que nace en torno a las grandes fábricas; así aparecen círculos de la buena prensa, asilos, oratorios, orfanatos, albergues, sociedades laborales o de mutuo apoyo. Son las obras de don Bedetti , don Bosco , don Guanella , don Cafasso , don Cottolengo , don Piamarta , don Murialdo …

Un notable resurgir se verifica por obra de Pío IX y después de León XII. Durante el pontificado de Pío IX, los Franciscanos seglares entran de lleno en cuestiones sociales con escritos renovados de gran relevancia, como el sabio “Cristianismo y cuestión laboral” del obispo franciscano seglar Wilhelm Emanuel Von Ketteler (1811 – 1877), arzobispo de Maguncia, o su discurso en la catedral de Maguncia: “La Cuestión Social contemporánea”. En este tiempo, el industrial y franciscano seglar Romanet funda la Caja de Compensación para los obreros con familias, y Leonel Harmel (1829 – 1915), industrial y renovador en el campo social, funda la primera “Caja de seguridad social Asistencial”, un “Centro de Estudios Sociales”, y el “Consejo de Fábrica”.

Harmel sintetiza su programa social en cuatro puntos:
- la salvaguarda de la salud de nuestros hermanos obreros
- es de rigurosa justicia ofrecer a los obreros un justo salario
- se necesita impedir que las almas mueran
- se necesita asegurarles el pan material y la nutrición diaria para sus almas.

León XIII era terciario franciscano y encontraba, en la espiritualidad franciscana, la justa valoración del trabajo, ese amor a la pobreza junto al respeto de la propiedad, esa hermandad humilde y sencilla, esa propaganda de paz, que establecen la armonía entre las diferentes clases sociales. León XIII, el papa de la “Rerum Novarum”, quería encontrar en la tercera Orden Franciscana un apoyo y un sólido fundamento para la reforma social. Afirmaba: “Quiero encontrar en la Orden de San Francisco un apoyo vigilante que me ayude a defender los derechos de la Iglesia y a realizar la reforma social. Y cuando yo hablo de reforma social, pienso especialmente en el Tercera Orden de San Francisco” . Dijo también: “La Tercera Orden de San Francisco, reorganizada para la acción social, es capaz de dar frutos maravillosos” . El Papa estaba convencido de que, mediante la difusión del espíritu franciscano, se habría salvado al mundo del veneno esparcido contra el cristianismo por la secta masónica y la ideología marxista.

Para corresponder a la misión que el Papa intentaba confiarles, la TOF debía rejuvenecerse, activarse, disciplinarse. Necesitaba adaptarse a los tiempos presentes, si bien conservando toda la religiosidad del pasado. Es por esto que León XI reformó la Regla, aprobándola con la nota “Misericors Dei Filius” del 30 de mayo 1883, en la que se lee: “La Tercera Orden nació de hecho por el pueblo, y en la medida que esto valga para crear buenas costumbres, integridad, piedad, reforzará el hecho en sí y será testimonio de los tiempos”.

De una rápida comparación con la Regla de Nicolás IV, inmediatamente notamos que ésta fue simplificada:
- en el primer capítulo notamos la intención de rejuvenecer la TOF, fijando la edad de admisión en 14 años. No se indica ya el hábito entero, sino el escapulario y el cíngulo bajo los vestidos;

- en el segundo capítulo no se habla evidentemente de hábito externo y se confirma sólo la simplicidad en el vestir, sea para los hermanos que para las hermanas. Permanece la prohibición de los espectáculos peligrosos. Se reducen drásticamente las prescripciones ascéticas en materia de abstinencia y ayuno, así como las oraciones diarias. En cambio, se intensifica la frecuencia de la confesión y de la comunión. No se habla más de prohibición de 17
las armas, para no hacer imposible la vida de los terciarios con los gobiernos militarizados de entonces;

- en el tercer capítulo se establece que la visita a las Fraternidades sea “de oficio” y que los visitadores sean de la Primera Orden y del Tercera Orden Regular.

A la nueva Regla se añadía la lista de las indulgencias. ¡Muchas! Y eran sobre todo dirigidas a hacer más “atractivo” para las personas el inscribirse en la Tercer Orden.

Apoyados y animados por León XIII, comienzan la serie de Congresos, en los que se insiste en la “concordia fraterna”, en la “concordia de los espíritus”, en la “unidad”…, y se retoma el tema social como campo específico de la Tercer Orden. El Papa León XIII recibe en audiencia a los delegados del Congreso del año 1900, presidido por el cardenal franciscano Vives y Tuto, en el que participan diecisiete mil Terciarios llegados de todo el mundo, y les dice: “… se necesita que los Terciarios se dediquen sin demora a las obras de acción social y produciendo frutos abundantes a lo largo de su historia” .

En 1893 Leone Harmel reúne el Congreso franciscano de Francia, Bélgica y Holanda en Val de Bois. Otro terciario franciscano, el cardenal Manning, en las conferencias, anuncia sus principios: “Ese acumular de riquezas como montañas es un escándalo! ¡Ningún país puede subsistir a largo plazo con tales fundamentos! ¡No se predica el Evangelio a los estómagos vacíos! .

Esta participación en la reforma social y en el campo social hace que la Orden crezca en número y en su composición masculina.

¿Cuáles fueron los efectos de la reforma leonina? Espectaculares si se considera la expansión numérica de la TOF (se hablaba de millones de terciarios en el mundo), y muy modestos hablando de la poca incidencia en el ámbito social. Mariano Bigi señala algunas causas de tal fracaso:

- la falta de una definición de la naturaleza jurídica de la TOF y de la naturaleza de sus miembros, que dejaba espacio a una mentalidad, inmersa en la época, según la cual las Terceras Ordenes eran sólo una expresión reducida de la vida religiosa;

- el contraste entre las dos tendencias dentro del mismo mundo franciscano, entre los que pretendían conservar el carácter único de la Tercera Orden para la perfección cristiana y los que querían dirigir la actividad de los terciarios hacia actividades sociales;

- los problemas de jurisdicción y de relaciones con el clero diocesano, que surgían para la Primera Orden al difundirse las Fraternidades en las parroquias no franciscanas;

- el carácter profético, y quizás prematuro, del gran proyecto de León XIII, que no encontró apoyo con una adecuada preparación y una idónea formación.

A pesar del aparente fracaso, la semilla se había esparcido, y en los espíritus más iluminados se fue haciendo camino la convicción de que la Tercera Orden no era “una simple congregación de personas a las que les era posible solamente lucrar con las indulgencias”. Pero se necesitó casi un siglo para llegar a la reforma de Pablo VI.

Es interesante notar que en el siglo XIX surgieron también muchas Congregaciones religiosas franciscanas, que se rigen según la Regla de León XIII, después adaptada por Pío XI en 1927. y a los que Juan Pablo II les dio la nueva Regla de los Franciscanos de la TOR, Franciscanun vitae propositum, del 8 de diciembre de 1982.

6. SIGLO XX

6.1. Un paso atrás
Pío X retoma el tema de la acción social de la Tercera Orden franciscana, confiada a la Primera Orden, así como también la organización de los Congresos. Como consecuencia, inmediatamente disminuye el número de miembros varones. La Orden pierde gran parte de su identidad y las Fraternidades regresan al devocionalismo más que a ser escuelas de vida evangélica, como pedía el Código de Derecho Canónico del 1917.

La Primera Orden y la TOR vuelcan su atención en el apostolado apostolado, marginando, de alguna manera, a la Tercer Orden, en particular a las Fraternidades no conventuales; en muchos lugares y muchas veces sustituyeron a la Tercer Orden con la Acción Católica , a falta de una visión propia de la OFS, de su vida y de su apostolado como proyecto de futuro.

Esto no impide recordar a Benedicto XV, que con su encíclica “Sacra Propediem” (6.10.1921), exhorta a los obispos a hacer que las Fraternidades de la Tercera Orden prosperen y que se formen nuevas. Donde aún no hay ninguna, Pío XI, con la encíclica “Rite expiatis”, que recuerda el séptimo centenario de la muerte de San Francisco, pide a los obispos favorecer y fomentar la TOF, y a los terciarios, el 30 de septiembre de 1938, les dice: “Esta debe ser vuestra vida: una vida de acción” .

En esta época aparecen las Fraternidades sacerdotales”, como la de “Pia fratellanza”, fundada por el cardenal Vives y Tuto en Roma, en el 1900. A esta fraternidad pertenecieron y fueron ministros Giacomo Della Chiesa (Benedicto XV) y Eugenio Pacelli (Pío XII). Estas Fraternidades sacerdotales eran muchas en Italia, en España, en Bélgica, en Francia (27 fraternidades en 1950).

6.2. Una nueva primavera
Después de la segunda guerra mundial se intensificaron también en la Tercera Orden Franciscana esos aires de renovación que ya se sentían en la Iglesia y, en particular, en las congregaciones laicales. 

Las primeras señales oficiales relativas a la oportunidad de una renovación de la legislación de la Tercera Orden Franciscana se remontan inmediatamente a después de la guerra: el 5 de septiembre de 1946 los cuatro ministros generales de la Primera Orden y de la TOR aprobaron el Statutum Consilii Internationalis Tertii Ordinis Sancti Francisci Assisiensis. Este Consejo, definido como caput Tertii Ordinis, estaba compuesto por cuatro Comisarios (=Asistentes) generales, como delegados de los respetivos Ministros generales. Una de las primeras iniciativas del Consejo fue la de enviar, al inicio del 1947, a los cuatro Ministros generales una carta que ponía donde se ponía en evidencia que la Regla de León XIII era demasiado esquelética y que había necesidad de interpretaciones ciertas y concretas, para poner fin a las interpretaciones subjetivas. Por esto, se proyectaba la exigencia de una revisión legislativa que comprendiera tanto la Regla como las Constituciones de la TOF.

En 1948, después de una consulta informal a la Congregación para los religiosos, los cuatro Comisarios emprendieron el estudio sobre las posibles revisiones, que se orientaron a no tocar la Regla de 1883, y elaborar unas nuevas Constituciones. Estas debían tener presente, sobre todo en el plano jurídico, la necesidad de armonizar la legislación de la TOF con el Código de Derecho canónico de 1917 y de regular la existencia y el funcionamiento de los Discretorios provinciales y nacionales, destinados a distintas áreas culturales, aunque no estuviesen previstos por la regla leonina. Si en esta primera fase los responsables seglares de la TOF quedaron excluidos del trabajo, pronto las cosas tomaron una nueva dirección. De hecho, al final del Año santo 1950 se llevó a cabo en Roma, el Congreso internacional de los dirigentes de la Tercera Orden Franciscana, que en la fase preparatoria tuvo una gran presencia de laicos. Asistieron cerca de 1500 personas, entre las cuales había muchos religiosos, pertenecientes a 15 nacionalidades y 7 áreas lingüísticas diferentes y, por primera vez, fue organizado de manera “inter obediencial”. El tema escogido fue el apostolado, como el más oportuno de acuerdo a las necesidades del momento; las relaciones avanzaron después a una visión completa del ser y del actuar de la Fraternidad seglar en los nuevos tiempos. Se reflexionó sobre el cómo, sin desnaturalizar la institución, se debían encontrar modos actuales para vivir, como seglares, el carisma franciscano, tener relación con las otras asociaciones laicales, coordinar las fuerzas y las obras de la Tercera Orden a nivel de las orientaciones que deberían caracterizar la vida de la Orden Seglar en la segunda mitad del siglo XX.

Entre las conclusiones del Congreso se distingue la que pedía que “además de los Consejos locales, se instituyeran también los de distrito, los provinciales, nacionales e internacionales” . Fue interesante también una solicitud que surgió de las respuestas del cuestionario preparatorio para Congreso, a fin de que fueran elaboradas y emanadas unas Constituciones, como comentario y en aplicación de la Regla de León XIII. A la solicitud se unían varios motivos: la brevedad de la Regla leonina, la necesidad de adecuarse a la legislación del código de derecho canónico, las relaciones creadas con la Acción Católica, la evolución organizativa de la misma Tercera Orden, la unidad de dirección de toda la Primera Orden franciscana frente a la Tercera Orden.

Una invitación clara y decidida a la renovación viene después del Discurso del Papa Pío XII a los Terciarios franciscanos de Italia el 1 de julio de 1956. El papa, también él terciario franciscano, desde los inicios de su sacerdocio, individualizaba firmemente algunos motivos que podían haber llevado a una fase de “estancamiento orgánico” y de “enfriamiento espiritual” y mostraba lucidamente, con motivaciones precisas de carácter teológico, el programa de renovación y el salto cualitativo que la Fraternidad seglar debía cumplir para convertirse en “escuela de perfección cristiana, de genuino espíritu franciscano, de acción entregada y lista para la edificación del Cuerpo de Cristo”. Tanto el discurso de Pío XII como el material elaborado y reunido en ocasión del Congreso internacional, fueron utilizados para la redacción de las Constituciones, que fueron aprobadas y promulgadas el 25 de agosto de 1957.

Las Constituciones de 1957 son uno de los textos más amplios de legislación sobre el OFS: estas recogen, ordenan y aclaran todo lo que se había elaborado con anterioridad sobre la Tercera Orden: desde la definición de la naturaleza y de la finalidad, al gobierno, externo (propio de la Primera Orden) e interno (propio de los terciarios); desde el programa de vida, espiritualmente profundo, amplio y preciso, a las normas disciplinares.

Se puede decir que este documento marca el “estado de la situación” de la OFS en vísperas del Concilio Vaticano II. Esto habría situado los problemas y las estructuras en un diferente y más profundo contexto teológico y de vida eclesial, que, a su vez, hizo necesaria la redacción de una nueva Regla.

Fr. Jaime Zudaire indica las guías conciliares que tuvieron la mayor incidencia incluso para la TOF de la siguiente manera:
- la llamada a renovarse, regresando a las fuentes y con el corazón abierto a las nuevas instancias de la sociedad de la Iglesia;

- La teología sobre la Iglesia, Pueblo de Dios y “Comunión”;

- El Capítulo V de la Lumen Gentium: la vocación universal a la santidad. Esto superó ciertos condicionamientos monásticos en la presentación de los consejos evangélicos; de manera que ha ayudado a superar las dificultades incluidas en la expresión “religiosos en el mundo” y a presentar la vocación de los laicos franciscanos a la perfección;

- El Capítulo IV de la Lumen Gentium y el decreto Apostolicam Actuositatem: la vocación y misión de los laicos en la Iglesia, su capacidad para crear y guiar asociaciones con finalidad religiosa y apostólica;

- El decreto Presbiterorum Ordinis, en particular los números 6 y 9: relaciones con el pueblo de Dios, con los laicos;

- La Gaudium et Spes: el diálogo Iglesia – Mundo moderno, la presencia de los cristianos en el mundo.

7. RENOVACIÓN DE LA REGLA

7.1. Trabajos preparatorios
De la importancia y de los contenidos de la Regla renovada se tratará ampliamente en los sucesivos capítulos de este Manual. Aquí presentaremos sólo una síntesis del itinerario seguido para su redacción y su aprobación.

El trabajo comenzó inmediatamente después del Concilio y se sitúa en esa amplia renovación que involucró a todos los institutos religiosos, incluidas las cuatro familias religiosas franciscanas, que renovaron también sus Constituciones. Con diversos matices, las Constituciones de las tres ramas de la Primera Orden intentan afirmar la vocación y la ubicación propia de la Tercer Orden en la familia franciscana, y conciliar su adecuada autonomía (no utilizan esta expresión) con el derecho – deber del cuidado que, concerniente a la Fraternidad seglar, se espera de los Superiores franciscanos. Las Constituciones de la TOR, a la afirmación de la necesidad del componente seglar para la plenitud del carisma franciscano, agregan la relación especial que existe entre la TOR y la TOF .

Los trabajos duraron 12 años. El profesor Mariano Bigi, quien fuera también Vicepresidente internacional de la OFS, en un valiosísimo artículo sobre la historia y los orígenes de la Regla de la OFS señala tres fases en el itinerario que llevó a la extensión y aprobación del texto definitivo de la Regla paulina.

7.2. Primera fase (1966-1969)
Se abre oficialmente con una carta del 9 de marzo de 1966, firmada por los cuatro Comisarios generales de la Tercera Orden, con lo que se ponía en marcha una amplia consulta y se configuraban las primeras indicaciones de una renovación y las perspectivas para el futuro: el trabajo a desarrollar tenía que mirar tanto a la Regla como a las Constituciones y al Ceremonial (Ritual): la renovación comenzaría a partir de la Regla de León XIII; la nueva Regla tuvo carácter “más positivo, más evangélico y más franciscano”; la renovación, finalmente, debía recibir los principios fundamentales del Concilio Ecuménico Vaticano II “sobre todo en lo que respecta a la misión de los laicos en la Iglesia”. En un artículo , Fr. León Bédrune escribe: “llegó a Roma un documento impresionante”, signo evidente del aire de renovación difundido en todo el mundo franciscano. Un primer examen de las respuestas lo hizo un primer grupo de trabajo compuesto por los cuatro Comisarios Generales y de expertos de primer nivel de las diversas Familias de la Primera Orden. Después se constituyó una Comisión de la cual, en un segundo momento, fueron llamados a formar parte también algunos laicos. De los trabajos de dicha comisión nació un primer esquema, redactado en lengua latina, que el 20 de julio de 1968 fue enviado, para ser consultado, a los Consejos nacionales. En el mismo esquema, la Comisión permanecía muy en línea con el texto de la Regla de 1883. Mariano Biggi comenta: “el nuevo vino de las enseñanzas conciliares se encuentra encerrado en un costal aún fuertemente impregnado de una espiritualidad del tipo “religioso” y de devocionalismo”

De las observaciones críticas y de la contrapropuesta de Roma surge con fuerza el deseo de una mayor participación de la “base”, con la petición de que la nueva Regla fuera fruto de otra amplia consulta y participación de las diferentes áreas culturales y no sólo de la comisión “romana” inicialmente constituida. Tanto fervor de investigación y tanta ansiedad por la renovación fueron confirmadas por el hecho de que, durante este periodo, en las diferentes áreas culturales, aparecen algunos documentos de inspiración que, si bien eran diferentes en estilo y contenido, presentaban semejanzas notables.

7.3. Segunda fase (1969 – 1973)
Tiene su momento culminante en el Congreso internacional convocado por los cuatro Comisarios generales- El Congreso se lleva a cabo del 27 de septiembre al 3 de octubre de 1969 en Asís; participarían, además de los cuatro Comisarios generales y sus sustitutos, diecisiete delegados de diferentes nacionalidades provenientes de cuatro continentes (África no tenía ningún representante).
Mariano Bigi, en el artículo citado anteriormente, describe los trabajos del Congreso de la siguiente manera: “Los participantes, subdivididos de acuerdo a los cinco grupos lingüísticos (italiano, francés, inglés, español y alemán), partieron de la síntesis de las respuestas relativas al primer esquema de 1968; distribuidos después en tres comisiones discutieron respectivamente: las características de la Orden seglar de San Francisco frente al mundo de hoy, los puntos esenciales de la espiritualidad y las leyes fundamentales de la Orden seglar. En la sesión plenaria del 3 de octubre se aprobaron, solo por los laicos –ya que los religiosos, teniendo derecho, renunciaron al voto- y con mayoría superior a los dos tercios, veinticinco mociones elaboradas por las Comisiones, en las que se encuentran gran parte de los contenidos que hoy aparecen en la Regla”... En el Congreso también se afirmaba la unidad de la Tercera Orden y la exigencia de caminar hacia la unidad de las estructuras.

Para llevar a cabo las orientaciones surgidas del Congreso y para favorecer los pasos sucesivos en los objetivos fijados, la Comisión para la Regla se integró con miembros del Praesidium del Congreso, con la tarea de preparar, considerando las mociones aprobadas en la sede del Congreso, un nuevo “texto de base”. Contemporáneamente, en espera de la nueva Regla, vinieron también elaborados en las varias áreas culturales, y aprobados ad experimentum, los “textos de orientación” que tomaron el nombre de “Way of life” (inglés), “Orientations” (francés), “Ideario” (español), “Richtlinen” (alemán) e “Itinerario spirituale del Francescano secolare” (Italia).

Todo esto sucedía bajo la vigilancia de los Ministros generales de la Primera Orden y de la TOR que ya el 17 de julio de 1969 habían recibido el mandato de la Congregación de los religiosos de que se autorizaran experimentos en las diversas áreas culturales, dentro de las enseñanzas de la Ecclesiae sanctae. Una motivación extraordinaria vino del discurso del Papa Pablo VI a los participantes de la Peregrinación internacional de la TOF el 19 de mayo de 1971, con ocasión de la celebración de los setecientos cincuenta años del “Memoriale propositi” (1221-1971). El Sumo Pontífice trazaba para los Terciarios un programa de vida fuerte y exigente, afirmando que en ellos tenía una “triple confianza”: la primera, en su capacidad de vivir y de testimoniar la pobreza evangélica, entendida como “afirmación del primado del amor a Dios y al prójimo,… expresión de libertad y de humildad,… estilo gentil de simplicidad de vida”; la segunda en su capacidad “de amar como San Francisco la Cruz”; la tercera, en su “fidelidad a la Iglesia”.

7.4. Tercera fase (1973 – 1978)
Comienza con la constitución del Consejo internacional de la TOF (CITOF). Ya el Art. 121 de las Constituciones de 1957 había previsto la posibilidad de constituir consejos de nivel superior al local y la oportunidad de extenderlos al plano inter-obediencial, contemplando también la figura de los presidentes nacionales y de un “presidente general”. Un primer organismo internacional fue nombrado en 1969 por el Ministro general de los Capuchinos, quien invitó a presidirlo a Manuela Mattioli. Con un documento del 4 de octubre de 1973, los cuatro Ministros generales nombraron el primer Consejo internacional de la Tercera Orden Franciscana, que – bajo la presidencia activa, cualificada e incisiva de la misma Manuela Mattioli – dio un impulso notable a la unidad de la OFS, a la renovación de su legislación y de su estructura, así como a su presencia en la Iglesia. Como componente del nuevo Consejo, fueron confirmados los nombres de los representantes propuestos por cada nación o área cultural, sin alguna referencia a las “obediencias” de proveniencia; entre las tareas asignadas al Consejo figura expresamente la de favorecer e incrementar los estudios sobre la nueva Regla. El 17 de septiembre de 1976, los cuatro Ministros generales aprobaban el Estatuto del CITOF.
Volvemos a citar el artículo de Mariano Bigi: “Como primera consecuencia de la constitución del Consejo internacional, su presidente, Manuela Mattioli, entró a formar parte de la Comisión para la Regla; seguidamente, el CITOF, como organismo al que correspondía “la coordinación, la animación y la guía, a nivel mundial, de la Fraternidad Seglar de san Francisco” (Estatuto, Art. 2), retomó y concluyó la obra de elaboración y consulta que había sido iniciada anteriormente”.

Mientras tanto, el trabajo en manos de la Comisión continuó, pasando por cinco versiones sucesivas. Finalmente, el 30 de abril de 1975 fue posible enviar a los Consejos nacionales un texto de Proyecto de Regla, que detallaba y ponía en evidencia – con el apoyo de oportunas revisiones de la Sagradas Escritura, de las Fuentes Franciscanas y de los documentos conciliares- los elementos esenciales de la “forma de vida” diseñada en las mociones del Congreso de Asís.

7.5. Conclusión de los trabajos y aprobación
Las respuestas previstas, recolectadas y clasificadas en un nuevo dossier, fueron estudiadas con cuidado por los Asistentes generales y sucesivamente sometidas a examen de la Presidencia CITOF reunida en Asís en septiembre de 1976. Para proseguir con los trabajos, la Presidencia nombró una Comisión, con la tarea de aportar al Proyecto correcciones individuales, teniendo en cuenta las observaciones previstas por los Consejos nacionales. La Comisión interpretó en el más amplio sentido, elaborando un nuevo proyecto, muy diferente, en inspiración y estructura, del precedente. Sustancialmente, los dos proyectos tenían “dos perspectivas y visiones diversas: una más teológico – espiritual, otra más práctica y normativo jurídica” . Los dos textos fueron examinados por cuatro destacados expertos en franciscanismo y en derecho canónico, uno por cada una de las Familias religiosas franciscanas; además de expresar individualmente su opinión, tuvieron una reunión en conjunto, donde explicaron a la Presidencia su opinión conclusiva de “fundir sabiamente los dos textos, respetando las aportaciones de ambos”.

La totalidad de la documentación fue examinada por la Presidencia en una reunión llevada a cabo en Roma durante la Semana Santa de 1977. Fue aceptada la propuesta de Manuela Mattioli de redactar en esa sede, sin más modificaciones, un nuevo texto utilizando el material a disposición que, además, representaba el fruto de un largo trabajo y una no menos larga consulta y comprobación. El 27 de junio del mismo año el documento fue entregado a los Ministros generales de la Primera Orden y de la TOR, que lo examinaron juntos en una sesión de trabajo de dos días, en Rieti. Los mismos Ministros generales, el 18 de octubre de 1977, transmitieron a la Congregación para los religiosos el texto en latín de la nueva Regla, pidiendo su aprobación.

El 24 de junio de 1978 la nueva regla fue aprobada y promulgada por el Papa Pablo VI, con la carta apostólica “Seraphicus Patriarcha”.

El 4 de octubre de 1978, los cuatro Ministros generales entregaron la Regla a los Hermanos y Hermanas de la Orden Franciscana Seglar, con una carta en la que evidenciaban los dos “puntos fundamentales” de la esperada renovación: el regreso a los orígenes y la atención al Espíritu en los signos de los tiempos.

Después que se realizó la traducción de las lenguas modernas; en nombre de Congreso internacional, en febrero de 1979 el pergamino que contenía el texto de la regla y la Carta pontificia de aprobación fueron entregadas por Fr. Pascual Rywalski OFMCap, a nombre de la Conferencia de los Ministros generales, al Vicepresidente Mariano Bigi, delegado de la Presidenta Manuela Mattioli, durante una solemne concelebración eucarística en la Iglesia Corporis Christi de las Clarisas Capuchinas de la Garbatella, en Roma.

La Regla fue acogida con alegría y empeño de los Franciscanos seglares, su difusión y presentación inmediatamente se convirtió en objeto de convenios y estudios.

8. NUEVAS COSTITUCIONES GENERALES

8.1. Puesta en marcha de los trabajos y las consultas
Los trabajos para poner en día las Constituciones generales de la OFS en aplicación de la regla renovada, han tenido su puesta en marcha después del Congreso Internacional de Asís (6-10 octubre 1979), que había aprobado una moción en tal sentido.

En el transcurso del 1980, algunas naciones, crearon sus propios textos, ampliamente reelaborados respeto a las Constituciones del 1957 y ricas de puntos interesantes; otras formularon a la Presidencia del CITOF observaciones y propuestas parciales, pero no por esto menos significativas. Tomando en cuenta estas colaboraciones la Presidencia – en la reunión del 19/22 diciembre 1980 – llego a las conclusiones que, por motivos jurídicos (la espera del nuevo Código de Derecho Canónico) y existenciales (la incompleta asimilación de la Regla Paulina), los tiempos no eran maduros para la realización de un nuevo texto de las Constituciones. Se revisaban, además, algunas cuestiones que necesitaban una aclaración urgente.

Por eso, la Presidencia, en la sesión de Diciembre 1980, decidió entregar el examen a un equipo compuesto de religiosos, expertos en derecho canónico, y de laicos. La Presidencia les pidió una declaración sobre los puntos de “coincidencia” entre las disposiciones del 1957 y la Regla aprobada en el 1978. Una primera información sobre el tema fue representada por la Comisión en el curso de la junta de Septiembre 1981; a la misma Comisión (febrero 1982), fue confiada la tarea de presentar las observaciones y las modificaciones para aportarlas al estatuto del CITOF, teniendo en cuenta las sugerencias que hubieran llegado por parte de los Consejeros Internacionales.

Es muy importante aclarar que el alma y la columna que soportaba todo el trabajo, del inicio hasta su final en el año 1990, fue Fr. Jaime Zudaire, Asistente general de la OFS, por parte de la Orden de los Capuchinos. Él entregó su amor hacia los franciscanos seglares, su preparación, su experiencia, su sensibilidad, con una inagotable fuerza que contagiaba a todos los que estaban comprometidos en este trabajo.

En el III Capítulo general de la OFS, realizado en Asís, del 22 al 27 de septiembre de 1982, fueron fijadas algunas orientaciones para la redacción de las nuevas Constituciones:
- se tenía que empezar a los seis meses de la publicación del nuevo Código del Derecho canónico;

- la Presidencia habría tenido que nombrar, antes el 1° enero de 1983, una Comisión encargada de preparar el nuevo texto.

Como primer acercamiento a las problemáticas inherentes a las nuevas Constituciones Generales de la OFS, se tomó en consideración el vínculo entre las tres fuentes normativas (he aquí la lista en orden cronológico y no de importancia) a las que las Constituciones tenían que referirse:
- las Constituciones del TOF del 1957;
- la Regla renovada del 1978
- el nuevo Código.

Sobre la relación entre la Regla renovada y las Constituciones del 1957, el parecer de los expertos fue que estas últimas no tenían que considerarse abrogadas junto con la Regla de León XIII. Solamente las normas de las Constituciones que resultaran en contraste con la Regla sucesiva deberían considerarse automáticamente abrogadas. De la aplicación general de la nueva normativa, los expertos afirmaban que se debería tener en cuenta la “desclericalización” de la OFS, sobre la cual está inspirada la Regla paulina; por lo tanto, los “derechos potestativos” que las Constituciones del 1957 atribuían a los sacerdotes (Directores y Comisarios), tenían que ser transferidos a los laicos.

El nuevo Código del Derecho canónico se promulgó el 25 de enero de 1983. Es muy importante recordar aquí un breve fragmento del discurso hecho, en la ceremonia de la firma, por parte de Mons. Rosalío Castillo Lara, Vice-Presidente de la Pontificia Comisión para la revisión del Código: “Nuevo es también el estatuto de los Christifideles, que enumera los derechos y los deberes más relevantes de los mismos en la vida de la Iglesia. El espacio de operatividad de los laicos, o sea de las personas que no han recibido las sagradas órdenes, ha sido muy ampliado, tanto en la participación en la triple función de enseñar, santificar y gobernar, como también en el ámbito de la reconocida libertad de asociación” .

Sobre los efectos de esta nueva visión del laicado con relación a la legislación de la OFS, el mismo Mons. Castillo Lara, redactó indicaciones muy iluminadoras. En una entrevista concedida por él en 1983 a Fr. Jaime Zudaire junto a otros Asistentes generales de distintas Terceras Órdenes Seglares, Mons. Castillo Lara se detuvo en particular en dos criterios seguidos por el nuevo Código para las asociaciones laicales:
- la introducción de la única distinción entre asociaciones públicas y privadas;
- el gran espacio dejado a los propios estatutos de las asociaciones seglares.

En referencia a las Terceras Órdenes, Mons. Castillo Lara manifestó que el canon. 303 representa una “excepción” en la actual legislación: es, en efecto, el único artículo en el que se habla de un particular tipo de asociaciones, las Terceras Órdenes Seglares, en consideración a su importancia y su carácter venerable y específico en la historia de la Iglesia. El Código siempre ha considerado como esenciales las siguientes características de una Tercera Orden Seglar (independientemente de las denominaciones que puede tomar):
- la participación en el espíritu de una Familia religiosa;
- la tendencia a la santidad (perfección cristiana);
- la vida apostólica;
- la relación con un Instituto religioso.

A las preguntas específicas que se hacían a Mons. Castillo Lara, sobre el tema del altius moderamen, contestó que su contenido no es necesariamente una “potestas regiminis” (o sea, una jurisdicción propiamente dicha), agregando que compete a los estatutos propios de cada una de las Terceras Órdenes Seglares determinar quién ejercita tal dirección superior y cual sea la manera de ejercerla, teniendo en cuenta la finalidad a la que la misma está previamente ordenada: garantizar la participación fiel de los terciarios en el carisma del Instituto religioso.

Mons. Castillo Lara precisó, en fin, que las Terceras Órdenes Seglares que se encuentran entre las asociaciones públicas están bajo la normativa propia de tales asociaciones:
- sus estatutos deberán ser aprobados por una autoridad eclesiástica competente,
- sus bienes son considerados bienes eclesiásticos y, por lo tanto, sujetos a las normas del libro V del nuevo Código.

A las competentes precisiones de Mons. Castillo Lara, se agregaron las opiniones de otros canonistas, que subrayaron cómo la Regla paulina, inspirada en el Concilio Vaticano II, había recorrido las líneas más tarde sancionadas en el CIC del 1983. El CIC, para no “ahogar” la vida de las asociaciones, imponiendo demasiadas estructuras y vínculos, redujo las normas a las estrictamente indispensables y, aplicando el principio de subsidiaridad, codificó solamente lo que era de su competencia, responsabilizando e involucrando a los responsables de niveles inferiores a hacer su tarea con la integración y el complemento de la normativa para cada asociación.

Siguiendo esta línea, la Presidencia CIOFS, quiso también que se involucrasen no sólo los responsables de la cúpula de la OFS (religiosos y laicos), si no la entera realidad del Orden, en su dimensión mundial. Se realizo así una amplia rueda de consultas, donde intervinieron tanto los Consejeros Nacionales e Internacionales como también personas individuales interesadas y competentes.

La Comisión jurídica tenía que recoger y coordinar las propuestas que llegaban de cada lugar, señalando, por parte de la Presidencia, los puntos de convergencia y aquellos sobre los que se encontraban diferencias más o menos acentuadas.

Un “esquema provisorio” de Constituciones fue presentado por parte de la Comisión a la Presidencia CIOFS el 27 de septiembre de1983. Este texto se caracterizaba por la excesiva meticulosidad de los aspectos considerados, tanto que asumían, en algunos temas, el tono de un tratado de espiritualidad, perdiendo así lo esencial y todo lo que reviste efectiva relevancia jurídica.

El trabajo de redacción había señalado también algunos puntos neurálgicos, sobre los que parecía necesaria la opinión de los canonistas expertos, designados por los respectivos Ministros generales. Fueron ellos los que prestaron una preciosa colaboración a la Comisión durante todo el desarrollo del trabajo, para desenredar los nudos, contestar a las preguntas, superar perplejidad y mantener la obra de la Comisión y de la Presidencia, en el camino de una correcta experiencia jurídica.

Después del examen del “esquema provisorio”, la Presidencia encargó a la Comisión el trabajo de proceder a una redacción más armónica que, teniendo siempre en cuenta el material recogido, lo expusiera en la forma de una hipótesis de trabajo, en base a las opiniones expresadas por los canonistas. El texto así redactado, se presentó con circular del 8 de diciembre del 1983. A los Consejos nacionales y a los Consejeros internacionales se les pedía examinarlos a la luz de cada experiencia formulando, antes del 31 de marzo del 1984, las propias respuestas a los cuestionarios adjuntos a cada título del articulado.

Se llega, de esta manera, al IV Capítulo general y I electivo (Madrid 29 de abril – 3 de Mayo del 1984). Se trató de un hecho de particular importancia en el proceso renovador de la OFS y la consolidación de la Fraternidad internacional:

- por primera vez se procedía a la elección directa del Ministro general y del Consejo de Presidencia;
- se votaba y aprobaba el nuevo texto del Estatuto CITOF;
- el Presidente del Capítulo, Fr. José Angulo Quilis, TOR, entregaba a la Orden Seglar su Ritual (texto latín), aprobado el 9 de marzo precedente por la Sagrada Congregación para los Sacramentos y el Culto Divino. En el Ritual se encontraban importantes anticipos de algunos aspectos que habrían luego encontrado definitiva colocación en las Constituciones.

Acerca del tema de las Constituciones, Fr. Jaime Zudaire presentó una amplia relación sobre los trabajos realizados hasta aquel momento y sobre las cuestiones más difíciles, que aún pedían una profundización. El Capítulo tomó nota, fijando el procedimiento a seguir para la continuación del trabajo.

Entregadas, por parte de los Consejos nacionales y de los Consejeros internacionales, las respuestas a los cuestionarios, la presidencia las examinó, artículo por artículo, en dos sesiones, que se tuvieron respectivamente en St. Polten (Austria) en septiembre de 1986 y en Roma en septiembre de 1987. La Comisión se encargó de redactar el nuevo borrador, que fue comunicado mediante circular del 30 de octubre del 1987. A los Consejos nacionales y a los Consejeros internacionales, se les pedía que revisaran el texto, solamente sobre puntos específicos, enviando propuestas de modificación y formulaciones alternativas de artículos para el 31 de marzo del 1988, en vista del Capitulo general que habría tenido que discutir y aprobar las Constituciones generales.

8.2 Aprobación “ad experimentum”
El V Capitulo general (Roma, 6 – 15 de junio del 1988) se abrió con una presentación de la Ministro general, Manuela Mattioli, que deseamos referir íntegramente tanto por la importancia del tema, como tratarse, lamentablemente, del único Capitulo general del cual no se han podido lograr imprimir todos los actos. 

Manuela empezaba con un referencia histórica: “El Decreto de la Sagrada Congregación para los Religiosos (año 1957), que aprobaron las Constituciones de la Tercera Orden Seglar de S. Francisco, manifiesta “la paternal solicitud de los Romanos Pontífices, como Nicolás IV y León XIII que adaptaron la Regla misma a las cambiantes condiciones de la vida; otros, como Inocencio XI, prepararon atentamente y aprobaron nuevas Constituciones. León XIII adaptó la Regla a las condiciones de la vida moderna…presentándose la necesidad de tener nuevas Constituciones. Los Ministros generales de las cuatro Familias franciscanas las elaboraron para que “los terciarios entendiese más claramente los profundos principios franciscanos contenidos en la Regla (de León XIII), no obstante su brevedad, y los pusiesen en práctica en su vida. Lamentablemente, las Constituciones del 1957, ricas de doctrina y de espiritualidad, no fueron suficientemente reconocidas y vividas.

Hoy, ya no es más la paternal solicitud de los Sumos Pontífices o la de los Ministros generales la que se debe preocupar de de esta actualización. Después de la aprobación de la Regla paulina –cuyo décimo aniversario se celebrará el próximo 24 de junio– somos nosotros mismos, franciscanos seglares, quienes nos hacemos cargo de la responsabilidad de adaptar la legislación de la OFS.

Se trata, por lo tanto, de un hecho nuevo en la vida actual de la OFS; un momento histórico del cual nosotros, aquí presentes, somos protagonistas con Cristo y Francisco, con disposición de servicio y disponibilidad, atentos a la voz del Señor, a la voz de los hermanos, a la voz del propio discernimiento.

No estamos aquí para seguir nuestras opiniones o puntos de vista personales o de grupo, estamos aquí para seguir el pensamiento que la Regla y el Código de Derecho Canónico expresan sobre los franciscanos seglares y para aplicarlo a la vida de los individuos y de las Fraternidades, a la luz del carisma franciscano, de los aportes de los Consejos nacionales y de nuestras experiencias existenciales y pastorales.

Dóciles a las mociones del Espíritu, nos dedicaremos a dar a la Fraternidad universal un ordenamiento que garantice su unidad en la diversidad”.

Los puntos sobre los cuales fue más vivo el debate capitular fueron:
- la titularidad de la tarea de animación y guía de las Fraternidades a todos los niveles (¿autoridad individual o colegial?);
- estructura de la Fraternidad internacional;
- motivación y procedimientos para la salida da la Fraternidad y de la Orden;
- lugar y funciones de los Asistentes espirituales en los Consejos de la OFS en los diferentes niveles, a la luz del can. 303 del C.I.C.

Hemos querido recordarlos porque, justamente estos puntos y las soluciones adoptadas en el 1988 se propusieron nuevamente en la fase de revisión de las Constituciones generales de 1990, como veremos mejor en los parágrafos sucesivos.

El Capítulo general concluyó con la audiencia pontificia, dada a los capitulares el 14 de junio del 1988. En su declaración, el Santo Padre recordaba sobre todo la llamada a la santidad, especificando que la perfección no es un lujo y mucho menos un aspecto superfluo de la vida cristiana, conlleva a todos los bautizados a una determinada respuesta, que se convierte en cuestión de salvación. Refiriéndose al discurso de Pío XII a los Terciarios el 1° de julio de 1956, Juan Pablo II rebatía: “Ustedes son también una Orden. Una Orden laica pero Orden verdadera; y, del resto, ya Benedicto XV había hablado de “Ordo veri nominis”. Este término antiguo – podemos decir medieval – de “Orden” no significa otra cosa que vuestra estrecha pertenencia a la Familia franciscana (…), significa la participación en la disciplina y la austeridad propia de aquella espiritualidad, aún en la autonomía de su condición laical, que además comporta muchos sacrificios no menores de aquellos que se realizan en la vida religiosa y sacerdotal.” Refiriéndonos, en fin, a la tarea de los laicos en la Iglesia (no olvidemos que hacía poco tiempo se había terminado el Sínodo sobre los laicos), el Papa subrayaba: “lo que cuenta no es tanto el número si no la calidad”. Aunque se trate de grupos pequeños y humanamente pobres, lo importante es la buena voluntad y la fidelidad a la Iglesia. Serán – como dijo una vez, con expresión feliz – Jacques Maritain - unas estrellas esparcidas en la noche del mundo” .

Con la votación capitular se abría una nueva fase del itinerario para las Constituciones generales: su aprobación por parte de las autoridades competentes. El texto aprobado en el Capítulo presentaba cantidad de errores debidos a la multiplicidad de las lenguas en las cuales fueron presentadas las correcciones votadas en el Capítulo. Además, estas opciones capitulares se reflejaban en la formulación de otros artículos, que se retocaban para armonizar las distintas normas. La Comisión jurídica se abocó al trabajo y nuevamente fueron interpelados los canonistas de la Curias generales sobre aspectos específicos y precisas formulaciones.

Finalmente el texto, limitado también desde el punto de vista lingüístico, pudo ser presentado al Card. Hamer, Prefecto de la Congregación para los Institutos de Vida consagrada y las Sociedades de la Vida apostólica, con carta del 17 de septiembre de 1988 para la firma de los cuatro Ministros generales franciscanos y del Ministro general de la OFS. En la carta se señalaba “el largo trabajo de cooperación a los que fueron llamados todos los Consejos nacionales de la Orden Franciscana Seglar” y se pedía que el texto fuera aprobado ad experimentum, teniendo en consideración “las diversas novedades contenidas en el nuevo texto de las Constituciones, la gran difusión de la Orden en el mundo, la variedad de culturas y de ambientes sociales y eclesiales en los que los franciscanos seglares viven y trabajan.

La Congregación sometió el texto a una revisión atenta y en profundidad. Precisando que “el texto está redactado y presentado con gran cuidado” y que “el espíritu que lo anima y lo vivifica es verdaderamente óptimo”. La Congregación dispuso que se aportaran retoques a unos 24 puntos del articulado. La Comisión jurídica del CIOFS lo supervisó y el documento así preparado fue entregado a la Congregación, que finalmente lo aprobó con Decreto del 8 de septiembre de 1990 (Prot. n. T. 69,a) – 1/90. 

La entrega oficial al CIOFS se hizo con ocasión del VI Capítulo general y II electivo (Fátima, Portugal, 13 – 20 de octubre 1990). Lo presidía, en nombre de la Conferencia de los Ministros franciscanos, Fr. José Angulo Quilis, Ministro general de la TOR. Fue también portador de un Mensaje que el Prefecto de la Congregación IVCSVA dirigía a los capitulares, poniendo en relación los dos eventos: la aprobación de las nuevas Constituciones Generales y las deliberaciones capitulares, para llamar la atención de la OFS “sobre la tarea a la que ha sido llamada a desempeñar en la Iglesia y en el mundo”. “Es cierto – escribía el Card. Hamer – que la Orden Franciscana Seglar, sobre todo hoy, después de la fusión de sus cuatro ramas, que hacen referencia a las respectivas Familias de los Franciscanos (Menores, Conventuales, Capuchinos y Terciarios Regulares), en un único gran organismo de dimensiones mundiales, representa una milicia que puede estar a la vanguardia en la Iglesia y en el mundo para la construcción de una sociedad más humana y más cristiana.”

“Su fuerza numérica, su difusión en todos los continentes, la atracción del carisma franciscano son elementos para conferir a la Orden Franciscana Seglar una determinante incidencia en la colaboración en proyectos que confieren a la OFS una gran importancia a escala mundial, que se construye sobre la paz y la justicia, con matices diferentes, pero en todas las latitudes. Para llegar a ésto es indispensable que todos los inscritos en la Orden Franciscano Seglar tomen conciencia de su vocación y misión en la Iglesia y en el mundo.”

Refiriéndose a la Regla de Pablo VI, el Card. Hamer seguía: “Basta que cada uno de los Terciarios la medite y aplique la sustancia, según la interpretación sugerida una y otra vez por las Constituciones aprobadas, para estar seguros de la autenticidad y validez , en clave moderna, de su respuesta a la propia vocación y misión de laicos franciscanos comprometidos. Además, me permito decir que el laico franciscano es esencialmente un llamada a seguir a Cristo sobre las huellas de S. Francisco, modelando toda su vida sobre el Evangelio; es un apóstol del Evangelio, un individuo que hace suyas las ansiedades y las preocupaciones de toda la humanidad, especialmente de los más desheredados y sufrientes, colaborando, en perfecta docilidad con la Iglesia Romana, a la misión de la salvación de las almas. El laico franciscano hace de la oración y de la vida sacramental el alma de su ser y de su acción; vive en el mundo aquella libertad de espíritu que le permite predicar, con el ejemplo y con la palabra, las bienaventuranzas evangélicas. Además, el laico franciscano se siente comprometido en la construcción de una convivencia más fraterna; tiene que ser un verdadero promotor de la justicia y de la paz; un portador de felicidad y de esperanza. Las fraternidades, entonces, no tienen que reducirse a ser simples asociaciones de piedad, sino que deberán elevarse a un nivel de verdaderas escuelas de formación evangélica y franciscana, para crear almas apasionadas, como Francisco de Asís, por Cristo y por la Iglesia” .

8.3. Divulgación y la primera aplicación
Recibidas las Constituciones generales, el Capítulo general de Fátima, en sus conclusiones, comprometía a la Presidencia electa: 

- a ofrecer a los Consejos Nacionales algunas orientaciones para una mejor comprensión de las novedades introducidas desde las mismas Constituciones.

- a preparar una guía sobre los puntos esenciales que se han de introducir en los Estatutos nacionales para que estén de acuerdo con las Constituciones.

El Capítulo, además, se pronunciaba sobre el tema de la unidad de la OFS: “Aún respetando la configuración de las cuatro Órdenes religiosas que están a cargo de la Asistencia Pastoral y Espiritual de la OFS, la Presidencia estimulará y promoverá la superación de las correspondientes divisiones que en el pasado habían caracterizado a la Orden Seglar. La Presidencia pondrá la máxima atención para desarrollar la unidad dentro de ella y entre el CIOFS y los niveles nacionales y regionales, estimulando a todas las Fraternidades nacionales a realizar la unidad delineada en la Regla y en las Constituciones Generales.

Reconociendo el pluralismo de expresiones del único carisma franciscano, la Presidencia desea promover la Orden Seglar como instrumento y agente de comunión en la Familia franciscana, también mediante la cooperación de los Asistentes espirituales en “Conferencias de los Asistentes” a nivel general, nacional y regional” .

La edición típica de las Constituciones Generales, en lengua italiana, fue impresa con la colaboración técnica y económica de la OFS de Italia. Traía una presentación del Ministro general de la OFS, donde se especificaban las líneas maestras del nuevo texto legislativo: la secularidad, la unidad y la autonomía de la OFS. Damos un pequeño resumen para consultar cómodamente.

“La secularidad, que caracteriza todo el texto de las Constituciones no es una lectura reelaborada en clave “moderna” de la espiritualidad de los laicos franciscanos. Todo lo contrario. Es conciencia del pasado, regreso a los orígenes y valoración de las más puras tradiciones; basta con reflexionar sobre la relevancia que ha tenido la Orden de la Penitencia en sus primeros siglos, al punto de permeabilizar por sí misma la totalidad de la realidad eclesial y la compleja estructura de la sociedad civil. En un mundo alienado y desorientado, a los franciscanos seglares se les ofrece hoy el espacio para renovar la gran aventura de descubrir y proponer un estilo de vida que tiene sus raíces en la paternidad de Dios, en la fraternidad con todos los hombres, en la armonía con la naturaleza.

También la unidad de la Orden Franciscana Seglar es característica presente desde sus orígenes y nunca puesta en discusión sobre el plano teórico. Sobre el plano práctico y organizativo, en cambio, la evolución histórica sucesiva había llevado a distinguir entre las distintas ramas de referencia a las respectivas Familias de Religiosos franciscanos, que prestan a los seglares la Asistencia Espiritual. Las nuevas Constituciones reafirman, sin dilaciones, la unidad de las prescripciones, de las estructuras, de las líneas formativas y operativas.

En fin, la autonomía. En las Constituciones están exactamente delimitadas las funciones del gobierno de las Fraternidades a todos los niveles, reservadas en exclusiva a los responsables seglares, de las funciones de asistencia y animación espiritual, confiadas a los Religiosos de la Primera Orden y de la TOR. En esta distinción permanece firme y segura la pertenencia a la única Familia franciscana, la ‘recíproca comunión vital’ que expresa la comunión de los bienes espirituales, la unidad de propósitos, la ayuda mutua para presentar vivo en nuestros días - en la vida de cada uno y en la misión de la Iglesia – a Francisco y su ideal de paz y de bien para los hombres”.

Contemporáneamente, se cuidaba por parte de la Presidencia la traducción de las Constituciones en las lenguas oficiales del CIOFS, que en aquella época eran cinco, además del italiano, o sea: francés, inglés, español, portugués, y alemán. Las traducciones, una vez aprobadas por la Conferencia de los Ministros generales de la Primera Orden y de la TOR, fueron enviadas a las Fraternidades nacionales de las respectivas áreas lingüísticas.

Mientras se procedía a este trabajo, largo y complejo debido a las particulares “sensibilidades” lingüísticas y culturales, la Presidencia puso mano a otra tarea que le había encargado el Capítulo de Fátima: la de proveer a los Consejos nacionales de un instrumento que los ayudara a poner al día el propio Estatuto (si existía) o a redactarlo ex novo (si todavía no se habían dado una normativa interna). Se consideró urgente enviar “Líneas –guía”, con la finalidad de llenar los espacios que las Constituciones generales habían dejado a la discreción y opciones de las Fraternidades nacionales, proveyendo a las mismas con una circular del mes de mayo de 1992.

El período de experimentación de las Constituciones generales, inicialmente previsto para un sexenio, se vio muy pronto insuficiente: la traducción de un texto de 103 artículos llevó un largo y laborioso trabajo, puesto que no eran suficientes las traducciones oficiales del CIOFS, pues de éstas era necesario pasar a las lenguas nativas de cada una de las Fraternidades nacionales. Se adoptaron varias simplificaciones en el proceso que llevó a sucesivas aprobaciones y, no obstante esto, pasaron varios años antes de que cada Fraternidad tuviera en sus manos las normativas a aplicar. Además, por definición, tal normativa tenía que ser “experimentada” en las diferentes culturas, antes de poder verificar si era válido, e individualizar las posibles correcciones para introducirlas, antes de la aprobación definitiva. También el Estatuto del CIOFS tenía que adecuarse a las disposiciones contenidas en las Constituciones generales.

8.4. La aprobación definitiva
En el VII Capitulo general (Ciudad de México, 9 – 17 de octubre del 1993), fue aprobado el nuevo Estatuto de la Fraternidad internacional de la OFS (FIOFS) y se autorizó a la Presidencia para pedir a la Santa Sede una prórroga de tres años del período experimental de las Constituciones generales , que caducarían en octubre 1999. La petición estuvo apoyada por la Conferencia de los Ministros generales y prontamente recibida por la Congregación IVCSVA.

Mientras, la Fraternidad internacional, disponiendo ya de instrumentos normativos puestos al día, estaba cada vez más comprometida en la obra de modernización y robustecimiento de la formación en la base, en la intensificación de la comunicación, en la reorganización de las estructuras, de retoma de los contactos y revitalización de las Fraternidades de los países del este europeo que vivieron durante mucho tiempo en las catacumbas… Había un gran trabajo que hacer cuando los Ministros Generales de la Primera Orden y de la TOR escribieron: “conocemos la realidad poco animosa de muchas fraternidades de la OFS, envejecidas, carentes de vitalidad… preferimos en cambio, admirar la nueva vitalidad, de que es claro signo todo el trabajo que han hecho para actualizar los textos legislativos y litúrgicos, la estructura organizativa y la formación de la OFS y de la Juventud Franciscana .

Esta “nueva vitalidad” requiere un cambio de mentalidad sea por parte de los seglares franciscanos, como por parte de sus Asistentes Espirituales. No por casualidad, los Ministros generales en su carta habían recomendado a los hermanos: “El reconocimiento de la responsabilidad que les compete a los seglares no debe trasformarse en una actitud pasiva de “dejar hacer” más bien tiene que ser una actitud activa; promover y colaborar para que ellos realicen su vocación y su propia misión” .

También para la revisión de las Constituciones generales se tomó una amplia consulta, análoga a la seguida en las precedentes ocasiones. Los primeros resultados fueron aportados para la valoración del máximo órgano de gobierno de la OFS.

El VIII Capitulo general y el III electivo (Roma, 7 – 14 julio del 1996) dio orden a la Presidencia para la constitución, a propósito, de una Comisión para el examen del material ya recogido y para la redacción de las propuestas a modificar. La misma Presidencia tenía que examinarlas, evaluarlas y sucesivamente enviarlas a los Consejos nacionales y a los Consejeros internacionales, de cara al siguiente Capítulo general.

La Comisión, compuesta por un brasileño, un francés y una norteamericana, bajo la presidencia de un español (prof. Cortes), hizo un trabajo muy bueno, poniendo a la Presidencia en las mejores situaciones para presentar un texto definitivo de Constituciones Generales en Octubre 1999.

El IX Capítulo general (Madrid, 23 – 31 de octubre del 1999), discutió apasionadamente el texto, que presentaba tanto las correcciones, cuya utilidad surgió de la experimentación, como la desiderata de algunas Fraternidades nacionales, que estuvieron desatendidas en las votaciones del 1988.

El Capítulo se tuvo que ocupar también de la difícil situación que se puso de manifiesto en Italia, donde un componente de la OFS, se oponía al proceso de unificación llevado adelante por la Presidencia CIOFS, contestando la Colegialidad de la Asistencia Espiritual y la unidad de la estructura del Orden Seglar. Debemos mencionar todo esto porque su itinerario, se cruzaba estrechamente con el de la aprobación definitiva de las Constituciones Generales. El componente en desacuerdo, de hecho, busco, con todas las maneras y por todos los medios, poner obstáculos a su aprobación mediante confrontaciones de los Ministros generales y la Congregación IVCSVA, preguntas al Consejo Pontificio sobre la interpretación de los textos legislativos y, por último, recurriendo al supremo tribunal de la Prelatura Apostólica.